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J
JVL
19/02/2008 09:33
Buenos dias.

Para Jesanan. No, no soy juez, creo que tu tampoco, pero yo cuando hablo procuro saber de lo que hablo y no sentar cátedra sin tener idea. A mi tu opinión, no sólo por este tema, sino también por otros que he leido, tampoco me sirve, creo que tu actitud es siempre hablar sin saber, defecto muy español, por desgracia. En lo que dices de los porcentajes no tienes de nuevo la menor idea de lo que dices. Pues claro que se definen los porcentajes. Lo que no se hace es decirte donde van, pero sí el porcentaje de dedicación. Y de esto si puedo sentarte cátedra. Soy ingeniero y llevo muchos años dedicado a las obras. Perdóname, pero todos estos "razonamientos" tuyos me suenan a que te has inventado lo de "en parte". De hecho, en ninguna escritura que he visto de vecinos, y por supuesto en la mia, viene el famoso "en parte". A no ser que Fadesa te haya hecho una escritura "ex professo", cosa que dudo seriamente.

Respecto a no permitir el acceso a un vecino a su propiedad, pues que quieres que te diga, en España, te guste o no, la ley es así. Y tu actitud desde luego revela poquísima tolerancia, algo que ya se veía cuando tratas de defender la imposición, saltándote la ley, de una obra a un vecino. Hablas de los ascensores y de nuevo dices "que yo sepa". Pues de nuevo sabes mal. Hay que enterarse e informarse antes de hablar, ya que sino puedes quedar fatal. La propiedad de la zona común es de todos los vecinos, te guste o no, y por tanto, te guste o no, tienes que permitirle el paso.




En fin, he expuesto en este foro lo que dice la LPH sobre el tema de construcción de piscinas. Lo he explicado con la ley en la mano y con sus correspondientes artículos. Creo que para cualquiera ha quedado claro cual es la situación, guste o no. Cuando me han rebatido lo han hecho con casos partículares o con escrituras virtuales, a falta de argumentos de peso. Alguien ha comentado en el foro que se debería negociar con el vecino disidente e incluso ofrecerle una plaza de parking extra a cambio de comprometerse a no emprender acciones legales. Me parece acertado. Es una forma de solucionar el problema. NEGOCIAR, NUNCA IMPONER, y menos imponer sin la ley de tu lado, lo cual recuerda a otras épocas felizmente superadas, aunque añoradas por algunos.

Un saludo a todos.

PD Para pericogm. Un socorrista no es un guardia jurado. No tiene su formación, y por tanto no puede ser agente de la autoridad. Me vuelves a rebatir con un caso concreto, que seguro que es así y que, además, se hace con asiduidad. Pero eso no quiere decir que sea legal. El que mucha o toda la gente vaya a 180 por la autovía no hace que ya sea legal
 
pericogm
pericogm
19/02/2008 08:27
entropiass dice ;


"El vecino que no quiere por las razones que sean tampoco va a querer pagar el mantenimiento de la piscina y mucho menos al socorrista que encima le pide un pase para entrar en las zonas comunes de su casa ; lo que no quiere decir que se niegue a pagar la cuota de la comunidad... en fin que es muy complejo".

Con todos mis respetos entropiass, si no te has enterado te lo explico otra vez ;

El que no quiere piscina, no paga para la construcción de la misma, ni para el mantenimiento (pagará por el resto de la zona común, aparcamiento etc.... como todos los demás). Pero no tendrá acceso a la piscina.

O sea que el que no quiera piscina, no se tendrá que preocupar por los gastos de esta.

Y todo esto basandome en que en mayoría se decida la construcción de la misma.
 
jesanan
jesanan
18/02/2008 18:20
Seguimos.

JVL, dices que la coletilla en parte no te sirve porque no se indican porcentajes. Ten en cuenta que no estamos hablando de propiedad, donde sí sin necesarios los porcentajes, sino de posibles usos. Tenemos un terreno común de una cantidad importante de metros cuadrados, que tiene que dedicarse en parte a RITU y aparcamiento. Qué parte del terreno tiene que dedicarse a esos usos lo marca la legislación vigente, tiene que haber un RITU, y X aparcamientos en función del número de metros cuadrados construidos, pero no está definido ni el espacio que ocupa el RITU ni el que ocupan las X plazas de aparcamientos, porque dependerá de la disposición de éstas y de los accesos que tengan. Y si quieres buscar ilegalidades, ¿por qué no le consultas a tus expertos urbanistas porqué se nos han entregado las viviendas con su licencia correspondiente cuando no se cumplía una de las condiciones del PGOU vigente, respecto a los aparcamientos en la zona común?Y

Y el porcentaje que pertenece a cada vecino de la zona común sí está definido, va en relación con el coeficiente de participación en la comunidad.

