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P
Pulpo
29/09/2005 09:26

¿Es legal alquilar?

842 lecturas | 8 respuestas
Hola, en otro post decia garrobin que es legal alquilar ntras casas. No tenia ni idea. Pensé que no. ¿Alguien puede explicar algo mas sobre esto? Por curiosidad. Gracias!
 
A
asc10
30/09/2005 13:48
Por la vivienda habitual no se tributa, está exenta. Si eres propietario sólo te deduces el 15 por ciento de lo que hayas pagado durante el año, como hemos hecho siempre(gastos de hipoteca incluidos, notaría y todo eso).
 
T
tin
30/09/2005 08:33
Y si eres propietario que vive en ella, te puedes desgrabar la comunidad, el seguro, el IBI, etc????
 
A
asc10
30/09/2005 07:44
Para anpa. Si alquilas tienes que declarar los ingresos del alquiler, y no te deduces por adquisición de vivienda, pero sí los intereses, pero aparte te puedes deducir la comunidad, el seguro, el IBI, etc.
 
V
VictorRuiz
29/09/2005 17:41
Para mircala: Yo soy de Pradollano, y en mi comunidad existen aun muchas viviendas vacias. Únicamente por decirte en mi portal (de 8 que hay en la comunidad) habrá al menos 4 o 5 casas sin habitar. En mi planta una. Eso es un tema o que denuncias o si los inspectores van y no estan pues nada. Lo que suele hacer esta gente, es dar de alta el agua, electricidad y gas y ya se suponen que viven porque es el primer filtro que hacen la concejalia de vivienda.
 
M
mircala
29/09/2005 14:08
¿y que pasa con lo que se especifica en las escrituras que existe la obligacion de ocupar la vivienda en menos de tres meses y que sea tu vivienda habitual?

 
G
garrobin
29/09/2005 10:51
Si se alquila renuncias a las ayudas. Respecto a lo del IRPF, ni idea.
 
A
anpa
29/09/2005 10:20
Si se alquila, puedes solicitar las ayudas a la CAM. Y en la declaración de la renta te puedes deducir el prestamo hipotecario. Gracias
 
G
garrobin
29/09/2005 09:57
Hola pulpo. Por circunstancias familiares estoy sopesando la idea de alquilar la casa y me informé de ello en la Oficina de la vivienda de la CAM. Me dijeron que era posible, siempre y cuando la renta máxima por m2 útil de vivienda no excediera de 8,60 € mes y 5,16 € para anejos (garaje y trastero). El único trámite a realizar es visar el contrato en la Dirección General de Arquitctura y vivienda. La verdad es que a mí me vendría mejor vivir en Madrid "capital" por enfermedad de un familiar y pagar un alquiler con lo que obtuviera por este, pero ya veremos. Espero que te haya aclarado algo. Salud y saludos.
 

Fin del hilo
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