﻿<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><rss version="2.0" xmlns:blogChannel="http://backend.userland.com/blogChannelModule"><channel><title>Pagos obras escalera</title><link>https://www.nuevosvecinos.com:443/comunidad/mensajeRSS/3327287</link><description>Pagos obras escalera</description><item><title>Pagos obras escalera</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3327287-?post=3329302</link><author>daigual</author><description><![CDATA[<p>
	Ya nos contar&aacute;s los pasos que seguis y los resultados para que los pr&oacute;ximos con un problema similar sepan por donde tirar.</p>
]]></description><pubDate>Wed, 23 Mar 2011 11:31:20 GMT</pubDate></item><item><title>Pagos obras escalera</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3327287-?post=3328126</link><author>ARIZMENDI</author><description><![CDATA[<p>
	Muchas gracias por la respuesta. Saludos</p>
]]></description><pubDate>Tue, 22 Mar 2011 16:10:27 GMT</pubDate></item><item><title>Pagos obras escalera</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3327287-?post=3327842</link><author>daigual</author><description><![CDATA[<p>
	Lo primero ser&iacute;a acudir al registro de la propiedad y buscar la copia de las escrituras completas para ver que dicen realmente de todo &eacute;sto.</p>
<p>
	La condici&oacute;n de la obra la decide la comunidad, aunque los disconformes pueden reclamar la consideraci&oacute;n dada y demandar, por lo que un juez ser&iacute;a quien dictamine la soluci&oacute;n. A mi modo particular de ver esto, el mantenimiento diar&iacute;o podr&iacute;a ser incluido en lo que requiere el propietario del local, pero una obra como la indicada deber&iacute;a contar con la participaci&oacute;n de todos los propietarios en relaci&oacute;n a su coeficiente asignado. La comunidad, al completo, est&aacute; obligada a mantener el edficio en sus partes comunes para que no pierda valor o cause desperfectos que ocasionen problemas a su estado.</p>
<p>
	Para invalidar alg&uacute;n texto contenido en escrituras, es necesario que exista una demanda por alguna parte de la misma al entender que existe alg&uacute;n tipo de perjuicio en su contra. La nota comentada es un acuerdo especial a la norma que se ha aceptado en su d&iacute;a y como he dicho para cambiarlo es necesario demandar la situaci&oacute;n por entender que les perjudica.</p>
]]></description><pubDate>Tue, 22 Mar 2011 13:06:50 GMT</pubDate></item><item><title>Pagos obras escalera</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3327287-?post=3327287</link><author>ARIZMENDI</author><description><![CDATA[<p>
	Buenas a todos,</p>
<p>
	En reuni&oacute;n de vecinos acordamos pintar las escaleras, dado su mal estado. El due&ntilde;o de un local, nos presenta escrito del Registro de la Propiedad de 1953 donde dice, entre otras cosas:</p>
<p>
	1. Son de propiedad com&uacute;n el solar, los cimientos... <strong>escalera</strong>, etc. y establece la participaci&oacute;n para cada piso y local (2/24 partes)</p>
<p>
	Pero m&aacute;s adelante dice esto:</p>
<p>
	4. Los gastos y cargas que se refieren a las cosas comunes, ser&aacute;n sufragadas por los propietaios en la proporci&oacute;n a su participaci&oacute;n en los elementos comunes. <strong>Excepto el portal y escaleras.&nbsp;En cuanto a la conservaci&oacute;n, limpieza y cuidado de la escalera correr&aacute;n de cargo a saber: de los due&ntilde;os de los cuatro pisos altos a raz&oacute;n de una parte por planta que les pertenezca.</strong></p>
<p>
	Estas son las dudas ya que el propietario del local se agarra a este texto para no contribuir.</p>
<p>
	1&iquest;Reparar paredes y pintar se puede considerar "conservaci&oacute;n, limpieza y cuidado de la escalera"&nbsp;&nbsp;</p>
<p>
	2&iquest;Posterior a esta fecha (1953) se ha publicado alg&uacute;n texto legal que invalide este texto que consta en el Registro de la Propiedad?</p>
<p>
	Muchas gracias por adelantado&nbsp;a todos.</p>
]]></description><pubDate>Tue, 22 Mar 2011 08:16:57 GMT</pubDate></item></channel></rss>