Respecto a la jurisprudencia, es cierto que existe, pero no sé qué tienen que ver las mejoras en una vivienda que las obras de las zonas comunes. Habría que revisar la jurisprudencia específica relativa demandas por construcción de piscinas en zonas comunes, hay que ser concreto.

Respecto a no permitir el acceso a un vecino a un terreno "en parte" de su propiedad, la contradicción más sencilla la tienes en el caso de los ascensores, que suelen estar sobre terrenos comunes, y que yo sepa los que no lo pagan no entran.

Para terminar, ¿eres juez?¿no? Entonces tu opinión sobre el cumplimiento de las leyes no me sirve, lo siento. Hablas como sin sentaras cátedra cuando tú mismo reconoces que no eres abogado.

Un saludo.
 
entropiass
entropiass
18/02/2008 18:12
scooby dijo:

perdona, pero lo del ascensor no lo entiendo, ya que los vecinos de los pisos bajos casi nunca los utilizan y lo unico que les depara son gastos y ruidos , por lo que para ellos no es un servicio comun de interes general ( lo pagan como todos y no lo disfrutan)

creo que una piscina, amen de que pueda o no ser un servicio comun de interes para todos , lo que esta claro es que revaloriza las casas mas y mejor que un solo garaje y cuatro bancos ,que luego no se utilizan ...

Lo que esta claro ,es que si la situacion economica del vecino no lo permite, cuando pueda y quiera disfrutar de la piscina , pues que pague su parte y ya esta ... y para disfrutar de los aparcamientos , pues igual, que pague la parte del arreglo que le toca o si no ,que aparque a la solana ...( hablando se entiende la gente .)

pero es solo mi modesta opinion.

saludos


Scooby, no te des por aludida o atacada ; te he citado por lo que has puesto pero no pretendía personalizar.

Estoy totalmente de acuerdo con TODO lo que dices y entiendo y comparto tu postura y la de tu madre.

Lo que quería decir es que cada uno somos un mundo y tenemos distintos puntos de vista y vivimos la misma circunstancia de formas muy diferentes hasta opuestas.

Si viviera en adosado con zona común, querría piscina e intentaría hacerla como fuere. Vamos que haría lo que estais haciendo algunos de los que participáis en este debate, vería todas las posibilidades y optaría por la más viable. Lo cierto es que con pase o con valla toda la manzana se revaloriza y beneficia, paguen o no. Cada cual tiene sus argumentos y mi experiencia es que la Ley es lenta, muy lenta y cara, muy cara.

El vecino que no quiere por las razones que sean tampoco va a querer pagar el mantenimiento de la piscina y mucho menos al socorrista que encima le pide un pase para entrar en las zonas comunes de su casa ; lo que no quiere decir que se niegue a pagar la cuota de la comunidad... en fin que es muy complejo.

Donde yo vivía antes, en Madrid en un edificio de 11 plantas más el bajo con 4 viviendas por piso, hace muchos años un vecino se negó a poner la antena parabólica ; entonces no era "obligatorio" por ley ; y no se puso hasta que cambió la ley.

Por todo esto creo que lo mejor es hablar, intentar conocer los motivos por los que no quiere la piscina e intentar hacerle ver que, en general, es bueno para la mayoría y en particular para la revalorización de las viviendas y su no accede sólo queda "negociar".

Saludos
 
pericogm
pericogm
18/02/2008 17:02
No te equivoques JVL, en casi todas las piscinas de comunidades, el socorrista, además de sus funciones lógicas de su profesión, abre y cierra la piscina, controla el acceso a la misma, y lo de los pases es lógico, teniendo en cuenta que toca a una cantidad limitada de pases por propietario, de otra manera la gente podría llevar a la piscina a sus doscientos primos o amigos. Pero vuelvo a repetir que todo eso es normal en las normas de las piscinas comunitarias.
 
Scooby
Scooby
18/02/2008 15:16
por cierto , en cuanto a que si uno no quiere pagar y luego quiere disfrutar de la piscina , en las casas en las que vivia antes ,SI NO ESTABAS A CORRIENTE DE PAGO , NO TE ACTUALIZABAN EL CARNET Y NO ENTRABAS, Y DESDE LUEGO EL TERRENO ERA COMUN A TODOS LOS VECINOS .
HUBO DENUNCIAS Y NUNCA LAS GANARON ANTE EL JUEZ ...

