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M
Miku24
22/02/2024 19:28

Local Piscina y Socorrista.

¿Podemos ser obligados a contratar un socorrista si la vivienda 31 es un local?

384 lecturas | 7 respuestas
Buenas tardes,
Agradecería que alguien nos aportará más aclaración o información sobre el siguiente asunto. Vivimos en una comunidad de 31 vecinos en Madrid. Una de las que se considera viviendas es una sucursal bancaria. Un local, vaya. Pues resulta que nos obligan a contratar un socorrista por pasar de 30 viviendas. Que tampoco, se con seguridad si siendo 30 exactos no tendríamos esa obligación, pero en ese caso ¿Pueden obligarnos a contratar el socorrista siendo la vivienda 31 un local? No lo entiendo muy bien...
¡Somos nuevos en un foro así que muchísimas gracias de antemano por vuestra información y aclaración al respecto! ¡Buena tarde a todo el mundo!
 
K
kevinnmen
24/02/2024 02:22
Creo que deberías usted preguntar a esa administradora.
 
carolinevega
carolinevega
23/02/2024 17:15
Miku, ha dicho algo muy extraño:
Que sólo hacen una junta al año y es para tratar el tema de apertura o no de la piscina.
Le pregunto, en esa junta no se aprueban los gastos del año transcurridos, el presupuesto psra el siguiente ejercicio y la renovación de cargos?
 
ARV1
ARV1
23/02/2024 16:18
Creo que deberías usted preguntar a esa administradora en qué se ley o reglamento se basa para sostener eso del socorrista por el número de propietarios. Frecuento hoteles con piscinas y no tienen socorristas. No son piscinas olímpicas (y creo que esa es la causa, las dimensiones de la piscina), pero ya le aseguro que tienen más de 100 habitaciones. En el caso que usted cita no es un hotel, pero la casuística debe ser la misma. Pregunte a la administración en qué se basa para exigir eso. Y a ver qué le contesta.
 
carolinevega
carolinevega
23/02/2024 14:46
La primera persona que debe saber si están o no estan exentos, es la administracción, que para elaborar la distribución de gastos, debe saberlo.
Como el problema es a nivel comunitario, también es obligación de la administración, implicarse y resolver el problema.
Miku, es que sinceramente, parece que el problema sólo le importa a usted, como ya le he dicho, es un problema comunitario.
Preguntelé a la administración, cual es el problema y porqué no lo solucciona.
La normativa que usted dice, será municipal, y no tengo ni ídea.
 
C
Costantina
23/02/2024 14:23

No existe una normativa común aplicable a nivel estatal, por lo que debemos consultar la de la Comunidad Autónoma

Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal sí cita los elementos comunes en su normativa, por lo que la comunidad está obligada a respetar las normas de mantenimiento y seguridad como la limpieza de la piscina, la higiene, controles del cloro, etcétera. Además, dichas normas tendrán que estar expuestas en un lugar visible para que los propietarios puedan conocerlas y así cumplirlas.

En el caso de que sea obligatorio, los socorristas:

Esta obligación se encuentra recogida en el Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo. En su artículo 20.2, se establece el número mínimo según el tamaño de la piscina:

a) Un socorrista: hasta 500 metros cuadrados de lámina de agua.

b) Dos socorristas: entre 500 y 1.000 metros cuadrados de superficie de lámina de agua por cada vaso, y a partir de cada 1.000 metros cuadrados de exceso, un socorrista más.

c) En los recintos donde haya diferentes vasos a efectos de cálculo del número de socorristas, se sumarán todas las superficies de láminas de agua.

d) En el caso de que la separación física entre los vasos no permita una vigilancia eficaz, será obligatoria la presencia de socorrista en cada vaso.

La vivienda 31 que comenta, para saber si es local o vivienda, es preciso comprobar como está registrada, para ello puede pedir una nota simple al Registro de la propiedad, si en ese documento figura como vivienda, ese tratamiento le debe dar.

 
M
Miku24
23/02/2024 13:29
Hola Caroline.
Muchas gracias por contestar. La verdad que eso lo desconozco. ¿Es fácil averiguarlo? ¿La Admon. Puede darme esa información? Entiendo que lo suyo sería que si que este exento porque si no disfruta de ella... O bueno, eso creo, porque también somos nuevos en la comunidad... Y si fuéramos 30 viviendas estaremos exentos de esa obligación? Perdona por tanta pregunta, es que me gustaría estar bien informada de todo para que no nos pille muchas sorpresas... Supone un gasto considerable el contratar socorrista y se su puede hacer algo quiero averiguar e informarme antes de hablar.
Muchísimas gracias por todo.
Un saludo
 
carolinevega
carolinevega
23/02/2024 13:16
El local está exento de contribuir a gastos de piscina en la escritura de division horizobtal o en los estatutos? Y que será lo normal.
Sines así serían 30, ya que dicho local al estar exento, no tendrían derecho a su uso
 

Fin del hilo
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