Yo lo pregunté expresamente cuando firmamos el contrato, y me dijeron que, lógicamente, en aquel momento sólo podían establecer la cantidad a pagar en función de una estimación. Que dicha estimación siempre se realizaba un poco por encima de las previsiones, para no tener que realizar ningún reajuste, y que al final, con los intereses reales obtenidos, se realizaba una liquidación. Esto no ha sido desmentido nunca por ninguna de las personas que me han atendido en Lar2000, por lo que supongo que no hay ningún problema al respecto. Volveré a leerme el contrato, pero creo recordar que si se dice algo respecto a la liquidación de los intereses de demora.
Por cierto, lo del 6% y el 3% son simples elucubraciones, no quiero que se tome como artículo de fe.
Saludos