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R
ratio
08/08/2011 13:58

3 meses

¿Cómo cumplir con el plazo de habitar una casa en 3 meses?

1.729 lecturas | 9 respuestas

En el contrato de adjudicación, así como en las escrituras, viene estipulado que deberemos habitar la casa en el plazo de 3 meses, y que habrá que justificarlo ante el Gobierno Vasco (supongo que presentando certificado de empadronamiento)

¿Cómo llevais este tema? ¿Alguno lo ha hecho ya?

 
Pottokin
Pottokin
06/09/2011 21:58

En una documentación que nos enviaron del Gobierno Vasco, exigen la entrega del certificado de empadronamiento y copia simple de las escrituras en un plazo inferior a 3 mese desde la entrega de las llaves, para acreditar que ya se vive en la vivienda. Se entrega en la sede del Gobierno Vasco de Gran Vía

Aprovechando el viaje, se puede usar la misma copia simple de las escrituras para el empadronamiento. Y la copia simple no la cobran, pero a mi mis escrituras originales ya me han llegado.

 
vanuna
vanuna
06/09/2011 18:46

Hola.

Para empadronarse vale con llevar un contrato de alta (puede ser luz o agua) y si se les pide te dan certificado de empadronamiento al momento.

Para el Gobierno Vasco solo llevar el certificado de empadronamiento, te mandan rellenar un papel (con poner "expongo que he entregado certificado de empadronamiento por ser adjudicatario de vivenda de VPO"), te dan justificante de como lo has entregado y listo.

 
N
negrosol
05/09/2011 13:27

lo del gobierno vasco si q es obligatorio,en menos de 3 meses.Lo del coche no

 
C
cetus
05/09/2011 12:53

Para empadronarse a mi no me hicieron falta esas escrituras, el problema es que en todos los papeles que tenemos no viene la calle, si que viene artazu, portal y piso, pero no la calle.

Pero con una factura ( agua o electicidad) ya vale, que ahi es donde viene la calle escrita.

Es obligatorio llevarles el empadronamiento al GV? Porque a mi no me lo ha exigido nadie.

También es obligatorio cambiar la direccion del coche? 

Un saludo.

 
S
slittle
05/09/2011 11:11

Cobran algo en la notaría por la copia simple de las escrituras?

 
Pottokin
Pottokin
09/08/2011 13:19

El Gobierno Vasco pide el certificado de empadronamiento y la copia simple de las escrituras. Esto último te lo da la notaría prácticamente en el momento (ahora quizás estén cerrados). 

Para el empadronamiento, hay que llevar un documento en el que se vincule al "fulano de tal" en la dirección correspondiente. Por eso, con la copia simple de las escrituras se puede conseguir. 

Ya puestos, os comento de tráfico. Para cambiar la dirección, que no cuesta dinero, hay que llevar DNI y documentación de coche. Recoger un formulario para el conductor y otro para el coche que se llama SOLICITUD DE DUPLICADO DE. También hace falta un certificado de empadronamiento, pero no se lo quedan. Y en cualquiera de las dos ventanillas (para conductores o para vehículos) se pueden hacer las dos cosas a la vez.

 
P
Pantxi
09/08/2011 11:46

fumanol, que documentacion te pide el ayto para empadronarte?

gracias!

 
S
slittle
09/08/2011 09:40

Hay que empadronarse y llevar al gobierno vasco el certificado de empadronamiento.

De todas formas....Nuestro regimén jurídico es el de VPO de régimen general en propiedad, verdad?

Alguien puede decirme que es lo que ello implica exactamente?

 
fumanol
fumanol
08/08/2011 17:43

yo ya lo hice a la semana de que firme las escrituras, asi no se me va la olla para cuando vuelva de vacaciones.

 

Fin del hilo
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