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Manuel63
05/11/2022 19:36

L P Horizontal vs Código Civil Cívil Catalán art.553-1 a 553-59

¿Cuál es la prioridad normativa entre lph y cc catalan ley?

915 lecturas | 2 respuestas

Alguien puede ayudarme a establecer que prioridad normativa tiene LPH (ult modif. 15 junio 2022 ) vs CC Catalan Ley 5/2015, 13 de mayo?? Hay puntos discordantes como % de fondo de reserva, medios legales de convocatoria electrónica, etc. Gracias

 
ARV1
ARV1
06/11/2022 12:16
Manuel63, debería definir mejor sus dudas. La LPH catalana está inscrita en el Código Civil Catalán que regula la convivencia en las comunidades de propietarios.
Fondo de reserva es del 5 % anualmente, es decir que debe ser acumulativo pero esto depende la cantidad que ya tengan. Seguir incrementando un fondo ya abultado es tontería, salvo que el administrador (que suele ser con quién más cuidado deben tener, con las perras) persista en seguir incrementandolo. Ese fondo de Rva debe estar en una cuenta bancaria aparte y solo se puede tocar con el consentimiento de la junta de propietarios o el presidente para una situación urgente e imprevista.
Convocatoria electrónica? Sí, se puede hacer si usted da su consentimiento. Es decir que si tiene ordenador y correo electrónico y desea que se utilice pues se le puede mandar las comunicaciones por este medio.
 
carolinevega
carolinevega
05/11/2022 21:29
La LPH no rije en cataluña, lo hace el C.C.C.por lo tanto no puede existir prioridad alguna
 

Fin del hilo
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