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Hermanas Picolo
17/05/2007 12:41

tanteo

¿Cómo funciona el derecho de tanteo de la Comunidad de Madrid en el préstamo Convenido?

744 lecturas | 9 respuestas
Hola chicos yo también he estado en Caja Madrid, y en millones de bancos, y la mejor opción de hipoteca que hemos encontrado es el prestamo Convenido (aunque el interés ha subido este mes de mayo sigue estando por debajo del euribor).

Lo único que me para es el tema de que la Comunidad de Madrid tenga derecho de tanteo durante 15 años.

Alguien sabe cómo va ésto?? La Comunidad ejerce su derecho de comprar las viviendas? Yo no la he comprado para especular, pero si algún día quiero o necesito cambiar cómo lo podré hacer??

En fin tengo muchas dudas. Si alguien me puede ayudar os lo agradezco un montón!!
 
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Koqui
24/05/2007 20:41
Las condiciones de la Hipoteca joven son Comisiones de apertura, cancelación parcial y total 0%. si es hasta el 80% a euribor + 0.37 y si es más del 80% euribor +0.59.
 
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madriles1
24/05/2007 20:25
Hola!! he llamado a la oficina de al comunidad y me han dicho lo mismo que a El otro Flander, si nos acogemos al prestamo cualificado de C. Madrid, la proteccion aumenta hasta los 30 años, que eso ya no me convence mucho... Oyes y habéis visto lo de la hipoteca joven, están bien las condiciones ???
 
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Hermanas Picolo
23/05/2007 12:04
Jo!! Muchas gracias por la información. Ya he visitado la web pero no me resulta muy clarificadora, así que llamaré por teléfono.

En Caja Madrid me dijeron que la vivienda está protegida durante 25 años (en cualquier caso) Es decir, que tengas la hipoteca que tengas no puedes vender a precio libre en esos 25 años. Pero además si coges la hipoteca protegida la comunidad de Madrid tiene derecho de tanteo durante 15 años. Y con el resto de hipotecas el derecho de tanteo es de 5 años.

Voy a contrastar la información a ver lo que me dicen. Ya os cuento!!!
 
E
El otro Flander
23/05/2007 01:23
Si, me refiero al préstamo o hipoteca famosa...
Realmente si lo podemos vender, lo que pasa que hemos de hacerlo al precio que marque la Comunidad de Madrid (es decir, el precio del módulo más IVA). Cuando queramos vender el piso, tenemos que pedir autorización a la CAM porque tiene derecho de tanteo, que significa que tiene facultad preferente de compra. En síntesis, que antes de vendérselo a otras personas, debemos preguntarle a la CAM sí lo quiere comprar ella. Normalmente eso no ocurre porque la CAM suele renunciar de forma sistemática a sus derechos de tanteo y retracto, autorizando la venta del piso a terceras personas. Eso sí, al precio del módulo del año en que lo vayamos a vender.
Pasados los 15 años reglamentarios, o los 30 si nos subrogamos, podemos proceder a la descalificación definitiva, momento en el cual podremos vender el piso al precio que queramos.
En concreto, que si cogemos el préstamo tenemos que saber que no vamos a poder especular con el piso hasta dentro de tropecientos años, pero si vamos a poder venderlo de tal manera que no perdamos dinero.
De todas las maneras, podéis llamar vosotros al 012 a ver si os dicen lo mismo...
Un saludo!!
 
M
madriles1
23/05/2007 00:46
El otro Flander: entonces si nos subrrogamos en la hipoteca esta de Caja Madrid del 70% tan famosa, dependemos ahsta dentro de 30 años para poder vender el piso??? yo no me lo he comprdado para especular, pero hombre espero ir a mejor vida, y en 30 años haberme cambiado a otra cosa, puedo claro, pero nos abia q eran 30 años. o cuando dices subrogar al prestamo del ministerio no estas hablando de la hipotece de C. Madrid esta.
 
E
El otro Flander
23/05/2007 00:39
Hermanas Picolo,
No podemos descalificar el piso hasta dentro de 15 años por ser VPPL, o 30 años si nos subrrogamos al préstamo del Ministerio. Eso significa que no lo podemos vender en ese tiempo a precio libre, pero siempre tenemos derecho a venderlo, previa autorización de la CAM, al precio del módulo más IVA. Realmente, lo que no podemos hacer es especular con el piso, pero sí venderlo más o menos al precio que nos ha costado (algo más porque el precio del módulo también sube), y esa venta la podemos hacer cuando queramos, es decir, si la CAM te autoriza puedes venderlo incluso este mismo año. Esto también es válido para el alquiler de los pisos: lo puedes alquilar pero al precio que marca la CAM.
Esta es la información que a mi me han dado en la Oficina de la Vivienda. Puedes ir allí y preguntar, mandar un mail o llamar al 012. Te recomiendo que visites la web porque tienen información super útil (detro de www.madrid.org, buscas "Oficina de la Vivienda").
Espero que te sirva!!!
 
P
PT25
19/05/2007 21:17
Hola Koqui,
simplemente lo he avisado para que a vosotros no os pase. Yo soy de una promocion de Navalcarnero que se entregó en noviembre.
 
K
Koqui
17/05/2007 18:25
Muchas gracias por avisar, la verdad que a primera vista lo que peor estaba son los trasteros, de vergüenza, pero es bueno saber estas cosas, por cierto de que promoción eres?
 
P
PT25
17/05/2007 16:44
hola a todos.
soy de otra promocion de realia y como he visto que vuestros pisos estan ya apuntito de entregar solo queria avisaros de que no firmeis nada hasta que no veais que os han solucionado todas las incidencias que tengais porque una vez escriturado el piso se pasan meses y meses sin haceros ni caso.. y al final la mitad no las solucionan. si os negais a firmar os asegurais q os lo arreglaran todo con rapidez solo para que pagueis. perdonarme pero es que son unos autenticos cabrones y me parece justo que no le pase lo mismo a nadie mas.

espero que por lo demas os vaya bien.
un saludo.
 

Fin del hilo
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