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R
rasga
26/09/2005 19:40

Se reanudan las firmas de contratos!!!

¿Alguien sabe algo nuevo sobre el contrato con Grupoi y la reunión con la comunidad de Madrid? ¿Qué hay que hacer para obtener las pólizas generales y particulares?

2.093 lecturas | 19 respuestas
Hola a todos de nuevo, he estado una temporada sin conexión a internet, pero ya estoy de vuelta.
Hoy nos han llamdo de Grupoi para pedirnos datos que les faltaban y así remitirnos el borrador del contrato. La chica que llamaba no tenía ni idea de nada más y nos remite a mañana o que hablemos con la comercial.

Alguien sabe algo nuevo?se conoce algo de la reuniòn con la comunidad de Madrid del 19 de septiembre??

Ascensión tú estabas en la misma situación que nosotros, apunto de firmar cuando se paralizó todo, te han llamado a ti también? sabes algo más? que vais a hacer al final?

Bueno y abusando de nuevo de vuestra ayuda, alguien me puede explicar el tema de las polizas generales y las particulares que aseguran el dinero entregado? cuando se firman o llegan o que hay que hacer para obtenerla?

Gracias a todos y saludos.
 
J
JRAT
03/10/2005 11:19
Hola, buenos días:

Lo que estáis diciendo es comprensible y humano. Pero, para preguntarle algo a una Administración no hace falta abogado alguno ; salvo que queráis pagar por algo que es gratis. Para dirigirse al Ayuntamiento vale el que puse o cualquier otro escrito, siempre que sepáis lo que queréis preguntar y dirigirlo al sitio adecuado. Por supuesto, cada quien puede hacer su propio escrito con las preguntas que él quiera. Otra historia es lo que pueda tardar el Ayuntamiento en contestar. Y por supuesto, no porque os haya cobrado un abogado por hacerlo os van a contestar mejor o más deprisa, salvo que el abogado trabaje para el Ayuntamiento y conozca todos los “intríngulis” de aquél.

Otra cuestión, será que pase el tiempo y tengamos algún problema con constructora, aseguradora, etc. En ese caso seré el primero en apuntarme a tal opción.

Un saludo.
 
M
Msol
01/10/2005 00:04
Hola a todos,

Gracias por el formato de la carta, JRAT,creo q está muy bien.
Pero estoy de acuerdo con lo que dice ascensión, debieramos pedir q un abogado nos la escribiera, yo tb estoy dispuesta a aportar lo quenos cobrara, y ásí tener siempre ya un abogado para este tema, pues creo q lo vamos a necesitar....
Así decidir los demás.
Un saludo
 
J
JRAT
30/09/2005 12:29
Hola: Pues como queráis. Podemos quedar y firmarla todos. Podemos enviarla unos cuantos. El Ayuntamiento tiene la obligación de contestar a todos los que se dirigen a él. La verdad, es que con que sólo la envíe uno y después nos informe es suficiente. Pero si en el Ayuntamiento empiezan a llegar cartas certificadas sobre el particular, al menos verán que estamos todos al tanto (más o menos) de lo que ocurre. Creo, sinceramente, que nos remitirán la misma carta que la ya remitida a Urbapro, pero por intentarlo no pasa nada. Buenos días.
 
J
JRAT
30/09/2005 12:25
Perdón, pero como os habréis dado cuenta en el punto cuatro de la instancia anterior pongo "decepcionar", debe ser "recepcionar".
 
T
Tresgrandas
30/09/2005 12:19
Buenos días JRAT. Ante todo darte las gracias por transmitirnos con tus conocimientos en todas tus intervenciones algo de tranquilidad cuando más lo necesitábamos, también quiero darte las gracias por facilitarnos este escrito para enviar al Ayuntamiento. Pero... ¿consideras oportuno que enviemos todos los que queramos la carta, o por el contrario enviarla sólo 2 o 3 personas e informar de la contestación a través del foro?.
Saludos.
 
J
JRAT
30/09/2005 11:13
Hola Buenos Días: Os pego aquí un escrito que podría servir. Si queréis utilizarlo sólo basta con poner vuestro nombre. Si lo mandáis al Ayuntamiento os aconsejo que lo hagáis por correo certificado con aviso de recibo y que cuando lo llevéis a correo tengáis el sobre abierto y que el Sr. de Correos os selle la carta de dentro y una copia que os quedáis. El escrito es este, pero vale cualquiera.