SALUDOS
 
Scooby
Scooby
18/02/2008 15:12
YO no he dicho que el ascensor me parezca ruido , sino que los de los pisos bajos no los utilizan y lo pagan .

y se el ruido que trae una piscina, llevo 32 años viviendo en casas que por fortuna siempre han tenido piscinas olimpicas y hasta he tenido una para mi solita durante otros 12 años ( creo que se de lo que hablo)
en cuanto a lo de ser " viejecito" y no querer asumir ese coste, mi madre, seguramente sea de las personas mas mayores vecinas y propietarias de casa aqui y ELLA si quiere piscina ,ya que el valor de las casas aumentara y sus nietos la disfrutaran ( mi madre y yo somos vecinas )


saludos
 
J
JVL
18/02/2008 13:43
Será porque teneis la suerte de que esos disidentes no pueden, no quieren o no les interesa tomar acción. Fíjate que estais haciendo que un socorrista sea "autoridad" decidiendo quien pasa y quien no a una zona común, en un claro ejercicio de extralimitación de susu funciones. No es dramatismo, es la vida real, los dramas vienen después cuando te llega la citación del juzgado y, sobre todo, la minuta del abogado y procurador de turno. Yo te cuento lo que hay en la realidad de la ley, luego cada uno hace lo que le da gana. Si te saltas un semáforo y no te pillan, no pasa nada, pero si te pillan, ya sabes.

Es la vida, no dramatismo.
 
pericogm
pericogm
18/02/2008 12:58
JVL, no te pongas tan dramatico - que si nos van a poner una denuncia, que nos van a dejar frito etc.-
la urbanización de la que tomo el ejemplo de la piscina construida con el voto a favor de 3/4 partes de los propietarios, es, a parte del familiar que se negó a que se construyera, tambien es propiedad de mi madre (a favor de que se construyerá). La piscina esta vallada, el acceso funciona con pases, que controla el socorrista, y los que no han pagado no se bañan, Y la Policia no ha aparecido por allí en la vida......y no será por falta de ganas de algunos "disidentes".
 
J
JVL
18/02/2008 12:11
Buenos días.

Para pericogm. Hablas de que vallando la entrada a la piscina y no dándole la llave al disidente, queda todo arreglado. Pues si que es solución. Estás impidiendo el paso a su propiedad a un propieatrio. Ni te cuento lo que estás haciendo. Se va a la policía y os mete una denuncia que os deja fritos. No olvides que el suelo donde construyes la piscina es tan suyo como tuyo y, de ninguna forma, puedes impedirle el paso. No hagamos las cosas difíciles. Lo de otros casos que cuentas, pues que quieres que te diga, que viendo como funciona la justicia será verdad, pero yo os estoy diciendo lo que es por Ley, luego cada caso puntual es aparte. Yo también te podría contar unos cuantos casos de comunidades que han sido condenadas por casos idénticos al aquí planteado a pagar costas y encima quitar la piscina. Casos hay para todo lo que quieras. He sido el primero en decir que, si yo estuviera en el caso de tener un vecino disidente, probablemente me la jugaría. Ahora bien, sabiendo que si me trincan, probablemente pague.

Para jesanan. No soy abogado, pero si estoy acostumbrado a tratar con documentos oficiales todos los días. Si en tu escritura pone "en parte", ¿puedes decirme en que porcentaje?. No es muy lógico que un documento público te diga que "en parte" se ha de dedicar la zona común a RITU y aparcamientos y no te defina el porcentaje. Sería la primera que viera esto. Por ejemplo, la zona comun pertenece a todos los vecinos "en parte", pero cada uno con un porcentaje. A esto me refería con que no es apropiada.

En cuanto los mecanismos de acceso a la piscina, pues lo mismo que a pericogm. No puedes prohibir a un propietario entrar en su propiedad.

Es más, aquí si hay Jurisprudencia (la crea sólo el Supremo con dos o más sentencias) de personas que han hecho mejoras en sus casas sin el visto bueno de un propietario y luego el propieatrio ha sido considerado dueño de estas reformas sin aportar un duro. Es aplicación directa del Código Cívil.

Te animo a que busques esos tres abogados especialistas que te digan lo contrario. De esa forma podrás hablar sin "tirarte a la piscina". Es más, lo espero con ansiedad.

Desde luego, podemos intercambiar esos 200 mensajes y no me convencerás, ya he demostrado con la Ley en la mano que la piscina no se puede hacer de forma legal sin el visto bueno de todos los vecinos. Pero es que además creo que, aún a pesar de todo lo que he explicado y razonado, no te voy a convencer a ti.

A mi me parece perfecto que la gente haga piscinas, es más incluso recomendable. Pero la gente debe saber lo que hace si no lo hace según ley, y que puede tener complicaciones serias si se salta la misma. Y jesanan, el espíritu primero de cualquier ley es que se cumpla.

Un saludo
 
L
lirry
18/02/2008 11:46
No coment.Lo has bordado.
 
jesanan
jesanan
15/02/2008 20:58
Hola,

precisamente porque no soy abogado no me expresado con correción. Lo que son interpretables por los jueces es la aplicación de las leyes según los hechos, precisamente están para eso. Si la aplicación de las leyes fuera tan clara y simple no harían falta jueces.

