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Z
zapillo
25/10/2004 16:37

IBI (Contribución)

¿Estoy obligado a pagar el IBI si no era titular de la vivienda a 1 de enero?

802 lecturas | 8 respuestas
Hola!
No se si os habrá llegado como a mí el recibo para pagar el IBI ó Contribución.
Hace días me informé en el ayuntamiento, porque la verdad, no tenía mucha idea de cuando envían el impuesto y de si lo teniamos que abonar este primer año los propietarios, o la constructora, y me informaron de lo siguiente:
Según el ayuntamiento de Arganda, el IBI lo tiene que abonar el titular de la vivienda a 1 de Enero del año en vigor. Es decir, en este caso el titular de la vivienda a 1 de Enero del 2004.
En mi caso, y como firmé a finales del mes de Enero del 2004, quien era titular a 1 de Enero de la vivienda era DETINSA.
No entiendo porque entonces me mandan a mi el impuesto para pagarlo yo.
¿Alguien más ha recibido el impuesto y está en mi situación?
¿Alguien me puede orientar de si estoy obligado a pagarlo?
Muchas gracias,
 
J
jeso
27/10/2004 19:58
Hola vecinos, ya hemos ido al ayuntamiento y efectivamentes los que compramos después del día uno no nos corresponde pagar. Hay que rellenar una instancia y adjuntar el recibo y la fotocopia de las escrituras. Nada más. Se puede entregar en registro hasta las 8 de la tarde, desde las 8 de la mañana. Pondremos carteles en el 6-8-10. Si sois algún vecino de los restantes bloques intentad comunicarlo. Saludos
 
J
jeso
26/10/2004 19:43
Hola vecinos, nosotros iremos mañana a primera hora para informarnos en el Ayuntamiento, no obstante a unos amigos de otra constructora le hicieron lo mismo y no lo han pagado. Lo que es raro el Ayuntamiento deje una carta de esas características sin la firma de haberla recibido. Por lo menos a nosotros nos la han echado al buzón sin más. Ya nos enteraremos también. Ya os contaremos mañana. Saludos
 
Z
zapillo
26/10/2004 16:27
Muchas gracias Erebus por tu información.
Osea que lo que tenemos que hacer es bajarnos cuanto antes al Ayuntamiento e informarnos de los papeles que hay que presentar para poner el recurso.
La verdad es que después de tanto tiempo no me esperaba yo un regalito de DETINSA de este tipo.
Pués nada tendremos que hacer extensivo esta información al resto de vecinos, porque claro con todos los recibos que han enviado "erroneamente" alguno de DETINSA se va de vacaciones al Caribe a nuestra costa.
Si os enteráis de más detalles a nivel de documentación a presentar, etc... informarnos.

Muchas gracias,
 
E
Erebus
26/10/2004 16:13
Hola.

En mi caso te diré que a nosotros no nos avisaron de las escrituras, un buen día preguntando por las mismas en Caja España resulta que llevaban allí ni se sabe el tiempo. Encima , el empleado de allí tuvo la cara de decir que ya habían intentado avisar por teléfono pero que no había habido manera de contactar (hasta que le dije que teníamos contestador, entonces ya se puso a echar la mierd..a otros diciendo que el no se encargada de llamar). El caso es que, con un poco de suerte, a lo mejor tienes ya las escrituras disponibles.

Salu2.
 
E
evaruski
26/10/2004 15:57
hola vecinos¡
y quien no tenga la escritura?? yo no puedo saber la fecha??
saludos
 
E
Erebus
26/10/2004 15:43
Hola vecinos.

Os paso unos links del Ministerio de Hacienda y Catastro. El primero es el de la página principal del Catastro ; el segundo es una acceso a las preguntas más frecuentes acerca del mismo ; y, el tercero describe los recursos administrativos disponibles.

Lo más relevante para nosotros creo que es la pregunta V.4. del segundo link (referido a preguntas sobre gestión tributaria) y casi todo, por no decir todo del tercer link ("recursos administrativos").

Como resumen, parece ser que (como si de una multa se tratase) se debe interponer un recurso de altaza sobre el impuesto. Éste, en este caso, se debe poner en el Ayuntamiento de Arganda y, OJO!, se dispone de un mes desde la notificación para interponer el recurso (si es que podemos. Es importante comprobar la fecha que figure en las escrituras).

Salu2.

http://www.catastro.minhac.es/

http://www.catastro.minhac.es/preguntas/gestion_tributaria.htm

http://www.catastro.minhac.es/preguntas/recursos_administrativos.htm
 
E
Erebus
26/10/2004 15:18
Hola.

Yo también estoy en la misma situación. La carta/recibo mandada por el ayuntamiento especifica que el impuesto es sobre el ejercicio 2004 y, por lo que he estado mirando (y como podemos ver en el link adjunto) paga el propietario a 1 de enero del ejercicio como bien deciis. Supongo que como hubo gente que firmó en diciembre, Detinsa presuntamente ha cometido el "error" de meternos a todos en el mismo saco de cara al ayuntamiento (que descuido... se ahorra paga los IBIS). Falta que averiguemos el procedimiento a seguir.

Salu2.

http://www.iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=11090000
 
R
ROR
25/10/2004 17:34
si a nosotros tb nos ha llegado el ibi, y tb nos han dicho que si a uno de enero no eramos los propietarios teniamos q reclamar el impuesto y asi no lo tendriamos que pagar. Imagino q lo enviaran pq ellos no saben si eramos o no propietarios... pero vamos eso es lo que supongo yo.
Lo cierto es q a nosotros no nos corresponde si a dia uno de enero no eramos propietarios.
 

Fin del hilo
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