D/Dª ___________________, con DNI nº ________, y domicilio a efectos de notificaciones en ______________________.

Expone:

Que ha contratado con la empresa Urbapro, S.L., la adquisición de una vivienda unifamiliar en la urbanización Fuentemilano, del término de Bustarviejo.

Que ha tenido conocimiento de las sentencias recaídas en recurso contencioso-administrativo 1258/1999, y recurso de casación 4524/2002, por las que se anula el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid que aprobaba definitivamente la revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Bustarviejo.

Que entiendo que dichas sentencias no pueden afectar a las fases 2, 3, 4 y 7, de la citada urbanización, al tener éstas las licencias de obra oportunas concedidas con anterioridad al fallo del Tribunal Supremo y, por lo tanto, la ejecución, tanto de las obras de urbanización como la propia de las viviendas, debe proseguir sin mayores problemas, al encontrarse dentro la legalidad. No así la de aquellas fases en las que no se concedió la oportuna licencia pues dada la situación actual urbanística del Ayuntamiento de Bustarviejo no puede concederse ninguna licencia por el momento.

A la vista de lo expuesto, conforme establecen los artículos 31.1.b) y 35 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y como afectado, SOLICITO aclaración por escrito de los siguientes puntos, según relación que a continuación se efectúa:

1º Existe el rumor de que con fecha 19 de septiembre el Ayuntamiento de Bustarviejo se reunió con técnicos de la Comunidad de Madrid para tratar este tema. ¿Es posible conocer si se llegó a alguna conclusión sobre el particular?.

2º Que actuación va a realizar el Ayuntamiento de Bustarviejo en relación con la necesaria aprobación de la revisión de sus normas subsidiarias, y la posterior concesión de las nuevas licencias en la promoción.

3º Que efectos puede tener, en su caso, la no aprobación de dichas normas sobre las obras de urbanización (calles, alcantarillado, etc.) de la Urbanización de Fuentemilano. Es decir, las obras de urbanización se harán sobre toda la promoción o únicamente por fases que tengan la oportuna licencia.

4º Que efectos puede tener, en su caso, la no aprobación de dichas normas si llegamos al punto en que finalizadas las viviendas, el Ayuntamiento de Bustarviejo deba decepcionar la obra, conceder la licencia de 1ª ocupación y posteriormente la cédula de habitabilidad. ¿Pueden realizarse estos trámites sin que hayan sido aprobadas nuevamente las normas citadas?.

Atentamente,



Fdo. ____________
DNI: ___________


Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bustarviejo.
 
A
Ascension
30/09/2005 10:46
Hola Msol,

Gracias por llamar al ayuntamiento. Pero quizá si mandamos una carta al ayuntamiento deberiamos hacerlo como colectivo, y en ese caso sería mejor pedir consejo de algún abogado que nos la redactara, y que supiese cuáles son los potenciales problema.
Si hay alguien en este foro capacitado para redactar algo así, perfecto. Y yo lo agradecería. Si no, y queréis que entre todos busquemos a algún abogado tampoco tengo problema en colaborar con los posibles costes, que tampoco serían muchos creo yo, si sólo se trata de redactar una carta.

Bueno pues a ver qué pensais los demás

Un saludo
 
M
Msol
29/09/2005 14:55
Hola,
Ayer hable por tfno con el Alcalde de Bustarviejo, un tal Julio, imagino que al hacerle tantas preguntas a la Auxiliar y decirle que vivo en Cádiz (aunque soy de Bustarviejo), le di pena y me dió su tfno particular.
Me contesto a una serie de preguntas, cómo las que plantea JRAT, quizás yo fuí más light....
Y me dió la opción, a que las preguntas las hicieramos por escrito, y enviarlas al Ayuntamiento, para que se nos contestara, tambien por escrito (tener asi una prueba).
Yo aún no he firmado, y lo que comentas JRAT, me parece muy interesante, cómo para que lo plantearamos todos por escrito, eso y más cosas y que el Ayuntamiento nos enviara a cada vecino la contestación. Qué os parece?
 