Tú consideras que mi interpretación de la coletilla "en parte" no es apropiada. Bueno, pues yo considero que sí. Yo creo que viene a significar que en la zona común tienen que estar el R.I.T.U. y los hipotéticos aparcamientos, pero que también se puede destinar a otros usos, además teniendo en cuenta que con el RITU y los aparcamientos que exige el PGOU del PAU no se utiliza ni una tercera parte del terreno disponible, por lo menos en nuestra manzana.

Para regular el acceso a la piscina, pues hay mecanismos, y cada comunidad tendrá que imponerlos según las necesidades.

Me parece muy bien que hayas consultados tres abogados especialistas en urbanismo, yo estoy convencido que si me pongo a buscar encuentro a otros tres abogados especialistas en temas de comunidades de vecinos que me digan lo contrario.

En fin, tengo la impresión de que podemos intercambiar doscientos mensajes y que ninguno va a convencer al otro. Yo sólo pretendo que aquellas personas que tienen la ilusión de tener una piscina en su zona común no se desanimen. El espíritu de las últimas reformas de la LPH precisamente persigue que la negativa de un vecino no bloquee las iniciativas de una amplia mayoría.

Un saludo.

 
entropiass
entropiass
15/02/2008 19:10
Yo no tengo ni idea de leyes y una de las cosas que más me gusta de mi casa es que es un pareado y no tengo Comuniad de Propietarios ni Adminidtrador ni que asumir la presidencia cada x tiempo... etc. Quería piscina y tengo, quería jardín y tengo... Donde vivía de alquiler, un día me sorprendió que después de un reunión pusieron unas normas en el portal (a mi no me afectaban) del tipo: prohibido dejar carritos de niño debajo de la escalera (3 pisos sin ascensor, 8 vecinos, 3 con bebés, 1 embarazado, 1 con nietos que cuidaban por la mañana, yo sin y otro con niños pequeños y otro con adolescentes), prohibido tender ropa las casas que dan al patio interior (3casas) prohibido dejar las bolsas de basura en la puerta de casa (1 lo hacía pero poco tiempo... yo creo que para que no se le olvidara). Me parecio de muy poca convivencia sobre todo lo de los carritos, porque era la hija trabajadora que dejaba a los niños con su madre, vamos que estaban unas horas por la mañana y un rato.

Para mi la piscina en Aranjuez y con niños es casi una necesidad, pero si fuera mayorcita tirando a viejilla y no la fuera a utilizar... es duro asumir el gasto de la construcción de la piscina, proyecto y legitimación de obra, pero ya no solo eso es que supone unos gastos importantes de mantenimiento que repercutirían en la cuota mensual de la comunidad. Además Scooby, si te parece ruidoso un acensor, imáginate la piscina en verano con todos los niños gritando y jugueteando desde por la mañana, pasando por la siesta y llegando hasta el anochecer (que es lo que hacen todos los niños y deben hacer, que para eso son niños ; y por lo que a los padres nos encanta la piscina comunitaria donde los niños estan controlados y vigilados por adultos y suele ser un recinto vallado donde no hay desconocidos).
El que ha solucionado bien el problema son los de los chalets de H2, daban la zona común hecha y todos lo asumían antes de comprar.
La verdad es que es un tema complicado y delicado porque aunque haya leyes hablas de tus vecinos, con los que tienes que vivir y convivir. Son los que, ante una emergencia, están más cerca y te pueden ayudar mejor ; igual que tu a ellos.
Yo con mis vecinos de alrededor tengo una relación fantástica, hasta con el que no vive todavía aquí. Nos ayudamos y preocupamos si uno tiene la ventana abierta y va a llover o ves algo raro.
Creo que es complicado si un vecino no quiere la piscina, pero se puede hablar con él despacito sin amenazas e incluso negociar que page el mantenimiento y sólo una parte o (si os apetece mucho la piscina) nada de la construcción de esta o compensarle con 2 plazas de garaje... El arte de la negociación es maravilloso te das cuenta del amplio abanico de posibilidades y soluciones para un problema.

En cualquier caso, no me gustaría estar en el pellejo de los que quieren ni de los que no quieren porque crea muy mal rollito. A los que estéis en esas situaciones os deseo buena suerte.
 
