﻿<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><rss version="2.0" xmlns:blogChannel="http://backend.userland.com/blogChannelModule"><channel><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com:443/comunidad/mensajeRSS/3744053</link><description>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</description><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3745574</link><author>alaell</author><description><![CDATA[<p>
	"Tuvimos (<strong>el consultante</strong>) ayer el siniestro de una tuber&iacute;a rota en la vivienda (<strong>dentro de su vivienda</strong>) que afect&oacute; a un negocio vecino con los correspondientes da&ntilde;os y prejuicios graves. El suceso ocurri&oacute; a las doce de la noche, el administrador se limit&oacute; a cerrar la llave de paso (<strong>que originaba la ca&iacute;da del agua, es decir la privativa</strong>) y a avisar a las siete de la ma&ntilde;ana, cuando vi&oacute; el techo del negocio en el suelo ya que el piso (<strong>piso privado, directamente encima del negocio y de donde emanaba el agua</strong>) estuvo inundado toda la noche. Aclarar que no es nuestra vivienda habitual por lo que no siempre estamos en esa vivienda y &eacute;l lo sabe."</p>
<p>
	lo que he puesto en par&eacute;ntesis es lo que entend&iacute; del texto inicial, entiendo que la rotura es dentro de una vivienda que gotea hacia abajo (el agua suele ir en esa direcci&oacute;n), que el propietario no vive en dicho piso, y que el administrador cerr&oacute; la llave de paso particular de dicha vivienda.......si lo he entendido mal, que el consultante lo aclare por favor, pues cuando los que contestan no entienden bien la situaci&oacute;n, l&oacute;gicamente conlleva que la contestaci&oacute;n puede estar errada</p>]]></description><pubDate>Thu, 16 Aug 2012 20:29:41 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3745558</link><author>BettyBoop78</author><description><![CDATA[<p>
	Exactamente,<br />
	el art&iacute;culo 20 se refiere a los servicios de la comunidad (y por cierto, no creo ni que se refiera a un administrador de fincas como tal sino a la persona que hace de administrador en un edificio... y reitero, por eso se dice que el presidente tiene que vivir en la comunidad)<br />
	<br />
	Independientemente de ello, seg&uacute;n tu abogado (que habr&aacute; cobrado por realizar la demanda) es negligencia del administrador no llamarte por tel&eacute;fono???<br />
	Bueno, si ganas la demanda te agradecer&iacute;a que la pusieras por aqu&iacute;... (pero si es en tribunal superior porque primera estancia te la van a recurrir) ya que as&iacute; sentar&iacute;as precedente ;-)<br />
	<br />
	Preguntita... Tu seguro no te lo quiere cubrir o simplemente la casa no est&aacute; asegurada??<br />
	<br />
	Saludos,</p>
]]></description><pubDate>Thu, 16 Aug 2012 19:43:33 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3745553</link><author>contadora</author><description><![CDATA[<p>
	Religare: Las "obligaciones del Administrador" que transcribes se refieren a las instalaciones y/o servicios comunes del edificio, no a las instalaciones privadas de cada vivienda. &iquest;Qu&eacute; llave de agua cort&oacute;, la general del edificio o la tuya privada?</p>
]]></description><pubDate>Thu, 16 Aug 2012 19:27:10 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3745540</link><author>alaell</author><description><![CDATA[<p>
	y te digo m&aacute;s, desde la experiencia personal (para que conste a los efectos oportunos), con una tuber&iacute;a rota a las diez de la noche cayendo encima de los coches de la planta de garaje, se person&oacute; el administrador (que vive a diez kil&oacute;metros por cierto) y llam&oacute; al fontanero del seguro y esper&oacute; por &eacute;l, localizaron la causa de la rotura y lo que hicieron fue abrir un boquete unicamente para que drenara el agua acumulada y asi evitar que estuviera goteando toda la noche, una vez que cae agua y se cierra la llave de paso, el siguiente paso es deshacerse de lo acumulado, quiz&aacute;s en vuestro siniestro hubiera sido mejor entrar a la fuerza en los negocios afectados y abrir boquetes en el techo....no s&eacute;, &iquest;a ti te parece mejor soluci&oacute;n?</p>
]]></description><pubDate>Thu, 16 Aug 2012 19:03:13 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3745538</link><author>alaell</author><description><![CDATA[<p>