J
JRAT
29/09/2005 10:18
Hola, buenos días a todos:

Ya os digo. No soy experto en temas urbanísticos. Que esto hay que preguntarlo a alguien que sepa más. Así que yo de momento voy a hacer cábalas como si pensara en voz alta y así deben tomarse. Efectivamente, la licencia fue legal, por poco, pero legal. Con lo cual la construcción no debe terner más problemas que los propios de cualquier construcción.

Pero para que den la cédula de habitabilidad (me confundí en el anterior mensaje en los términos), el Ayuntamiento debe primero recepcionar las obras y se debe solicitar la licencia de 1ª ocupación. Con estos dos documentos acta de recepción y solicitud de licencia de 1ª ocupación y otros que parece que son necesarios, el Ayuntamiento debe conceder la cédula de habitabilidad.

En que consiste la recepción de las obras. Pues en contratación administrativa (me imagino que se puede asemejar a este tema) consiste en que la Administración inspecciona la obra, ve que se adecua al proyecto inicialmente presentado, que no existen defectos, que se ha hecho conforme a las instrucciones dadas en los pliegos de prescripciones, etc., me imagino que en este tipo de obras además se verá que se ha hecho conforme a las prescripciones de las normas de los planes urbanísticos del Ayuntamiento, normas subsidiarias, plan parcial, etc. (perdonadme si meto la pata con alguno de estos términos, ya que nos los conozco bien).

No sé si habéis visto ya el problema. Tenemos licencia de obras y construimos, pero después como se van a poder recepcionar las obras si las normas urbanísticas del Ayuntamiento no están aprobadas, es decir no existen? ¿en que se basarán los técnicos de la Administración para decir que la construcción está hecha de conformidad?. Es una incongruencia. Sí. Pero es que yo, en todo este tema sólo veo incongruencias.

Probablemente, me equivoque. Espero que sea así. En cualquier caso, soy optimista. Lo diré por activa y por pasiva. El Ayuntamiento de Bustarviejo tiene tiempo para hacer sus deberes. Hay muchos intereses políticos y económicos sobre la mesa y lo único es que deben "emparejarse". Pero ya dije antes que cuando mi casa esté terminada entraré (con o sin cédula de habitabilidad y a ver quien me echa) otra cuestión es que quiera después, algún día, vender la vivienda (eso puede ser harina de otro costal).

Espero no haber sembrado más dudas. Y en todo caso me remito a alguien que conozca este tema mejor que yo.

Por cierto, en cuanto al tema de los muros siento no poder ayudar.

Un saludo y Buenos días. JRAT
 
R
rasga
28/09/2005 23:24
...
 
M
Msol
28/09/2005 20:26
Hola,
Encantada de haberos encontrado, por casualidad....¡
Tb yo pertenezco a la fase 2, me han llamado hoy para pedir un dato que les faltaba y para q ya firme el contrato.
Alquien sabe, cómo es la distribución de los "frontones-muros" en las parcelas nº 20201 a la 20216 ? Me podeis dar alguna información al respecto?
Gracias por toda la información que ya me habeis dado tod@s
 
J
JBB
28/09/2005 17:22
Hola JRAT:
¿porqué dices que el ayuntamiento puede que no de las cédulas de 1 ocupación?, si las licencias ya concedidas son legales, ¿porqué no las va a dar?, desde mi punto de vista es un contra sentido. Si las casas cumplen la normativa y las licencias de obras las ha dado el propio ayuntamiento y luego no te da las cedulas de 1 ocupación, estaría prevaricando.
 
J
JRAT
28/09/2005 14:26
Conozco el Derecho Administrativo, pero no el urbanístico, que aunque ligado es un mundo aparte. Aún así podemos hacer cábalas sobre tus preguntas. Entiendo –es mi punto de vista, y aquí puedo equivocarme totalmente- que las licencias están concedidas por fases, tanto para la urbanización como para la construcción de las viviendas. De hecho en la licencia de obras que yo tengo (aquí escribo de memoria) creo que pone que es para tres años: el primero para la urbanización y los otros dos para terminar las viviendas.

Entiendo, por tanto, que si no se dan más licencias, las calles, aceras, rotondas, etc., terminarán allí donde se termine la fase, que incluirá en su caso temas como las líneas de luz, agua, alcantarillado etc. Podría llegar a darse ese caso. Pero ya te digo que ese tema me es desconocido y probablemente la urbanización sea toda una y aunque no se construyan las viviendas de las fases sin licencia ésta haya que terminarla. Sobre este particular algún otro vecino que sepa algo más del tema nos podría ayudar.