C
carlosypili
15/02/2008 18:58
A ver, yo lo veo así:
La zona común es indivisible y propiedad de todos y cada uno de los propietarios de los chalets.
La zona común, aunque no nos guste, tiene un uso asignado en las escrituras.
Con suerte, la zona común es tan grande que permite realizar un aparcamiento que cumpla con las exigencias del ayuntamiento y aun sobra sitio para otras instalaciones.
Los propietarios deciden a qué se quiere dedicar el resto de la parcela: jardín, parque para los niños, pistas de paddel o piscina.
Si uno de los propietarios no está de acuerdo en hacer una pista de paddel porque no juega al paddel, no debería obligarsele (por 3/5 vecinos de acuerdo) a hacer la pista de paddel y negarsele el acceso porque el suelo es de su propiedad y tendría todo el derecho a impedir la construccion de la pista y preferir un jardín, por ejemplo, aunque la mayoría de sus vecinos prefieran el paddel.
No hace falta alegar motivos económicos para negarse a hacer una instalación en suelo comunitario.
Pericogm siento lo de tu familiar pero me temo que las circunstancias no serían las mismas, ni el uso asignado según las escrituras.
Estoy completamente de acuerdo: Vive y deja vivir, pero esto tambien se puede aplicar al que se niega a hacer la pista de paddel ¿no es mejor estar de acuerdo al 100%?
Seguro que hay un uso en el que todos estarán de acuerdo si dejan de empecinarse en hacer la piscina, y si no, aparcamientos para todos que para eso no hay que estar de acuerdo, Fadesa se ha encargado de eso.
 
pericogm
pericogm
15/02/2008 18:04
Efectivamente, yo no soy abogado ni se de leyes (alusión a tu comentario de los que escribimos en el Foro), pero si puedo hablar perfectamente de otros casos donde hubo vecinos que se opusieron a la construcción de la piscina en otra urbanización (un familiar mio concretamente). Pues bien, la piscina tiene ya seis años, y el con la ley en la mano y abogados no ha podido hacer nada.
Y en cuanto a no poder disfrutar de la misma, JVL, es tan fácil como en caso de no haber vigilante-socorrista, que te recepciona la tarjeta de acceso, pues utilizar una llave para la puerta de la valla, porque la piscina tiene que estar vallada por ley.

No hagamos las cosas dificiles. Vive y deja vivir es una máxima que deberiamos tener todos los vecinos.
 
J
JVL
15/02/2008 14:14
Otra cosa.

Como ves "mi teoría" de la unanimidad es la teoría de la LPH, como ya te comenté. Yo no soy quien para tener teorías en Derecho y creo que nadie de los que escribimos en el Foro.

Un saludo
 
J
JVL
15/02/2008 14:09
Hola.

Las leyes si son interpretables, pero sólo por el Tribunal Supremo. Ni siquiera los Jueces de un Tribunal Superior de Justicia ni de la Audiencia Nacional tienen esa potestad, así que figurate tú y yo que no somos expertos en Derecho. Yo me remito a lo que pone la ley "letra por letra". Cualquier interpretación por mi parte, o por la de cualquiera que no sea el Tribunal Supremo, huelga totalmente. Por tanto, tu interpretación del "en parte" no la veo apropiada.

Además, no sé como será tu Escritura, pero ese apartado "en parte" desde luego no figura en la mia, te lo aseguro. Creo que todos deberíamos revisar la Escritura para ver lo que se ha firmado.

En cuanto a que si un disidente no puede usar la piscina, no veo claro como puedes impedir que a un propietario de un terreno, aunque sea en parte, se le impida el paso al mismo, esté construida una piscina o la catedral de Burgos. De ahí al correspondiente baño, ya me contarás, como no hagais guardias...Y vete tú a denunciarle a un juzgado

En fin , creo que el asunto está muy claro, como he explicado con la LPH y según el criterio de tres abogados especialistas en urbanismo. Si tu o cualquiera sabe más del tema, será para mi un placer ponerle en contacto con los susodichos para que les exponga sus interpretaciones.

Ahora bien, que no se me entienda mal, yo no estoy en contra de las piscinas, es más revalorizan la casa, como ya se ha dicho. Lo que pretendo es que todo el mundo sepa lo que está haciendo. De todas formas, y como ya he dicho, no creo que haya muchos disidentes dispuestos a meterse en juicios.

Un saludo
 
jesanan
jesanan
15/02/2008 13:32
Hola,

como tenía dudas sobre lo que ponían las escrituras de mi casa, no he vuelto a escribir hasta que no la he consultado. Reproduzco literalmente:

"Artículo 1º.- ELEMENTOS COMUNES
Se establece como único elemento común del conjunto el subsuelo por debajo del nivel inferior de la planta baja del conjunto y la zona común dedicada en parte a aparcamiento y R.I.T.U."

Creo que no hay mucho más que decir. La coletilla "en parte" es suficiente para no descartar otros usos, por lo que no veo necesario la modificación del título constitutivo para hacer un piscina o cualquier otro tipo de instalación en la zona común.

