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J
javier.r
14/06/2019 05:28

Quien paga en las reformas de la fachada del edificio el gas ciudad?

¿A quién le corresponde pagar la reforma de la fachada del edificio?

3.125 lecturas | 6 respuestas

Hola Buenos días a todo el mundo:

Tengo una pregunta un tanto polémica y me gustaría exponerla a ver si alguien me puede dar una respuesta.

Hace unos años hicimos una reforma en el edificio donde vivo y más concretamente fue que reformamos la fachada de la casa. El caso es que tenemos los famosos tubos del gas ciudad en la fachada y para hacer la obra se tuvieron que mover y modificar la instalación del gas ciudad. Ahora mismo hay vecinos que dicen que el coste de mover y modificar la instalación del gas ciudad debe correr a cargo de los propietarios del gas ciudad dado que si no existiera esta instalación no se tendría que hacer esto y por tanto este coste no se tendría que repercutir a la comunidad  si no que esta partida de la obra la tienen que pagar los vecinos que tienen el gas ciudad y por otro lado los propietarios del gas ciudad que alegan que la instalación estaba bien y que el hecho de que se tuviera que  mover las tuberías para realizar la obra de la fachada es por cuenta de la comunidad dado que al estar la instalación bien el tener que moverlas para hacer la rehabilitación de la fachada es por cuenta de la comunidad.

Alguien me puede decir a quien le corresponde pagar esta parte de la reforma de la fachada del edificio.

Gracias

Javier

 
carolinevega
carolinevega
15/06/2019 14:55

Creo que el ultimo parrafo lo deja meridianamente claro.

Paro lo que usted expone hubiera sido necesario unanimidad

 
J
javier.r
15/06/2019 06:12

Perdonar otra vez

EN la fachada solamente tienen la toma del gas y la instalación los que la usan el resto de los vecinos no tienen ninguna tubería ni enganche para el día mañana.

Mi pregunta de ahora también es respecto a esto

La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo.

A los vecinos que no votaron o que como en nuestro caso acordaron que se haría la instalación pero que todos los gastos que produjera el gas ciudad fueran por parte de los propietarios de este se les puede incluir en este caso?

Gracias y perdonar

Un saludo

Javier


Editado por javier.r 15/6/2019 6:12
 
carolinevega
carolinevega
14/06/2019 22:36

Art. 17.1

Lea muy despacio el último parrafo

La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal. 

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior respecto a los gastos de conservación y mantenimiento, la nueva infraestructura instalada tendrá la consideración, a los efectos establecidos en esta Ley, de elemento común. 

 
E
elbonsai
14/06/2019 21:35

Hola Javier.r. La factura de la rehabilitación de la fachada , para la cual fue presciso modificar las tuberias del gas, debe asumirla en su totalidad la comunidad. El motivo es sencillo, la instalación del gas se ejecuto con el acuerdo de la comunidad, puesto que para realizarla la compañia preciso en su día la autorización de la comunidad, independientemente de que sean todos o  solo algunos de los propietarios los que tengan servicio de gas. Todos los pisos que conforman la comunidad tienen en su fachada un enganche para que el día que lo estimen se puedan conectar al gas. Para mas certificación  este tema es igual al tema de los cables de telecomunicaciones que en muchas fachadas estan, la autorización de la instalación de tuberias de gas o de cableado de telecomunicacion o tendido electrico, crea no solo una servidumbre, sino ademas una aceptación de que cuando se realicen obras en las fachadas los gastos de esas obras pueden ser y son mas costosos. Por tanto ese incremento lo debe asumir toda la comunidad.

Un saludo

 
J
javier.r
14/06/2019 20:53

Hola buenos días

Pues no me ayudas mucho.

La comunidad pago la reforma de la fachada y a los propietarios del gas ciudad se le  paso su parte de comunidad más el coste del gas ciudad. Lo que pasa es que ahora algunos dicen que no debería haber pagado ya que dicen que si se tuvo que mover el gas ciudad para reformar la fachada que no es culpa de ellos y que por tanto lo debería haber pagado la comunidad el movimiento de la instalación a lo que los vecinos que no tienen el gas ciudad alegan que no tendría que pagar por mover el gas ciudad ya que si la instalación no estaría no tendrían que moverla y que por tanto es por parte de los propietarios del gas ciudad. La ayudas y subvenciones se las llevaron en función de lo que pagaron

Un saludo y gracias por responder

Javier


Editado por javier.r 14/6/2019 20:53
 
C
cachan555
14/06/2019 13:08

Esa reforma está o debería, incluida en el presupuesto de rehablilitación, y la rehabilitación vinculada a una subvención, ¿Quien recibirá la subvención ? Ya se contesta Ud solo.

 

Fin del hilo
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