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FranRico1
FranRico1
30/03/2022 19:07

CAMBIO DE ASCENSORES

¿Qué consecuencias supone a los propietarios que no quieran pagar el cambio de ascensor?

1.368 lecturas | 6 respuestas
Hola a todos, quisiera pediros ayuda en relación a la siguiente duda. En mi comunidad de 36 vecinos han decidido por 16 votos contra 10 (fueron los que estuvimos presentes en la reunión) cambiar 1 de los 3 ascensores y reformar 2 estando aun en perfecto funcionamiento y con la revisión aprobada por la Generalitat Valenciana. Este mes de abril van a comenzar a pasar recibos mensuales de 89€ hasta completar el pago de 2950€. Hay algunos vecinos que me han comentado que no van a pagarlos (15 de un total de 36) porque piensan que es un cambio por mejora y no por necesidad. ¿Que consecuencias supondrían para lis que no quieren pagar?. Gracias de antemano. Saludos.
 
carolinevega
carolinevega
31/03/2022 20:07
Los acuerdos adoptados por la Junta de Propietarios que sean contrarios a la Ley de Propiedad Horizontal o a los Estatutos de la Comunidad no son nulos, sino anulables, debiendo ser impugnados en tiempo y forma para privarlos de validez y eficacia. Sin embargo, sí serán acuerdos radicalmente nulos aquellos que infrinjan cualquier otra ley imperativa o prohibitiva.
La realizacion de una obra que no sea necesaria, no infrije cualquier otra ley imperativa o prohibitiva,
Por lo tanto es un acuerdo anulable y se debe impugnar en un plazo no superior a tres meses
 
S
savina
31/03/2022 17:37

Si la obra se presentó a la junta como necesaria y Uds. insisten en que es por mejora, para Uds. es un acuerdo contrario a la ley, el plazo de caducidad es un año, eso lo tendrá que dilucidar el juez, Entienda que Udes necesitan tiempo para recabar informes técnicos que avalen su postura, ya sabe que al juez hay que llevarle datos objetivos y no especulaciones.

 
carolinevega
carolinevega
31/03/2022 15:03
Pues impugnar era la única solucción, si no lo hicieron es que al final aceptaban el resultado de la votación
 
FranRico1
FranRico1
31/03/2022 14:14
El plazo de impugnacion de dicha reunion ya ha vencido. Al ser un cambio no NECESARIO solo por mejora están obligados a pagar???
 
S
savina
30/03/2022 21:49

De momento deben pagar si no quieren entrar en mora. Si el acuerdo piensan que no es necesario, deben anular ese acuerdo, pero para declararlo nulo lo debe declarar un juez, no tiene más remedio que impugnar, tenga presente que hay un periodo de caducidad que si lo sobrepasa el acuerdo queda ejecutivo. Para no comenzar a pagar la derrama, su abogado puede solicitar medidas cautelares hasta la celebración del juicio, y vista de la resolución.

 
carolinevega
carolinevega
30/03/2022 19:43
Pues que les declararian morosos y lo normal es que la comunidad emprendan proceso monitorio contra ellos.
Pagar, pagaran ahora o al año que viene.
Si no estan de acuerdo, lo que deben hacer es impugnar el acuerdo
 

Fin del hilo
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