	si el administrador cerr&oacute; la llave de paso de inmediato, no actu&oacute; con negligencia por no avisar al due&ntilde;o del piso hasta las siete de la ma&ntilde;ana, y si as&iacute; lo hizo a&uacute;n teneis suerte, la nuestra no se entera fuera de su horario de trabajo porque sencillamente no coje el tel&eacute;fono, y cuando se le dijo claramente que ante una urgencia ten&iacute;a que estar localizable nos dej&oacute; muy claro que horario laboral es el que es, y ante una urgencia se llama al seguro comunitario, los bomberos, la polic&iacute;a y todo lo que sea necesario para evitar males mayores.......no estoy diciendo con esto que la actitud de "nuestra" gestora sea la correcta tampoco, pues hay un t&eacute;rmino medio, ni tanto, ni tan poco</p>
<p>
	por lo que leo (me lo imaginaba pero ahora he releido tu primer mensaje) eres el due&ntilde;o de la vivienda causante del siniestro, y por lo que parece intentas pasarle la culpa al administrador, dentro de tu vivienda, es decir de puertas para adentro, la responsabilidad es &uacute;nicamente tuya de lo que suceda, vivas o no all&iacute;, lo tengas alquilado o te encierres en &eacute;l, el administrador bastante hizo cortando la llave de paso, que, por cierto es denunciable ya que no es quien para cortar la llave de paso de una vivienda particular sin el consentimiento del propietario, para eso est&aacute;n las autoridades competentes (anda, releo lo que ha escrito pasacero y tambien lo ha dicho), as&iacute; que lo mejor que puedes hacer es pasar el tema a tu seguro privativo y que cubran los da&ntilde;os producidos, que, para eso se pagan los seguros</p>
<p>
	y por ultimo, si te ha desorientado la explicaci&oacute;n de pasacero, puede que no la hayas le&iacute;do bien, no te ha dicho que el administrador te denuncie a ti, sino todo lo contrario, tu a &eacute;l por manipular tu llave de paso, c&aacute;lmate tu al leer, yo suelo leer dos veces todo por si lo he entendido mal en la primera lectura y no precipitarme en la contestaci&oacute;n y luego quedar peor....</p>
<p>
	o por otra parte&nbsp;ser&aacute; quiz&aacute;s porque no te ha orientado en la direcci&oacute;n que m&aacute;s te conviene, y veo que a continuaci&oacute;n JOBAC tambien te ha escrito en los mismos t&eacute;rminos......asi que haz favor, no ataques a los que te est&aacute;n orientando, tu has venido al foro en busca de respuestas, si no son las que pretend&iacute;as, pues me parece muy bien que te decepcione, pero no ataques a los que intentan ayudar, queda muy, pero que muy feo, adem&aacute;s si ya tienes la demanda preparada (qu&eacute; rapidez de tu abogado) no entiendo donde est&aacute;n tus dudas</p>]]></description><pubDate>Thu, 16 Aug 2012 18:58:46 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3745518</link><author>Religare</author><description><![CDATA[<p>
	Pasacero, creo que en este foro hay que responder desde cierta competencia o al menos experiencia real que&nbsp;ayude a los dem&aacute;s para orientarlos y no para desorientarlos. Cuando se tiene un cargo por el cual se cobra se tienen unas obligaciones y art&iacute;culo 20 de la ley de propiedad horizontal&nbsp;lo deja claro. Y&nbsp;el administrador ya&nbsp;tiene&nbsp; la demanda preparada&nbsp;ya que no puede ver que hay un siniestro en una vivienda que afecta a dos comuneros y acostarse tranquilo a dormir. Actu&oacute; con una negligencia que podr&iacute;a haber tenido consecuencias muy graves. Y eso de que &eacute;l me denuncie por haber cerrado la llave de paso de d&oacute;nde te lo sacas pasacero???? C&aacute;lmate...</p>
<p>
	Si no sabes mejor no respondas, y menos a&uacute;n con prepotencia y desorientando. Si eres administrador de alg&uacute;n edificio pues asume las consecuencias y la responsabilidad de lo que te corresponde.</p>
<p>
	&nbsp;</p>
<p>
	Art&iacute;culo 20.</p>
<p>
	Corresponde al administrador</p>
<p>
	"Atender a la conservaci&oacute;n y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes,<strong> dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios</strong>"</p>
