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L
locosporpinto
02/02/2009 08:50

problema suministro agua ¿¡retraso entrega!?

¿Hay un problema con el suministro de agua en Teneria II y el ayuntamiento no tiene prisa por arreglarlo?

2.979 lecturas | 15 respuestas
Hola, soy vecino de la promocion que teneis al lado, la de house formalities.
Os escribo porque se está comentando en varios foros que hay un problema con el suministro de agua de toda la Teneria II y que el ayuntamiento tiene que arreglar unas cosas antes de que puedan dar la licencia para que nos entreguen las casas.

El caso es que lo que se está escuchando es que el ayuntamiento no tiene prisa alguna por hacer esos arreglos hasta que no haya mas promociones terminadas en la teneriaII (a nosotros tendrian que entregarnos en abril, y para ese momento serian 4 promociones terminadas)

El caso es que como esto sea verdad no nos entregarían los pisos hasta al menos dentro de ¡un año! y esto me parece increible. ¿alguno sabeis algun dato fiable sobre este problema??

Estamos muy preocupados, hoy vamos a llamar al ayuntamiento, pero no creemos que la respuesta que nos den sea sincera y fiable.
 
malvado
malvado
18/03/2009 23:32
Hay Dios mio!!! Que lío! que lío! Si yo sólo quiero que me la den, pero es hablarme de Calificación Provisional, Definitiva, Licencia de Primera Ocupación, Cédula de Habitabilidad y todas esas cosas y me pierdo. A mi me timarían seguro si no leyera estas cosas.....
 
A
alejandroportal3
18/03/2009 15:29
ESCRITURACION DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA SIN LICENCIA
DE PRIMERA OCUPACION
Mª del Carmen González Carrasco
Profesora Titular de Derecho Civil

Ante el Centro de Estudios de Consumo se plantea el juicio de legalidad referido a la escrituración de vivienda sin haber obtenido ésta licencia de primera ocupación. De los términos de la consulta se desprende asimismo que el piso no ha sido objeto de entrega material, a pesar de haberse superado el plazo previsto para la misma.
A los efectos civiles, la entrega de un inmueble sin licencia de primera ocupación es causa de resolución por incumplimiento contractual (ex. Art. 1124 CC) de todos aquellos contratos por los que se transmita el dominio de la vivienda La jurisprudencia del Tribunal Supremo es constante en este sentido (SSTS 22.12.1993, 11.12.1995, 9.5.1996, 3.6.2003). A este respecto, el hecho de que sea una licencia que concede el Ayuntamiento no significa que su falta de obtención no sea imputable al vendedor . Por ello el vendedor está obligado a
pagar, en su caso, la cláusula penal prevista para el incumplimiento o el cumplimiento tardío de la obligación de entrega del edificio, que se entiende ha de serlo con las autorizaciones requeridas para ocuparlo
. Y además, si el comprador decide no escriturar por falta de la licencia, no sólo es que su posición está justificada en el previo incumplimiento del vendedor , sino que
habrían de devolvérseles las cantidades entregadas en concepto de arras penitenciales
. De ello se colige igualmente que, estando el vendedor en situación
de incumplimiento, no puede obligar al comprador a escriturar el inmueble (el comprador podría negarse al cumplimiento de dicha obligación de formalizar la
compraventa basándose en el previo incumplimiento del vendedor, a modo de exceptio non adimpleti contractus).
Ahora bien, no hay obstáculo legal (entiéndase por tal, notarial) en otorgar escritura de un inmueble carente de licencia de primera ocupación. El resultado es que se ha transmitido la propiedad, pero el vendedor ha incumplido
de forma esencial el contrato una vez superado el plazo previsto para la entrega efectiva sin haber obtenido dicho permiso, por lo que el comprador puede resolver con restitución de las cantidades ya entregadas e indemnización de daños y perjuicios. Nótese que a diferencia de la tardanza en la entrega material
del inmueble (habitual y a menudo prevista mediante cláusulas penales o reparable mediante las oportunas indemnizaciones por demora), la no solicitud de licencia de primera ocupación o su no consecución una vez terminada la obra determina siempre la posibilidad de resolver el contrato con independencia dela gravedad del retraso Esta importancia civil de la inexistencia de licencia viene determinada por dos razones:
a) porque la licencia corrobora las condiciones de habitabilidad de la vivienda, su adecuación a la licencia inicial de obras y al proyecto y sus condiciones de
seguridad, habitabilidad o salubridad (esto es, la conformidad de la cosa vendida)
b) porque su falta imposibilita de derecho su uso, aunque la vivienda haya sido
entregada al comprador, ya que, a nivel administrativo, las sanciones (que se imponen cuando se produce ocupación efectiva sin licencia) pueden consistir en:
a) Impedir su uso a cualquier ocupante, sea o no propietario (art. 29 Reglamento de Disciplina Urbanística vigente en este punto) .
b) Imponer una sanción urbanística del 1 al 5% del total del valor de la obra en el caso de que la ocupación sea legalizable de la que responden el ocupante y
quien coopera en la ocupación entregando las llaves antes de la licencia (art. 90.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística vigente en este punto)

