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A
Amorcete
16/04/2012 18:48

Venta de pìso o alquiler

¿Cómo vender o alquilar mi piso de la EMV?

3.384 lecturas | 6 respuestas

Buenas a todos vecinos...

Seguramente estas dudas ya han sido lanzadas en el foro en alguna ocasión, he intentado buscar los "hilos" y no los he encontrado (estaré torpe!) pero os pido si podéis echarme una mano.

Propietario de un piso de un dormitorio en la promoción, estoy viviendo con mi novia y estamos embarazados de 3 meses. Como imaginaréis,en la casa de un dormitorio podemos aguantar lo que haga falta, pero nos estamos planteando la opción de venderla o alquilarla.

Si la vendemos: entendemos que sería a precio tasado, previo derecho de tanteo y retracto. Las dudas son:

- ¿Dónde podemos ver a qué precio se podría vender (precio tasado)?

- Asimismo, ¿se puede vender a cualquiera, siempre que sea a precio tasado? O tiene que cumplir una serie de requisitos.

- Por último, creo haber leido en algún sitio, que del precio de venta, ¿la EMV se queda con el 20%? ¿Se queda con ese 20% en todos los casos? Lo digo porque nosotros, por ejemplo, no hemos solicitado ninguna ayuda. Solamente tenemos el préstamo de Caja Madrid, pero nada más.

Si alquilamos:

- ¿Podemos alquilar? ¿A quién? ¿En qué precio? ¿Tiene que se por medio de la EMV?

Cualquier ayuda o información, es bienvenida, de verdad! Y si no, si al menos podéis decirme DONDE en la EMV debo de ir a preguntar. S podéis darme la dirección o un teléfono donde llamar, os lo agradezco mucho.

Gracias!

Amorcete

 
Spinely
Spinely
28/05/2012 17:32

Muchas gracias por la información Amorcete, aunque los renglones de la derecha se ven entrecortados.

 
A
Amorcete
24/05/2012 08:58

Buenas a todos… Por fin saco un pequeño hueco para informaros sobre la posibilidad de solicitud de venta de casa o alquiler…Hemos estado consultando en Avenida de Asturias, Maudes, etc. y por fin lo tenemos bastante claro. En primer lugar, os dejo links a las dos guías que publica la CAM al respecto que son bastante útiles.

VENTA

http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadername2=cadena&blobheadervalue2=language%3Des%26site%3DPortalVivienda&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1310886706287&ssbinary=true

ALQUILER

http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadername2=cadena&blobheadervalue2=language%3Des%26site%3DPortalVivienda&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1310886704017&ssbinary=true

 

Datos importantes a tener en cuenta:

- Régimen de protección de la vivienda, 30 años según indica en la cédula definitiva.

- Periodo durante el cual la EMV tiene derecho de tanteo y retracto: 20 años.

¿Se puede vender ahora, por ejemplo? Sí. Aunque en “teoría”, no se puede hasta que pasen los primeros 10 años, la realidad, según nos comunicaron los técnicos de la CAM es que sí están dando autorizaciones de venta y además, tardan poco tiempo en darlas, 1 mes- 1 mes y medio. Hay que justificar por qué se desea vender en un escrito, pagar las tasas correspondientes al modelo 030 y presentar este documento (adjunto link).

Una vez se tiene autorización de venta hay que:

- Devolver las ayudas recibidas más intereses generados.

- Si se vende durante primeros 20 años, hay que pagar sí o sí un 20% del valor de la venta a la EMV. Transcurridos esos 20 años, no se paga ese porcentaje.

- En el caso del préstamo de Caja Madrid, como es “protegido” porque nos acogimos al del promotor, debemos de “cancelarlo”…es decir, pagarlo con lo que pague el vendedor o “novarlo a condiciones libres, no protegidas” y traspasarla al comprador. - No hay requisitos que deba cumplir el comprador (ni de renta, edad, residencia, etc.).

-Importante: el régimen de protección sigue siendo de 30 años, por lo que el comprador no podrá venderla a régimen libre hasta entonces.

- En cuanto a la fijación del “Precio Máximo de Venta”, como estamos acogidos a un RD específico, se calcula así: “El precio máximo de venta en segunda o posterior transmisión de las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio y de las viviendas de promoción privada calificadas como Viviendas de Protección Oficial para venta o uso propio, acogidas a las medidas de financiación establecidas en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, será el resultante de la actualización del precio de venta inicial mediante la aplicación de la variación porcentual anual del Índice de Precios de Consumo, Índice General, registrada desde la fecha de la primera transmisión hasta la de la segunda o ulterior transmisión de que se trate, multiplicado por un coeficiente que será igual a 1,5.”

¿Se puede alquilar ahora, por ejemplo? Sí. Pasa igual que con la venta, aunque en teoría no se puede hasta que pasen los 10 primeros años, la CAM está autorizándolo, eso sí tardan más que con la compra, unos 5-6 meses.

- Hay que alquilarla a “precio protegido”, es decir, coges el precio máximo de alquiler se calcula cogiendo el precio máximo legal de venta y lo divides entre 12. Así te sale el alquiler máximo al mes.

- También hay que solicitar autorización de alquiler mediante un escrito ante la CAM.

- Una vez te la dan, tienes que hacer un contrato de alquiler que debe incluir unas cláusulas determinadas (mirad la guía de alquiler que os indico arriba) y el contrato debe visarlo la CAM. Para visarlo, hay que pagar una tasa (modelo 030 de nuevo) y en el proceso de visado lo que hacen es comprobar que el precio está en los regímenes legales.

- Importante: pasa lo mismo que antes, o cancelas el préstamo o lo “novas a condiciones libres de mercado” y hay que devolver las ayudas más intereses.

ESPERO QUE OS SEA DE AYUDA!!!

 
A
atomms
21/04/2012 12:37

yo iría directamente a consultar a calle maudes 17 por la mañana (tiene que ser en miércoles)

pregunta por manuel soto, él es se encarga de los visados de alquiler de nuestras viviendas

suerte!

 
vallekas boy
vallekas boy
18/04/2012 09:01

Si no recuerdo mal en Palos de la Frontera cruzando con fray luis de león

 
A
Amorcete
17/04/2012 12:07

Muchas gracias vallekas boy. Una duda, "Encarna" estaba en qué sede de la EMV. Maudes? Es por ir allí donde estè...

Gracias

Amorcete

 
vallekas boy
vallekas boy
17/04/2012 10:36

Yo en tu lugar acudiría a la EMV y preguntaría por las que nos atendieron en nuestra promoción (creo recordar que una se llamaba Encarna) y le explicaras tu situación en busca de soluciones.

No estoy seguro pero creo recordar que entre todos los papeles e información sacada de la EMV, foros e internet me suena haber leido que si tu unidad familiar cambiara te facilitaría la EMV otra tipología de vivienda.

 

Fin del hilo
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