De la otra cuestión, sobre si un vecino que no quiera pagar la piscina puede utilizarla o no, reproduzco parte del artículo 11 de la LPH:

[...>
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

Si el disidente desea, en cualquier tiempo participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados, aplicando el correspondiente interés legal. [...>"

Que no quiere pagar la piscina, vale, pero si cambia de opinión y quiere usarla tiene que pasar por caja.

De todas formas, aunque yo tampoco soy abogado, sí sé que todas las leyes, por claras que parezcan, son interpretables, y hasta que un juez no se pronuncia no hay nada seguro.

Un saludo.
 
J
JVL
15/02/2008 12:02
Otra cosa, por si no queda claro, una piscina no es un "servicio", es una instalación que afecta al uso del suelo de la zona común, cuyo destino está decidido por el título constitutivo de la propiedad horizontal (escritura), es decir RITU y aparcamientos. Por tanto, tampoco por aquí es aplicable lo de los 3/5.

Es más, si se construye la piscina sin la aprobación de todos los vecinos, el vecino "disidente" tiene la misma propiedad sobre la misma que un vecino que si haya pagado, y por tanto puede utilizarla.

Un saludo
 
Scooby
Scooby
15/02/2008 10:19
perdona, pero lo del ascensor no lo entiendo, ya que los vecinos de los pisos bajos casi nunca los utilizan y lo unico que les depara son gastos y ruidos , por lo que para ellos no es un servicio comun de interes general ( lo pagan como todos y no lo disfrutan)

creo que una piscina, amen de que pueda o no ser un servicio comun de interes para todos , lo que esta claro es que revaloriza las casas mas y mejor que un solo garaje y cuatro bancos ,que luego no se utilizan ...

Lo que esta claro ,es que si la situacion economica del vecino no lo permite, cuando pueda y quiera disfrutar de la piscina , pues que pague su parte y ya esta ... y para disfrutar de los aparcamientos , pues igual, que pague la parte del arreglo que le toca o si no ,que aparque a la solana ...( hablando se entiende la gente .)

pero es solo mi modesta opinion.

saludos
 
J
JVL
15/02/2008 09:56
Buenos días.

Creo que os referis al artículo 17 de la LPH y no al 11. Más adelante os lo copio. El hecho de modificar el uso que por escritura y ante Registro de la Propiedad se da a la zona común (RITU y aparcamientos) supone una "modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal" (es decir, la Escritura)y por tanto es exigible la unanimidad.

Allí os habla también de "El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general..". Una piscina nunca puede ser considerada de interés general, y aquí insistí mucho cuando me asesoré con amigos mios abogados, pero todos entendieron que una piscina no es de interés general( si lo son ascensores, etc)

En definitiva, se necesita la aprobación de todos los vecinos para hacer una piscina, lo cual es hasta de sentido común, todos los vecinos son propietarios, y tu no puedes ponerte a construir algo no aprobado por todos los propietarios (que si han aceptado por escritura los aparcamientos y RITU).

Esto no es sólo mi opinión, que no soy abogado, sino la opinión de tres abogados urbanistas a los que he consultado. Los tres han coincidido en su dictamen, que es el que ya he expuesto. Aún así, en España sólo existe el delito si te pillan. Si os poneis a hacer una piscina sin el visto bueno de todos los vecinos lo más normal es que no pase nada, ya que meterse en juicios es caro, lento y poco recomendable. A Dios gracias, en mi Comunidad todos estamos de acuerdo y yo no tengo este problema, pero mi intención es la de ayudar cuando sé que puedo hacerlo. Echo de menos que esta labor que yo he hecho de consultas a abogados, abusando de su amistad, no la haga la Asociación de Vecinos, ya que creo que es un tema de interés general de los socios. Está muy bien lo del paddel y los descuentos en el Casino, pero hay otras cosas que creo son importantes para todos.

UN SALUDO

Artículo 17

Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:

1ª La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.

El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El arrendamiento de elementos comunes que no tenga asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.

 
pericogm
pericogm
15/02/2008 09:31
Cambelo, como dice mi santa madre - todo tiene solución menos la muerte - y aqui hay soluciones. Si no se pude afrontar el gasto de la piscina por parte de un vecino, eso no significa que se oponga a la construcción de la misma. Simplemente el día que su economía se lo permita, pues con poner la parte que le toque valdría su derecho a disfrutar de la misma. Eso ocurre en cantidad de urbanizaciones de la costa.
Lo que no veo justo es que esta tipología de vivienda no pueda disfrutar de la zona común. Si quereis lo aprovechamos para(como ya no hay plan prever)cuando nuestros coches sean viejos, los dejamos en la zona común, eso si bien aparcaditos.
 