Respecto a la cédula de 1ª ocupación: Ese es otro problema. Si el problema no se arregla el ayuntamiento es probable que no pueda concederla. Aunque a este respecto y comentando el tema con conocidos que saben de algún caso, en Valdemanco, me comentan que alguna urbanización no tiene la cédula y que no han tenido problemas al respecto (ni para préstamos, escrituras, etc.). Parece ser que todo vino de un desacuerdo entre Ayuntamiento y constructora. Pero sinceramente, no puedo contestarte esa pregunta con rotundidad.

Respecto a tu segunda pregunta, ahí sí puedo decirte algo. Si no se adjunta dicho informe (el económico) el Ayuntamiento podría presentarlas otra vez en la Comunidad y ésta aprobárselas en Consejo de Gobierno y conceder licencias otra vez. Entonces podría llegar otra vez el tal Julio Moreno y volver a recurrirlas y otros 6 años de contencioso que darían para terminar todo. O que llegaran los ecologistas o cualquier otro que crea tener intereses sobre el asunto.

Esta es otra de las posibilidades de la cual no había hablado hasta ahora pero que puede darse sin ningún problema. Lo que ocurre es que no creo que la Comunidad entre a aprobarles otra vez las normas después de una sentencia del Supremo. Y en caso de entrar no pasaría nada. Bueno, me explico al Letrado de la Comunidad que fuera a defender el recurso el juez le podría poner más que colorado por volver a aprobar las normas, pero sólo eso.

Es un tema jurídico muy curioso. Un juzgado sólo puede entrar a ver un tema por denuncia (en este caso por recurso). Si se volviera a aprobar tal y como están (sin hacer el informe) no pasaría nada, salvo que alguien recurriera. Porque lo que anuló el Tribunal no fueron las normas sino un acto administrativo que las aprobaba. Un acto administrativo perfectamente determinado, de una fecha concreta, etc. Y la nueva aprobación se produciría por otro acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad hecho en otro momento diferente al anulado. Como alguien ha dicho quien crea la Ley crea la trampa. Esto es así, pero yo que el Ayuntamiento no me jugaría el tipo y exponerme a otro contencioso y arreglaría el tema.

Sinceramente, si no son capaces de solucionarlo no podrán conceder ninguna licencia más, salvo que las den sobre las anteriores normas (que he leído en el foro son de los años 70) y por lo tanto, sean para cosas que estuvieran previstas en aquellas. Si no son capaces de solucionarlo tendrán todas las obras que no tengan licencia paralizadas. Y si llega el caso pueden ponerme un policía local para que no entre en mi casa porque no tengo cédula de 1ª ocupación, pero siempre que quedará el recurso de entrar cuando vaya a comer y después a ver quién me echa. Pero ya te digo que estos temas urbanísticos no son lo mío. Lo dejo para otros del foro que puedan informarnos.

Lo que sí quiero dejar claro es que aunque con cierto desasosiego, normal, yo tengo claro que me darán la casa. Otra cosa, es si yo estuviera pendiente de firmar el contrato, de soltar el dineral de la entrada, las letras, etc. Seguramente haría mis cuentas vería el precio y lo que me cuesta en otros sitios con menos problemas y decidiría. Pero cuando yo me he enterado de esto ya llevaba pagadas una entrada del 10% y 12 letras. Así que, en mi caso, de perdidos al río, sobre todo porque el contrato (no sé el tuyo), pero en el mí pone que si me voy porque yo lo deseo pierdo todo lo aportado hasta ese momento.

Buenos días a todos.
 
R
rasga
28/09/2005 12:12
Hola a todos,
ayer consegui hablar con el arquitecto del ayuntamiento de Bustarviejo y me dijo que las licencias concedidas no tenían porque verse afectadas por la sentencia comentada en su carta, que las fases 2,3,4 y 7 tiene concedidas tanto las licencias de obra como las de ejecución de urbanización (realización de calles rotondas, aceras....etc) importante ya que si no se ejecuta por la constructora la urbanización no puede ser recibida por el ayuntamiento y por tanto no se concederían a los propietarios la licencia de 1ª ocupación.
Que desde el ayuntamiento no se van a paralizar las obras de dichas licencias concedidas, sino que no se van a emitir licencias nuevas de momento para las fases 5 y 6 pendientes.
Mi duda es que si finalmente no se otorgan esas licencias, nos puede afectar para el tema de ejecución de urbanizacion al ser parcial?