]]></description><pubDate>Thu, 16 Aug 2012 17:36:11 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3744269</link><author>jobac</author><description><![CDATA[<p>Si el incidente es en una zona privativa, una casa particular, ni la comunidad, ni el presidente, ni el administrador tienen ninguna responsabilidad. La responsabilidad cae directamente sobre el propietario, es quien debe tomar las medidas necesarias para evitar en la medida de lo posible cualquier incidencia.</p><p>Si tienes un seguro en regla deberías hacer las gestiones con él y evitar males mayores. </p><p>Saludos.</p>]]></description><pubDate>Sun, 12 Aug 2012 23:31:20 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3744152</link><author>Religare</author><description><![CDATA[<p>
	Yo hubiera avisado de manera inmediata y urgente, de manera tan sencilla como un mensaje al m&oacute;vil que diga: "su piso est&aacute; inundado".</p>
<p>
	Pregunto en este foro ya que no s&eacute; si tienen la obligaci&oacute;n dentro de sus deberes de que esto sea de esa manera.</p>
<p>
	&nbsp;</p>]]></description><pubDate>Sun, 12 Aug 2012 15:38:27 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3744151</link><author>Religare</author><description><![CDATA[<p>
	Gracias por sus respuestas.</p>
<p>
	Comentar que el administrador si tiene el n&uacute;mero de tel&eacute;fono de mi padre, de hecho lo localizaron a las siete de la ma&ntilde;ana.</p>
<p>
	Me ha llegado una versi&oacute;n que comenta que desde la noche call&oacute; parte del techo del negocio, es decir cuando vieron que sal&iacute;a agua de la vivienda hacia la calle motivo por el cual cerraron, afortunadamente, la llava de paso.</p>
<p>
	Mi pregunta es dada la gravedad que se pudo percibir a las doce de la noche, no es obligacion del administrador, o presidente avisar y localizar de manera inmediata (ya que tienen los tel&eacute;fonos incluido m&oacute;vil) dejando un mesanje que diga: "el piso est&aacute; inundado"?</p>
<p>
	Gracias por sus consejos</p>
]]></description><pubDate>Sun, 12 Aug 2012 15:36:10 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3744138</link><author>BettyBoop78</author><description><![CDATA[<p>
	El presidente es el representante de la comunidad y en este caso es el que deber&iacute;a haber tomado una serie de medidas.<br />
	Adem&aacute;s se aconseja que el presidente viva en el edificio debido tb. a este tipo de situaciones...<br />
	<br />
	No creo que puedan decir que el administrador haya actuado negligentemente ya que cort&oacute; la llave de paso y para poder entrar en un sitio privativo se necesita de la autorizaci&oacute;n del comunero.<br />
	&iquest;Se ten&iacute;a?</p>
<p>
	&nbsp;</p>
<p>
	Por otra parte, el art&iacute;culo 9 de la LPH regula las obligaciones de los propietarios entre otras: mantener en buen estado de conservaci&oacute;n su piso o local e instalaciones privativas...<br />
	y tb. comunicar a quien ejerza las funciones de secretario (que suele ser el administrador) domicilio para citaci&oacute;n - incluso costumbre tel&eacute;fono de contacto - y si no se ha dado es el de la propiedad...<br />
	<br />
	Entonces aqu&iacute; la cuesti&oacute;n radica en... Si usted est&aacute; en otro sitio... Le ha dado al administrador al menos un tel&eacute;fono de contacto??? Avisando de que puede llamar a cualquier hora???<br />
	<br />
	Saludos,</p>
]]></description><pubDate>Sun, 12 Aug 2012 14:22:15 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3744079</link><author>alaell</author><description><![CDATA[<p>
	y me pregunto &iquest;Vd. que hubiera hecho?, claro est&aacute; para evitar que los da&ntilde;os aumentaran......</p>
]]></description><pubDate>Sun, 12 Aug 2012 09:16:52 GMT</pubDate></item><item><title>¿El administrador actuó con negligencia? ¿Qué puedo hacer?</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3744053-?post=3744053</link><author>Religare</author><description><![CDATA[<p>
	Tuvimos ayer el siniestro de una tuber&iacute;a rota en la vivienda que afect&oacute; a un negocio vecino con los correspondientes da&ntilde;os y prejuicios graves. El suceso ocurri&oacute; a las doce de la noche, el administrador se limit&oacute; a cerrar la llave de paso y a avisar a las siete de la ma&ntilde;ana, cuando vi&oacute; el techo del negocio en el&nbsp;suelo ya que el piso estuvo inundado toda la noche. Aclarar que no es nuestra vivienda habitual por lo que no siempre estamos en esa vivienda y &eacute;l lo sabe.</p>
<p>
	&nbsp;</p>
<p>
	&iquest;Tiene alguna responsabilidad el administrador?</p>
<p>
	&nbsp;</p>
<p>
	&iquest;Me pueden aconsejar algo al respecto por favor? GRACIAS</p>
]]></description><pubDate>Sat, 11 Aug 2012 22:45:14 GMT</pubDate></item></channel></rss>