﻿<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><rss version="2.0" xmlns:blogChannel="http://backend.userland.com/blogChannelModule"><channel><title>quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro</title><link>https://www.nuevosvecinos.com:443/comunidad/mensajeRSS/3747006</link><description>quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro</description><item><title>quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3747006-?post=3749377</link><author>jobac</author><description><![CDATA[<p>Lo tienen que exponer en junta, es ILEGAL hacerlo con un escrito del presidente.</p><p>Lo que yo haría es poner un burofax al presidente exponiendo tu preocupación por lo que el mismo te ha comentado indicándo tu oposición y señalando que le harás personalmente responsable ya que la junta no ha autorizado a hacer nada tal y como obliga la LPH. Por tanto será él y no la comunidad la responsable de cualquier perjuicio que aquello te pueda ocasionar.</p>]]></description><pubDate>Sun, 26 Aug 2012 17:25:05 GMT</pubDate></item><item><title>quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3747006-?post=3747842</link><author>cleripol</author><description><![CDATA[<p>
	Gracias a todos ya me queda claro.</p>
<p>
	Lo que no se bien es como actuar ahora porque no creo que vayan a pedir permiso o a exponerlo en una junta, sino que van a hacer un papel firmado por el administrador,presidente y vicepresidente autorizando el cambio de cerramiento.</p>
<p>
	&iquest;Debo notificar al administrador por escrito que me opongo a ese cerramiento por all&iacute;?,&iquest;lo hago al presidente?.</p>
<p>
	&iquest;Les mando un mail o un correo certificado ?, porque no creo que deba mandarles un burofax,&iquest;verdad?.</p>
<p>
	Muchas gracias a todos por las respuestas tan r&aacute;pidas.</p>
<p>
	Un saludo</p>
]]></description><pubDate>Wed, 22 Aug 2012 20:59:00 GMT</pubDate></item><item><title>quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3747006-?post=3747306</link><author>jobac</author><description><![CDATA[<p>
	<strong>Para poder realizar la obra el acuerdo que la autorice requiere unanimidad.</strong>&nbsp; As&iacute; que tu no tienes que convencer a nadie, deben convencerte a t&iacute;. Diles que si no mantienen el muro que quieres como est&aacute;, tu voto es en contra y la obra no podr&aacute; hacerse.&nbsp;</p>
<p>
	Si miras el art&iacute;culo 12, la modificaci&oacute;n de la estructura de la comunidad es una modificaci&oacute;n del t&iacute;tulo constitutivo de la propiedad horizontal.</p>
<p>
	El art&iacute;culo 17 dice claramente que los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetar&aacute;n a las siguientes normas: "1.-&nbsp;La unanimidad s&oacute;lo ser&aacute; exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobaci&oacute;n o modificaci&oacute;n de las reglas contenidas en el t&iacute;tulo constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad..."</p>
<p>
	As&iacute; que adem&aacute;s de los permisos, y dem&aacute;s cuestiones necesitan la autorizaci&oacute;n de TODOS LOS PROPIETARIOS, no de la mayor&iacute;a.&nbsp;</p>
]]></description><pubDate>Tue, 21 Aug 2012 22:10:41 GMT</pubDate></item><item><title>quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3747006-?post=3747164</link><author>elbonsai</author><description><![CDATA[<p>
	Ok el comentario anterior. A&ntilde;adiria que si su cerramiento es llegal necesitan su consentimiento para hacer lo que pretenden, y en caso de que se hubiese hecho de modo ilegal y el plazo de prescipci&oacute;n hubiese cumplido de igual modo necesitan su consentimiento para hacer lo que pretenden. Por lo tanto creo que lo tiene bastante a su favor</p>
]]></description><pubDate>Tue, 21 Aug 2012 16:19:34 GMT</pubDate></item><item><title>quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro</title><link>https://www.nuevosvecinos.com/comunidad/3747006-?post=3747006</link><author>cleripol</author><description><![CDATA[<p>
	Hola a todos, soy nuevo en el foro y quer&iacute;a haceros una pregunta.</p>
<p>
	<br />
	Resulta que tengo una casa en la playa y est&aacute; en una urbanizaci&oacute;n cerrada con una valla y un muro, pero varios vecinos tienen la puerta de la casa fuera de la urbanizaci&oacute;n.</p>
<p>
	<br />
	Mi casa est&aacute; acotada por un muro del cerramiento y lo aprovecho para sacar una mesa fuera .<br />
	Hay unos vecinos que dicen que ellos pagan la ampliaci&oacute;n del muro (ya que la comunidad no tiene un duro ) con permiso de la comunidad, esto implicar&iacute;a correr hacia fuera la puerta de la comunidad y ampliar el cerramiento en zonas comunes de la comunidad .<br />
	A mi no me importa que lo hagan, pero sin tocar el muro que ya tengo yo, hay dos posibles soluciones una tirando el muro y otra sin tirarlo (aunque el cerramiento as&iacute; es mas peque&ntilde;o y se hace un fondo de saco).</p>
<p>
	<br />
	El presidente est&aacute; empe&ntilde;ado en que se tire el muro porque dice que es zona com&uacute;n y la comunidad puede hacer lo que quiera (en realidad lo har&iacute;an los vecinos(pag&aacute;ndolo ellos) con permiso de la comunidad), yo dudo que sea as&iacute; que yo no pueda decir nada sobre ello.<br />
	El presidente me ha dejado a mi el problema, ya que dice que hay que tirar el muro o sino no se hace la ampliaci&oacute;n de los vecinos, porque si no se har&iacute;an corralitos y no se dejar&iacute;a la libre circulaci&oacute;n de los propietarios.</p>
<p>
	<br />
	Yo no quiero que se tire y o bien que se deje el muro aunque se cierre el grande o se haga la ampliaci&oacute;n del cerramiento de la forma mas peque&ntilde;a y no se toque el muro donde mi casa.<br />
	&nbsp;</p>
<p>
	He estado leyendo la ley de propiedad horizontal y creo que me puedo agarrar a esto.</p>
<p>
	Art&iacute;culo s&eacute;ptimo.<br />
	El art&iacute;culo 11 de la Ley 49/1960, de 21 de julio,sobre Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes t&eacute;rminos:<br />
	&laquo;1. Ning&uacute;n propietario podr&aacute; exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservaci&oacute;n, habitabilidad y seguridad del inmueble, seg&uacute;n su naturaleza y caracter&iacute;sticas.<br />
	3<em>. Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un<br />
	propietario requerir&aacute;n, en todo caso, el consentimiento expreso de &eacute;ste.</em><br />
	O bien a esto.<br />
	Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes t&eacute;rminos:<br />
	&laquo;1. El propietario de cada piso o local podr&aacute; modificar los elementos arquitect&oacute;nicos, instalaciones o servicios de aqu&eacute;l cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuraci&oacute;n o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.</p>
<p>
	&nbsp;</p>
<p>
	<br />
	Por favor echarme una mano de como obrar para que no cambien la estructura que ya existe, si estoy obligado a esto por ser zonas comunes o bien puedo oponerme y si este es el caso c&oacute;mo hacer, si mandarles un burofax antes de que lo hagan o bien que hacer.<br />
	Muchas gracias.<br />
	&nbsp;</p>
]]></description><pubDate>Tue, 21 Aug 2012 12:02:04 GMT</pubDate></item></channel></rss>