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alterego68
alterego68
13/12/2010 21:09

EMPADRONARSE en Ituero y Lama

¿Está el Ayuntamiento de Ituero y Lama poniendo trabas al Derecho Civil de empadronarse en el municipio?

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ITUERO Y LAMA

Parece ser que el Ayuntamiento está poniendo trabas al Derecho Civil de empadronarse en el municipio; o si no pone trabas, está tomado una postura que roza la ilegalidad, aunque en defensa de la presunción de inocencia que nuestro Estado de Derecho garantiza, esto será un Juez quien deberá determinarlo.

Empadronarse es un Derecho Civil; si uno no está empadronado no puede ejercer el derecho a voto.

Empadronarse es un acto administrativo por el que un ciudadano -a través de su Ayuntamiento- comunica a tadas las Administraciones (estatal, autonómica y municipal; además de a otras entidades públicas como la Seguridad Social o la Dirección General de Tráfico) cuál es su domicilio habitual. Cada ciudadano debe tener un domicilio habitual.

Si la vivienda del ciudadano en cuestión no cumple algún requisito administrativo, éste no debe ser óbice para denegarle el empadronamiento. Otra cosa es que el Ayto comunique al ciudadano qué requisitos debe poner al día; pero jamás puede un Ayuntamiento negarle el derecho a empadronarse a ningún ciudadano (el Ayto de Madrid empadrona incluso a chabolistas junto al río a fin de respetar su Derecho al voto, independientemente de que resida en una infravivienda).

¿Me puedo empadronar si soy el propietario de una parcela que no tiene construida o terminada una Vivienda? Por supuesto que sí; puedo tener una mobil home -que no requiere licencia de obra ni de primera ocupación LPO- o puedo vivir en una roulotte o incluso en una tienda de campaña. Y ningún Ayuntamiento tiene derecho a filtrar o decidir si puedo empadronarme o no (insisto en la idea de que el Ayto puede inciar cuantas acciones considere oportunas para legalizar esa situación, pero no impedir un Derecho Fundamental que es inalienable -irrenunciable-).

Un consejo: Como ciudadano debes solicitar por escrito tu empadronamiento y obtener también una respuesta por escrito, tanto si te deniegan este derecho como si te lo conceden, siempre debe ser por escrito. Al solicitarlo por escrito, asegúrate de que te sellan la ENTRADA de tu solictud en el Ayto. -basta una simple fotocopia de tu escrito, bien legible, y con el sello original del Ayto (no fotocopiado).

Si te lo deniegan, mi consejo es que te persones en el cuartel de la Guardia Civil o Juzgado de Guardia e interpongas una denuncia. No serás el primero pues algunos vecinos ya han comenzado a hacerlo.

Si te empadronan, asegurate de salir del Ayto con un Volante de Empadronamiento que acredite que, efectivamente, estás empadronado (¡!).

La responsabilidad civil y/o penal de no empadronar a un ciudadano recae tanto sobre el administrativo, como el secretario y el alcalde que firmen denegando el empadronamiento.

El juicio tardará en salir, y quizá se pase la fecha límite del 31 de Diciembre para empadronarte y aparecer en el censo que votará en las proximas Elecciones Municipales 2011. Pero la denuncia quedará hecha pare que los responsables asuman las consecuencias de sus acciones.

 

Fin del hilo
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