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JuanGarcia1
JuanGarcia1
22/10/2023 17:15

Orden del Dia y Plazos envío Acta Junta

541 lecturas | 4 respuestas
Se pueden tratar temas importantes que requieren votación y derramas si no han sido anunciados en el orden del día. Y se puede enviar el acta de la reunión 45 después del su celebración
 
A
AltosMarbella
28/10/2023 11:03
En una Junta se puede tratar cualquier tema, aunque no esté incluido en el orden del día, si hay un apartado de Ruegos y Preguntas en dicho orden del día. PERO SOLO se pueden tomar decisiones sobre los puntos especificados en el orden del día.

La LPH (art 19) fija 10 días naturales para la firma del acta PERO no señala un plazo para su envío, aunque no hay justificación para que un acta firmada no se envíe en un plazo prudencial. Recordemos que la LPH da tres meses desde la recepción del acta a los propietarios ausentes para oponerse a lo acordado y la toma de decisiones - especialmente con derramas - no informadas en el orden del día es causa muy probable de aceptación de esa oposición (ver art 18).
 
carolinevega
carolinevega
22/10/2023 19:34
No, en la junta sólo se pueden VOTAR temas que figuren EN la convocatoria.
Otra cosa es que en ruegos y preguntas se expongan, dudas, consultas, temas a tratar en proxima junta.
La LPH, no indica cuando debe remitirse el acta
 
E
Eloy516
22/10/2023 19:27
Artículo 19.3) de la LPH. – El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.

Pero en mi comunidad, el acta siempre nos la envían a los dos meses, y no pasa nada.

Y con respecto a asuntos que requieran votación, tienen que estar recogidos en el orden del día, sino no se pueden someter a votación.
 
L
luismp
22/10/2023 17:50
Si un tema no está en el orden del día, no se puede decidir nada sobre él.
No hay plazo legal para el envío del acta, aunque el sentido común dice que 45 días es demasiado.
 

Fin del hilo
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