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bea_miguel
11/04/2008 11:28

Aclaración de dudas

¿Qué se discutió en la reunión previa del IMS sobre las escrituras?

830 lecturas | 0 respuestas
Las primeras promociones están empezando a leer las escrituras, os transcribo lo que dijeron en el ims en la reunión previa. Gracias a Vanesa!!

Cita:
Hola a tod@s,

hoy he ido a la lectura de las escrituras en la que ha estado presente el Gonzalo y Araceli, gerente y abogada del IMS.
Los vecinos que hemos estado allí hemos podido plantear nuestras dudas.

1. Con el tema de la plaza de garaje han metido la pata y lo reconocen. Van a devolver el 100% del dinero más intereses a todo aquél que desee dejar la plaza.

Puntos 2,3 y 4 no nos afectan

5. El tipo de ínteres de la hipoteca convenida no depende del plan. Todos los años varía en el primer trimestre del año y este año, como todos, ha cambiado.

6. Que entre los gastos de escrituración hay dos partes:
- 80€ + IVA de gastos de honorarios (estos son fijos y además están subvencionados, es decir, que lo normal es que esto sea mucho más caro).
- Aprox. 700€ de gastos de escrituras (esto depende de los m2 de la vivienda-plaza de garaje)
Lo del tema de la gestoría lo impone tanto Caja Madrid como la Caixa y no tiene nada que ver con el IMS.

7. No se puede amortizar en años pero si en capital, es decir, que no puedes decir al banco que quieres que te reduzcan los años pero sí la cuota. SI se puede cancelar totalmente la hipoteca desde el primer día, vamos que si mañana te toca la loteria y la quieres cancelar totalmente, puedes hacerlo.

8. Si en los 5 primeros años haces alguna cancelación parcial pierdes las ayudas del estado, osea la de AEDE (Ayuda directa a la entrada) tendrías que devolverla (tiene su sentido, si tienes pasta para cancelar hipoteca es que no necesitas ayudas a la entrada). La otra ayuda, la de la subsidiación de los pagos se da durante 10 años y se revisa a los 5 años. Es decir, ahora nosotros la pedimos, nos pagan una cantidad de la hipoteca durante los próximos 5 años, a los 5 años nos vuelven a pedir la declaración de la renta y si volvemos a cumplir con los requisitos nos la vuelven a dar por otros 5 años y ya está.

9. El único seguro obligatorio es el de INCENDIOS y este tiene que tener como beneficiario al banco en cuestión. Los demás tipos de seguros: de vida, de vivienda y tal, esos el beneficiario tenemos que ser nosotros mismos y NO el banco (que son unos listos).

10. Ya tenemos aplicado una reducción del Impuesto de bienes e inmuebles del 50% durante los próximos 2 años. El de este año ya lo ha pagado el IMS, es decir, este año NO tenemos que pagar este impuesto
 

Fin del hilo
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