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S
scf2005
12/10/2006 17:39

Escrituras

689 lecturas | 3 respuestas
Alguien sabe cual es el procedimiento para escriturar el piso a nombre de dos personas? Hemos oido que somos varios los que estamos en la misma situación. El problema es que se escriturará según lo que aparezca en el contrato de adjudicación, es decir, sólo una persona, que es el cooperativista (excepto si existe un cónyuge). Por favor si algun teneis alguna información os agradecería que la compartierais.
 
M
matpuertas
14/10/2006 12:59
Hola,
Informacion que puede resultaros de utilidad. Ayer estuvimos preguntando en la Asesoría Jurídica de la Dir. de Arquitectura y Vivienda de la comunidad de Madrid, en Avda. Asturias 28 sobre este tema. La información que tenemos es la siguiente:
- Siguiendo el consejo de la cooperativa preguntamos por las posibilidades/implicaciones de cambiar el contrato de adjudicación, pero nos dijeron que a estas alturas es muy dificil que se pueda cambiar el contrato dado que la comunidad tiene el 100% de los datos de adjudicatarios y estarán ya registrados o a punto de registrarse para finalizar el trámite de la calificación definitiva.

- La solución más limpia que propone la comunidad para aquellos que figuran solos en el contrato y que ahora están casados o con vistas a casarse y quisieran figurar los dos como titulares, es la siguiente:

Si el adjudicatario figura como soltero en el contrato de adjudicación, dá igual que en el momento de la escritura esté casado o vaya a estarlo en el futuro, dado que el bien es privativo. Esto es que aunque en las escrituras el notario pusiera "fulanito de tal casado con menganita de cual" el bien pertenece solo al adjudicatario y así figurará en el registro.
La solución pasa por elevar otra escritura de aportación a la comunidad de gananciales, bien en el mismo momento de escriturar el piso (habría que avisar al notario con antelación para prepararlo todo) o con posterioridad. Esta aportación hará que el piso pase a ser propiedad de la comunidad matrimonial y por tanto se añada otra nota en el registro que modifique la escritura original. Esta aportación está grabada al 1% del valor OFICIAL de la vivienda por actos jurídicos documentados.
Con posterioridad no hay problemas si se quiere cambiar el régimen de gananciales por el de bienes separados (aparte de pagar las tasas/impuestos correspondientes)

La CAM recomienda hacer esta aportación valorando el inmueble al precio del módulo de HOY.
(Ojo que el precio del módulo a fecha actual es superior al que figura en el contrato y si no se hace según este precio podeis recibir una complementaria de la Dirección General de Tributos, para vuestra información y cálculo de a cúanto ascendería el 1%, el precio oficial del módulo a fecha actual es: 1474,07 EUR/M2 util para la vivienda y 884,44 EUR/M2 util para garajes y trasteros, según el RD 1/2002 de 11 de enero y orden de 8 de noviembre de 2004 BOCM 15/11/04)

Cuidado también si pensaseis en hacer donaciones, o ventas privadas o cualquier otro tipo de transmisión dado que a partir de la segunda transmisión del bien (la primera es de la cooperativa al socio adjudicatario) hay que pedir permiso a la CAM y esta se reserva el derecho de tanteo sobre el piso, lo que quiere decir que correis el riesgo de quedaros "a dos velas" después de tanto tiempo... Especial atención por tanto al tema de las transmisiones.

Preguntamos por otras fórmulas como inscripción como parejas de hecho etc, pero todas presentan muchos más inconvenientes que la que os hemos descrito arriba y no consiguen el objetivo de registrar el piso a nombre de dos.

Espero que os sea de utilidad. Os animo a preguntar en la CAM cualquier duda que tengais, la verdad el trato fue muy bueno... lo único que teneis que armaros de paciencia y esperar un poco vuestro turno pero creo que merece la pena. El horario es de L-V en la Dir. Arquitectura y Vivienda de la Avda. de Asturias es de 9:00 a 20:00, así que se puede ir sin faltar al trabajo o pedir permisos etc.

Animo que cada día queda menos!!
Saludos



 
S
scf2005
13/10/2006 12:33
Gracias, vpizarro. Tengo una duda sobre lo que comentas. Al cambiar el contrato de adjudicacion para ponerlo a nombre de los dos, con los ingresos de ambos seguiais cumpliendo los requisitos? porque en nuestro caso ese sería nuestro problema.
Y otra pregunta, dices que lo cambiasteis en el mes de junio, eso es antes de que empezara todo el trámite con la Comunidad de Madrid, verdad? es que a nosotros nos han dicho que si lo queremos cambiar ahora, al haberse iniciado todo el proceso tendrían que revisar nuestro expediente otra vez y esto conllevaria un retraso.
 
V
vpizarro
13/10/2006 11:12
Buenos días,
Nosotros estamos en la misma situación. Al principio el adjudicatario era uno de nosotros pero al casarnos en marzo quisimos cambiarlo.
Tuvimos que presentar todos los papeles de nuevo: certificado de no tener vivienda en propiedad, el tema de hacienda, y una carta por la que ambos cumpliamos los requisitos.Esto fue en el mes de junio más o menos.

Ahora estamos a la espera de que la Comunidad de Madrid haya cambiado estos datos para la escrituración.

Sería interesante pedir el teléfono del técnico que lleva el expediente de Jazmín para ver si ha dado tiempo a modificar este dato.

saludos,


 

Fin del hilo
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