Y por otro lado JRAT, si las normas están en situación como si no hubiesen salido del ayuntamiento, si no se adjunta dicho informe económico y se remiten de nuevo, que puede pasar? porque hablamos de lo que falta y no delo que ocurrirá si no son capaces de solucionarlo, porque solo hablan de las paralizaciones de obras pero no te cuentan nada de lo que les compete a ellos, es como si solo pensaran que no les va a a afectar porque la concesión de las licencias fue legal en su momento.

Ah, Ascension gracias por la grata noticia de que tendremos la poliza indivudual al firmar contrato, tienes razón es una gran noticia visto lo visto.
Saludos a todos.
Rasga
 
J
JRAT
27/09/2005 13:24
Hola de nuevo, el retraso en darnos la póliza individual a los que firmamos en septiembre de 2004, sólo lo puedo explicar por lo que ya han dicho otras personas en este foro: porque para darlas debían presentar estudios geológicos, licencia de obras definitiva, etc. La verdad es que en seguros no estoy muy puesto. Pero el caso es que aunque con retraso la tengo en mi poder. Me imagino que la vuestra os la darán cuando firméis como dice "ascensión", porque lo más probable es que se emitieran todas las pólizas individuales en el mismo momento y las vuestras estaban pendiente de firma del contrato para entregarosla.

No se nada de la presunta reunión del Ayuntamiento con la Comunidad de Madrid. Lo que sí sé es de Procedimiento Administrativo y te puedo asegurar que una sentencia de un tribunal de lo contencioso-administrativo no necesita que nadie la interprete. Se aplica por sí misma y en sus propios términos. Es decir, se anula el Consejo de Gobierno de la Comunidad que aprueba las normas y ya está. Las normas vuelven al Ayuntamiento y es como si nunca hubieran salido. Se trata por si alguien quiere corroborarlo de un acto administrativo anulable por un defecto de forma (art. 63 de la Ley de Procedimiento Administrativo).

La carta que dicen que Grupoi ha enviado a la Comunidad... Pues te diré que la Comunidad de Madrid con mucho tacto y educación se lavará las manos y remitirá al Grupoi al Ayuntamiento que es quien tiene la llave para arreglar este desaguisado. También te puedo decir que los Letrados de la Comunidad sabían, casi con toda seguridad, cual iba el tenor de la sentencia. Te puedo asegurar que no son unos ingenuos. Lo que ocurre es que el problema no era de la Comunidad sino del Ayuntamiento y probablemente se lo dijeron y este, el ayuntamiento, no hizo nada ; puesto que si es verdad que tienen Letrados el escrito del Ayuntamiento a Urbapro es de traca. Presenta un desconocimiento tan absoluto del procedimiento administrativo que dudo que tengan letrados.

Que el Ayuntamiento diga que de momento no va a paralizar las obras y siguen realizándose porque el Alcalde es muy bueno, es también otra inexactitud. Ya dije que las obras no pueden paralizarse porque la licencia concedida es totalmente legal. Y para paralizarlas el Ayuntamiento debería iniciar un procedimiento denominado "declaración de lesividad", que supone denunciar su propia concesión ante un tribunal contencioso-administrativo (más o menos 6 años) y un proceso para lo que se necesitan algún que otro experto en esto del procedimiento administativo.

La Comunidad no puede poner pegas a las licencias en ningún caso, así que lo que le han dicho a "ascensión" también es una inexactitud: La Administración de la Comunidad no puede meterse bajo ningún concepto en un acto declarativo de derechos realizado por un Ayuntamiento, porque no tiene competencia.

