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oscarnorquimia
09/05/2006 23:02

Declaración

¿Se pueden seguir deduciendo las cantidades entregadas por la compra de vivienda en la declaración de este año?

812 lecturas | 10 respuestas
Buenas:

Aunque el foro lo veo más parado que nunca, voy a lanzar una preguntilla, para ver si alguien sabe con certeza algo del tema.

El año pasado al hacer la declaración me deducí las cantidades entregadas por la compra de la vivienda, y no sé con certeza si en este segundo año se pueden seguir deduciendo las cantidades entregadas.

Si alguien me saca de la duda, se lo agradezco.
Saludos.
 
O
oscarnorquimia
18/06/2007 19:33
Y el año que viene entre las letras de este año, y el pago del iva, las parejas podremos deducir 9000 cada uno.

Un saludo.
 
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oscarnorquimia
12/06/2007 00:10
Exacto. Yo ya la hice, y te piden sólo el cif del constructor y el importe de las cuotas pagadas en el ejercicio contable. (ni te revisan los pagos ni nada).

Y por otro lado, y conforme a la nueva ley de este año, hace falta dar datos de la referencia catastral de tu vivienda habitual, (si vives con tus padres, pues la de tus padres, ..).

Saludos.
 
G
Ginger_Fred
11/06/2007 00:16
Me parece que la única referencia catastral que te piden es de las viviendas en propiedad, y ésta por desgracia todavía no es nuestra...

Un saludo.
 
R
raon01
09/06/2007 22:35
A mi con solamente, el CIF y las cantidades aportadas al promotor, no nos ha hecho falta ni entregar un solo recibo ni contrato ni nada.
De la Referencia catastral no hay que poner nada.
Saludos.
 
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oscarnorquimia
03/06/2006 14:53
Hola. Yo hoy he ido con el borrador, la copia del contrato del piso (en el que aparece el cif de la empresa), y copia de las letras pagadas.

Tan sólo me han pedido la cuantía de las letras, y el cif de la empresa constructora. Vamos, muy facilito todo.

Un saludo.
 
E
evamariadrc
24/05/2006 11:40
Hola,
Una consulta referente a este tema. Yo empece a pagar las letras en enero del año pasado con lo cual puedo presentar los pagos del año completo,la duda que me surge es qué documentación tengo que presentar en hacienda ya que sólo tengo las letras que me llegan del banco o si por el contrario tengo que pedir algún documento en Coivisa.
Muchas gracias por toda la información que me podais dar.

Saludos
Eva

 
P
pisonuevo1
11/05/2006 10:05
Hola,

efectivamente la cuenta ahorro viivenda tiene un período maximo de años para poder ser usada para desgravarte, en el caso del piso podréis hacerlo hasta que os lo entreguen y después lo haréis con la hipoteca.Tan solo indicaros que si estáis pagando las letras con dinero ya desgravado de una cuenta ahorro NO os podéis desgravar de nuevo, es decir si tuvierais en un cta. ahorro 6000 € y os hubieráis desgravado de esa cuenta en 2004 y la estáis usando para pagar las letras en 2005 ok?

No olvidéis que los 9015 € son por persona, no por piso ( menuda alegría para este año ya que nosotros somos de la fase 1 y el año pasado pagamos el IVA y gastos, por lo que nos podemos desgravar todo entre los 2).

Un saludo
 
G
Ginger_Fred
11/05/2006 00:34
En teoría sería hasta que te den el piso, sin importar los años ¿no?

Un saludo.
 
O
oscarnorquimia
10/05/2006 22:31
Mil gracias. Es justo lo que quería confirmar. Perfectamente explicado.

Es que me habían comentado que sólo podía el primer año, y yo tenía la idea de que no. Menos mal que tenía razón jejeje.

Insisto. Muchas gracias.

Un saludo.
 
P
pisonuevo1
10/05/2006 21:23
Hola,

Cada año puedes desgravarte el 15% las letras que estas pagando a Coivisa por un máximo de 9015 € y si el sois dos por 9015 € cada uno. Cuando ya tienes el piso el importe maximo a deducirte es el mismo pero durante los 2 primeros años es un 25% de los primeros 4500 y un 15 % de los otros 4500 €.

En tu caso funciona igual que la cuenta ahorro vivenda te puedes desgravar un 15% sobre un maximo de 9015 €. pero de las cantidades que hayas entregado en 2005. (lo que te desgravaste en el 2005 sería de lo entregado en 2004)

Espero habete ayudado

Un saludo
;-)
 

Fin del hilo
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