Como todos sabemos, las comunidades de propietarios se rigen por la LPH, y el tema de las representaciones voluntarias están muy claramente redactada en sus artículos correspondientes.
Podéis estar muy tranquilos, ya que ningún comunero podrá revalidar este asunto, en cuanto a que haya algún propietario que, por ejemplo, represente legalmente a otros 15 propietarios, a pesar de, parece ser, haberse aprobado,
Si como usted dice en esa reunión se aprobaron por unanimidad de los presentes la limitación de hasta 5 representaciones, dicho acuerdo es “Nulo de pleno derecho”.
Y el tema es muy simple. En un Estado de Derecho, absolutamente nadie puede estar por encima de la ley, y en el caso que usted comenta, su comunidad con esa improcedente e ilegal votación, y posterior aprobación unánime, ha trasgredido la ley.
Es decir, una comunidad tiene que estar sometida al orden jurídico establecido, por lo cual, las normas siempre van a imperar sobre cualquier privilegio que se le ocurra a una persona o a varias personas en su comunidad.
¿Se imagina usted que se votara y saliera aprobada por mayoría, que se iban a dedicar al tráfico de sustancias prohibidas, durante un tiempo, con el fin de conseguir un dinero extra para arreglar la comunidad, y una vez conseguido el dinero, dejar de traficar, para no tener problemas con la justicia?