Rojos
Rojos
14/02/2008 16:24
Disculpar, la respuesta anterior, creo que se refiere al texto sin modificar de la LPH, os mandamos un enlace donde viene la actual ley, esperamos os saque de dudas:

http://www.abcdario.com/legislacion/leyh6she.htm


Saludos

Rosa&Jose
 
Rojos
Rojos
14/02/2008 16:18
El artículo 11 de la LPH DICE:

Artículo undécimo

El artículo 15 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes términos:

"1. La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario.

Si algún piso o local perteneciese pro indiviso a diferentes propietarios éstos nombrarán un representante para asistir y votar en las juntas.

Si la vivienda o local se hallare en usufructo, la asistencia y el voto corresponderá al nudo propietario, quien, salvo manifestación en contrario, se entenderá representado por el usufructuario, debiendo ser expresa la delegación cuando se trate de los acuerdos a que se refiere la regla primera del artículo 17 o de obras extraordinarias y de mejora.

2. Los propietarios que en el momento de iniciarse la junta no se encontrasen al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto. El acta de la Junta reflejará los propietarios privados del derecho de voto, cuya persona y cuota de participación en la comunidad no será computada a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en esta Ley."

Saludos

Rosa&Jose
 
C
CrisL
14/02/2008 13:36
JVL, si te remites a la LPH verás que para construir una piscina o hacer cualquier obra dentro de la zona común que no sea "necesaria parael edecuado sostenimiento y conservación del inmueble"(artículo 10 LPH), sólo se necesita una mayoría de 3/5. El uso y disfrute de esos elementos será tan sólo para los que han contribuido a ello y no para toda la comunidad. Puedas ver esto el el art. 11 de la LPH
Jurisprudencia hay, como una sentencia de noviembre de 2000 de un juzgado de Madrid y otras.
 
J
JVL
14/02/2008 11:51
Ah, por cierto. Bancos, areneros y demás no se consideran elementos fijos, sino móviles, que no alteran el fin destinado por escrituras a la zona común, y por tanto no es preceptiva la unanimnidad. También viene en la LPH.

Un saludo
 
J
JVL
14/02/2008 11:43
No es mi teoría, como tu dices. Es la teoría de la Ley de la Propiedad Horizontal. Allí te lo pone bien claro. No es que no sea legal hacer una piscina, es legal SIEMPRE Y CUANDO TODOS LOS VECINOS ESTÉN DE ACUERDO EN MODIFICAR EL USO, QUE POR ESCRITURAS Y ANTE REGISTRO DE LA PROPIEDAD, SE HA DADO A LA ZONA COMÚN.
Ahora bien, que tu quieres hacer una piscina sin el voto de todos los vecinos, hazla. Puede salirte bien o puede salirte un vecino que te lleve a juicio, te lo gane (no hay que interpretar la Ley, sino aplicar directamente la LPH), te condenen en costas y encima te saque una indemnización (y por supuesto te obligan a quitar la piscina). Esto es como un semaforo en rojo. Si no te pillan, todo va bien, pero como te pillen.....

En fin, como tu has dicho esto ya se ha discutido antes. Te aconsejo, si me lo permites, que consultes a un abogado o que te leas la LPH. Yo ya lo he hecho, hablo con conocimiento de causa.

Un saludo.

 
jesanan
jesanan
14/02/2008 10:35
Bueno, aunque esto ya lo hemos discutido antes, JVL, según tu teoría, ¿me puedes explicar porqué se puede hacer un arenero, bancos, jardines, y sin embargo no una piscina?¿No son todos elementos para el disfrute común? Si no es legal hacer una piscina, ¿por qué se han hecho y se están haciendo más en zonas comunes en el barrio?

Al final, si se llega juicio, el que tendrá la razón será el juez que interprete la ley, que para eso está precisamente.

Un saludo.
 
J
JVL
14/02/2008 09:26
Hola anadi.

Te informo. Si quereis hacer piscina necesitais la unanimnidad de todos los vecinos, ya que estais cambiando el uso que se debe dar a la zona común según escrituras (aparcamiento y RITU), y además elevarlo a registro de la propiedad. Recuerda que la zona común pertenece a todos los vecinos, según porcentaje, y no puedes construir algo en una parcela sin el consentimiento de uno de sus propietario En caso de que no vayais a hacer piscina y sólo querais aparcamiento y arenero, bancos, etc, no necesitais que todo el mundo está de acuerdo, basta con ser mayoría, ya que no estais cambiando el fin al que se debe dedicar la zona común según escrituras. De todas formas, todo esto viene reflejado claramente en la Ley de Propiedad Horizontal.