Así que, como decía todo pasa porque el Ayuntamiento haga ese informe económico lo adjunte a las normas y lo pase por la Comunidad para su aprobación por Acuerdo de Consejo de Gobierno. Otro tema es que el Ayuntamiento sea capaz de realizar dicho informe (por conocimiento o por no poder contratarlo -precio-). Otro tema es que la Comunidad de Madrid -del PP- esté dispuesta a aprobarle algo a un Alcalde que abandonó el PP y creó un grupo de independientes (de esto me he enterado leyendo este foro y ya sabéis sólo hay que sumar 2 y 2 para ver la situación. Yo de hecho no conocía Bustarviejo más que en el mapa hasta hace 2 años). Así que, aquí hay muchos intereses políticos y también económicos. Desde aquí, si nos leen, aconsejo a Grupoi, Urbapro y constructora (creo que Seop) que presionen por arriba (Gobierno de la Comunidad) y al Ayuntamiento, para que éste haga sus deberes y aquélla no ponga ningún problema.

Otra cosa que hasta ahora no se ha dicho es que el recurso contencioso que interpuso el tal Julio Moreno no es de 1996 (no lleva 9 años) si miráis la sentencia del recurso contencioso que puse en su día el recurso es de 1999. Me imagino que debió interponerse pasados 3 años, al menos, desde que se aprobaron las normas. No se la razón, pero me la imagino.

Buenos días.
 
A
Ascension
27/09/2005 12:37
Hola de nuevo,

He hablado con Carmen -Grupo i y me ha dicho que firmaremos a finales de octubre.

Parece ser que Grupo i ha enviado una carta a la Comunidad de Madrid en los mismos términos que la que se envió al Ayuntamiento y están esperando respuesta para podérnosla mandar a todos.

Una muy buena noticia es que nos van a dar las pólizas individuales en el acto de firma del contrato.

Asique bueno supongo que nos informarán de lo que diga la Comunidad en un futuro próximo. Por lo que me ha
dicho Carmen creo que la Comunidad no va a poner pegas a las licencias ya concedidas.

Un saludo
 
R
rasga
27/09/2005 12:08
Hola de nuevo.

Jrat, soy de la misma fase que tu la segunda.Y como es posible que se entregue una poliza individual quince meses despues? en algun sitio del contrato tenías indicado que estaban obligados a dártela aunque fuese con esa tardanza o fue solo de palabra?. tu tampoco sabés nada de como se ha determinado la ejecución de la sentencia?, lo digo porque tal y como te has explicado en anteriores intervenciones parecías bastante puesto en las opciones y soluciones.

Ascen, yo también estoy llamando al ayuntamiento y no consigo nada de nada voy a intentarlo con Grupoi a ver que cuentas y os comento.

Saludos y gracias a los dos.
 
A
Ascension
27/09/2005 10:49
Hola Rasga,

Pues a mí todavía no me ha llamado Grupo i. El borrador lo tengo desde antes del verano y Carmen me dijo que ya me llamaría ella la última vez que hablé con ella. Eso fue a
primeros de septiembre.

Por cierto que ayer llamé al Ayuntamiento para ver si sabían algo más y me dijeron que llamase hoy porque estaba el Técnico Municipal. Llevo toda la mañana intentando pero nada, asique si alguien tiene más suerte que lo cuente aquí. El tel del Ayuntamiento es 91 848 20 04.

En principio seguimos interesados en firmar, aunque lo que menos me gusta es que el pago inicial venga acompañado de la póliza general y no la individual.

Si sé algo más ya os contaré.

Un saludo

Ascen

 
J
JRAT
27/09/2005 08:43
Buenos días: Respecto al tema de las pólizas generales te diré que, en mi caso, la general me fue entregada con la documentación que me dieron al firmar el contrato (septiembre de 2004). Para la individual Grupoi me llamó diez meses después: la recogí y la firmé en la caseta de la estación de bustarviejo en julio de 2005. Si bien, en la póliza individual se recogía que su periodo de validez abarcaba desde septiembre de 2004 hasta octubre de 2006, es decir, el plazo de ejecución de obras que inicialmente se consideraba para la fase II.
Como posteriormente me enteré que la entrega de la vivienda se retrasaba seguramente a verano de 2007, llamé a Asefa (grupo que asegura las cantidades) y me dijeron que la renovación de la póliza -en el caso de que a la fecha de vencimiento no se hubieran entregado las viviendas- era obligatoria por parte de la promotora. Así que, en principio salvo la tardanza en entregar la póliza, parece que todo estaba "correcto". Un saludo. Por cierto, de que fase eres?. Gracias.
 

Fin del hilo
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