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jmrt_86
26/06/2018 10:19

Cerramientos, techados y otras obras con el permiso de la comunidad

¿Cómo puedo incluir en acta el cierre del patio de luces del bajo hace 15 años?

1.562 lecturas | 6 respuestas

Buenos días. Hace aproximadamente unos 15 años tuvo lugar una obra que hizo el vecino de un local y que hizo que se cerrara el patio de luces a la altura del bajo, por lo tanto el primero conseguía un patio. Eso no se recogió en acta (porque no había comunidad constituida), pero ahora 15 años después queremos que se recoja para que quede constancia de ello. Pero no sé cómo podría ponerlo. ¿alguien me puede echar una mano?

Muchas gracias.

 
J
jmrt_86
26/06/2018 21:40

Muchas gracias por contestar tan rápido. A ver, le explico un poco mejor y perdone las molestias. En escrituras, aparece una superficie de 80 metros (por poner un ejemplo), en el catastro, sin embargo aparecen como metros construidos unos 120 (por poner un ejemplo). Sin embargo la parcela es de 128 (por poner un ejemplo) que supongo que será el bloque completo. Por tanto entiendo que no está metido el susodicho patio, aunque no sabemos qué son esos metros de más. 

 
carolinevega
carolinevega
26/06/2018 21:10

Perdone no habia leido lo de las escrituras.

Habia que saber si en un sitio figura m2. Utiles y en otro m2 construidos.

Lo que figura en el catastro no sirve de mucho, solo para pagsr al ayuntamiento, lo que debe mirar es en el registro de la propiedad.

 

 
carolinevega
carolinevega
26/06/2018 21:06

Pero realmente que quieren inscribir

Y para usted que es inscribir y en donde.

Que el piso tiene XX m2 mas?

Le he preguntafo con que compara el catastro pero no contests

 

 
J
jmrt_86
26/06/2018 20:52
Ya le digo...en escrituras por lo visto aparecen x metros cuadrados y en el catastro otro, que equivale al piso más el patio, por eso le comento que el catastro lo tiene que saber ya. Y tras 15 años se podría inscribir ahora?
 
carolinevega
carolinevega
26/06/2018 15:56

Pero que es lo que quieren legalizar, el cierre del bajo o la terraza del piso?

Lo que dice del IBI, es muy raro, rarisimo,

Con que compara usted el Ibi para decir que pone mas m2?

Si es el patio., en junta se debe de aprobar por unanimidad que el piso del primero tiene el uso y disfrute del patio, luego tienen que ir al registro e inscribirlo, porque si no, no tiene validez para futuros propietarios

 
J
jmrt_86
26/06/2018 12:29

Muchas gracias por su respuesta. En aquél tiempo, todo se hizo “sin papeles”. Aunque ha existido infracción urbanística, ha pasado ya 15 años desde entonces, por lo que el ayuntamiento aplica el correspondiente IBI (de hecho en la vivienda aparecen unos m2 de más), por lo que entiendo que la admón pública lo sabe.

 

Fin del hilo
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