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K
kaweyod
30/01/2024 11:04

Cuotas por morisidad.

411 lecturas | 4 respuestas

¿Es legal que nos cobren un recibo de anticipo por los vecinos que no pagan sus cuotas?

 
carolinevega
carolinevega
30/01/2024 19:47
Hay que destacar que si la deuda no se reclama, ésta prescribe
 
D
D.Cane
30/01/2024 17:15

Lo primero que hay que hacer en estos casos es iniciar un procedimiento de reclamación de deuda, ya sea por vía amistosa o judicial.

Si, a lo largo del procedimiento o llegado el caso, la comunidad carece de liquidez para hacer frente a los gastos ordinarios o extraordinarios, será necesario dotar de liquidez a la misma. Este acuerdo de dotación de liquidez, que se aprueba, también se aprobará para el propietario moroso, aumentando en la cantidad pertinente su deuda para con la comunidad. Es obligación de los propietarios asumir los gastos y cargas de la Comunidad ex art. 9 LPH.
No obstante, cabe destacar que esta deuda no la estarían pagando, sino que la deuda del propietario persiste y, además, aumenta en la cantidad pertinente.
 

 
carolinevega
carolinevega
30/01/2024 15:07
No, no es legal, si no ha sido aprobado en junta.
devuelva esos recibos si así lo desea, o de orden a su entidad de no abonarlos
 
L
luismp
30/01/2024 12:49
El administrador debe pasar al cobro los recibos aprobados por la Junta de Propietarios.
Y, si existe necesidad de fondos, porque hay morosos, hay que aprobar en junta la correspondiente derrama. El administrador no puede decidir unos recibos extras, no tiene competencia para ello.
 

Fin del hilo
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