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charly904
charly904
23/05/2013 13:54

PLAN RENOVE DE VENTANAS

¿En qué consiste el Plan Renove de Ventanas en Castilla-La Mancha?

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https://www.jccm.es/tramitesygestiones/plan-renove-de-ventanas

 

 

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PROCEDIMIENTO:

 


030429 AYUDAS EN AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL SECTO PÚBLICO, INDUSTRIAL Y EDIFICIACIÓN
Plazo de resolución:
6 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
PLAN RENOVE DE VENTANAS

Plazo de presentación de solicitudes:

Del Mié, 22 Mayo 2013 al Mar, 01 Oct 2013
Plazo de presentación de solicitudes:
Según convocatoria
Objeto:
Convocar ayudas para la sustitución de ventanas en viviendas y establecimientos del sector terciario (locales comerciales, establecimientos de hostelería, etc.) por otras de mayor eficiencia energética en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
Destinatarios:
Personas físicas o jurídicas, que asuman directamente el coste de las actuaciones subvencionables.
Requisitos:
Los beneficiarios deberán cumplir: a) Tener domicilio fiscal en Castilla - La Mancha. b) Realizar la sustitución de ventanas en viviendas o establecimientos del sector terciario situados en Castilla - La Mancha. c) Para el caso de viviendas: estar empadronado en la vivienda reformada al menos 3 meses antes de presentar la solicitud. d) No estar incurso en los supuestos de incompatibilidad contemplados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla - La Mancha. e) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad y por reintegro de subvenciones. Las actuaciones subvencionables son: a) La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento). b) La instalación de dobles ventanas. c) La sustitución de cristales. Las ventanas instaladas deben cumplir los requisitos establecidos en la base 5ª de la orden de ayudas. Para calcular la transmitancia y el factor solar pinche aquí
Importe:
- Para el programa de viviendas particulares,con un límite de 3.000 ¿ por vivienda: 110 ¿/m2 para sustitución de ventanas (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas. 24 ¿/m2 para sustitución de cristales. - Para el programa de establecimientos del sector terciario, con un límite de 6.000 ¿ por establecimiento: 100 ¿/m2 para sustitución de ventanas e instalación de dobles ventanas. 20 ¿/m2 para sustitución de cristales. Las ayudas, en ningún caso, podrán superar el 35 % del coste de la actividad subvencionada.
Criterios:
Las ayudas se resolverán por el procedimiento de de concesión en régimen de evaluación individualizada, estableciendo como único criterio de prelación, la fecha de entrada de la solicitud en el Registro único de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.
Documentación a aportar:
a) DNI o autorización para obtenerlo. b) NIF (para personas jurídicas) y poder de representación del firmante de la solicitud. c) Documento acreditativo del domicilio fiscal. d) Certificado de empadronamiento, con indicación de la fecha del mismo. e) Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la Seguridad Social, o certificación acreditativa de lo mismo, o autorización expresa para que la administración pueda recabar dichos datos. f) Marcado CE completo de las ventanas instaladas, incluyendo la declaración CE de conformidad del fabricante. g) Memoria técnica suscrita por la empresa fabricante o instaladora (Anexo II). h) Ficha técnica de los cristales instalados. i) Factura de adquisición e instalación de las ventanas. j) Justificante del pago efectivo de las facturas presentadas. k) En el caso de comunidades de propietarios, se presentará además, certificación del secretario acreditativa de la condición de Presidente de la Comunidad del firmante de la solicitud, y acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios aprobando las inversiones requeridas y la solicitud de la subvención.
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Marco legal:

DOCM: 21-MAY-13 Orden de 14/05/2013, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas Plan Renove de Ventanas Castilla-La Mancha 2013, destinadas a la sustitución de ventanas por otras de mayor eficiencia energética, y se convocan las mismas
 

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Presencial: Oficinas de Registro

 

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