Un saludo
 
cambelo
cambelo
14/02/2008 08:23
¿y no os habeís parado a pensar que quizás esa persona economicamente no pueda tener ese gasto extra? hay personas que aún no han podido ni amueblar sus casas, y la piscina es un bien de lujo, y entre tan pocos vecinos personalmente me parece un disparate, a parte que hay que contar con las plazas de garaje, yo conozco gente que economicamente estan hasta el cuello, y veo lógico que no quieran hacer frente a la piscina, y legalmente nadie te puede obligar a ello
 
pericogm
pericogm
14/02/2008 08:02
Y yo me pregunto....¿Que esperaba ese vecino cuando compró el chalet?..... que la zona común sería para hacer una granga, o un huerto?. Hay jodones en todos sitios.
 
jesanan
jesanan
14/02/2008 06:09
Hola,

el proyecto de la piscina puede salir adelante con 3/5 de la comunidad, el problema es que si esa persona que comentas no está de acuerdo, puede impugnar el acuerdo alegando que la construcción de la piscina le perjudica, y entonces estarías en manos del juez de turno. No sé qué dice la jurisprudencia en estos casos, imagino que sería cuestión de consultarlo con un abogado. Eso sí, si no quiere pagarla no podéis obligarle.

Si hay consenso general, no me parece bien que porque una persona se niegue no se pueda hacer la piscina.

Un saludo.
 
A
anadi
13/02/2008 21:01
Hola vecinos, me alegro mucho de que vosotros ya hayais llegado a un acuerdo para arreglar vuestra zona común. Nosotros no hemos tenido tanta suerte, debido a un vecino que se niega a todo y no quiere hacer nada.

Estamos muy desilusionados por que ya teníamos proyecto y muchas ideas...
Creo que para hacer ciertas obras necesarias para una correcta habitabilidad, sanidad etc. con 3/5 partes es suficiente pero que para la piscina se necesita unanimidad, ¿alguien me puede confimar si es así?.
¿Cómo lo habeis hecho vosotros?

Gracias por adelantado
 
jesanan
jesanan
14/12/2007 08:09
elbarbu, nosotros ya hemos hablado con unas cuantas personas, y te garantizo que las cifras que se están manejando no son desorbitadas.

calvi, para una comunidad de vecinos como las del barrio, 20x10 es un tamaño muy grande, nosotros estamos barajando hacerla de 16x8 ó 14x7.

Un saludo.
 
C
calvi
13/12/2007 19:19
En nuestro caso creo que habrá que esperar a que nos den un par de presupuestos con visita "in situ" a la parcela para tener la primera idea de qué y por cuánto.

De momento, vamos a informarnos.

Lo que yo personalmente creo es que dadas las pequeñas dimensiones de nuestra zona común y teniendo en cuenta además que hay que dejar espacio libre para "aparcamientos" y así cumplir con lo estipulado en el Plan General de Ordenación, nos va a quedar sitio para una piscina pequeña (digamos 20x10), zona para tomar el sol, y poco más... Luego, veremos cómo se llama el resultado en euros
 
E
elbarbu
13/12/2007 18:48
Esas cifras para mi modesto bolsillo están por las nubes.Se podría seguir mirando más presupuestos.

Un saludo.
 
L
lirry
13/12/2007 13:19
Hola tricia, cuantos metros cuadrados tiene vuestra zona común? y por último, serías tan amable de enviarme el presupuesto o la informacion que tengas al correo? javihuerta77@hotmail.com

Muchas gracias
 
jesanan
jesanan
12/12/2007 16:27
Hola,

desde luego que es un presuesto muy ajustado, en las estimaciones que nosotros tenemos en ningún caso baja de los 200.000 €. ¿Me podrías enviar la información al correo? jesanan@yahoo.com. Gracias.

Un saludo.
 
T
tricia
12/12/2007 14:45
Si os puede servir de ayuda, nosotros tenemos dos presupuestos que resumiendo se trata de piscina,con su valla perimetral, zonas de cesped,grandes jardineras para plantar árboles y setos, aceras alrededor de todas las viviendas,farolas, papeleras, bancos, arboles, arenero,gestión de residuos, instalaciones de agua, luz, proyecto y dirección de obra .Todo sin el vallado perimetral de la zona común, asciende a 140000 euros iva incluido. dejando la zona de aparcamiento con zahorra prensada.
Este es el más interesante, ya que tengo un par de ellos más, pero que son más caros.
Si aparte tenéis que cerrar la zona común cuenta con unos 290€más por cada metro que tengáis que cerrar.
Además de lo que cobre el ayuntamiento por darte la licencia.
Una pista de padel,acristalada, con cesped artificial sale por unos 28000 euros+ iva.(para los que tengan espacio.)

Luego viene lo más complicado, que es que todo el mundo esté de acuerdo.
Nosotros al menos hemos logrado que todo los vecinos paguen la comunidad.

El tema sale por un pico, pero creo que merece la pena, y que aparte de revalorizar las viviendas aumenta la calidad de vida de los que pueden disfrutarlo.
 
C
calvi
11/12/2007 15:55
Gracias por la información.

Nos pondremos en contacto con vosotros.
 

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