En conclusión:
1- El vendedor que escritura sin licencia está en situación de incumplimiento aunque entregue físicamente la vivienda, porque el dominio que transmite no es apto para el uso en tanto en cuanto no consiga aquella.
2- El comprador puede negarse a escriturar en tanto en cuanto no se conceda la licencia si el momento de la escritura se fijó para después de la terminación de la obra , y sin que el vendedor pueda resolver por esta
negativa en tanto no proceda al cumplimiento (o sea, a la consecución de la licencia)
3- El comprador puede resolver (aunque haya escriturado) con devolución de las cantidades entregadas, sus intereses e indemnización de daños y perjuicios si una vez vencido el plazo de entrega efectiva, y se haya
producido ésta o no, el edificio no ha obtenido licencia de primera ocupación.
4- Si decide no resolver, no debe ocupar la vivienda aunque le sea entregada de forma efectiva,.porque comete una infracción urbanística y porque puede verse privado del uso por la Administración competente.
 
A
alejandroportal3
18/03/2009 15:21
perdonad de nuevo, esto es un sinvivir, ahora en el ayuntamiento nos han dicho que nada de nada, que NO SE PUEDE IR A VIVIR HASTA NO TENER LA LICENCIA DE PRIMERA OCUPACION

Meteros en nuestro foro "houseformalities" si quereis leer lo que nos han dicho, es que es muy extenso para ponerlo aqui.

Lo que si os dejo es un texto que dice que si te pretenden dar la vivienda sin licencia de primera ocupacion NO debe aceptarse, puesto que no se puede entrar a vivir (puedes tener una sancion) y ademas el comprador puede decidir rescindir el contrato, y le tienen que devolver integras las cantidades aportadas. El enlace, esta en nuestra pagina de house formalities, os dejo aqui el texto:

 
A
alejandroportal3
18/03/2009 10:11
esa calificacion definitiva la otorga la comunidad de madrid. La licencia de primera ocupacion es como una segunda revision, pero me dicen que con la calificacion definitiva no hay problema alguno:
-podemos irnos a vivir desde el mismo dia de firma de escrituras
-desde ese dia el ayto tiene que abrir una calle para acceso a cualquier hora del dia y la noche a la zona
-el ayto tiene que habilitar la recogida de basuras desde ese mismo dia
-el ayto tiene que hacer que el servicio de policia pase por allí desde ese dia.
-al tener la calificacion definitiva, desde ese momento podemos dar de alta luz, agua y gas.

Esa es la informacion que tengo, perdonad por haberos alarmado.
 
A
alejandroportal3
18/03/2009 10:08
QUE LA CALIFICACION DEFINITIVA si que se va a obtener antes de firmar escrituras (esto me lo dijo ayto y mi promotora), porque es imposible firmar escrituras sin tenerla.

Lo he confirmado con la comunidad de madrid (porque la verdad que de la promotora y el ayuntamiento desconfio) y me han dicho lo mismo, que para firmar escrituras TIENEN QUE TENER LA CALIFICACION DEFINITIVA. Y que con esta calificacion ya se puede ir a vivir tranquilamente desde el mismo dia de la firma.

Asi que por ese lado tema zanjado, cuando se vaya a firmar escrituras, que sera cuando tengamos la calificacion definitiva (en caso de mi promocion se tiene, confirmado por ayto y promotora entre mediados abril-ppios mayo), nos podemos ir a vivir inmediatamente.

El tema de que no se tenga la licencia de primera ocupacion, segun me a dicho la Comunidad de madrid, es que las vpp o vpo tienen como 2 revisiones, pero la importante es la CALIFICACION DEFINITIVA,
 
A
alejandroportal3
18/03/2009 10:04
Hola de nuevo, siento haberos alarmado, pero os voy a contar las noticias que tengo hoy sobre este tema.
He estado hablado con el ayuntamiento pinto y la comunidad de madrid y lo que nos han dicho es que la CALIFICACION DEFINITIVA
 
FELIPITO
FELIPITO
17/03/2009 21:52
Pero qué cojones es esto? Esto es ilegal, no?
 
Las fuentes
Las fuentes
17/03/2009 19:23
q fuerte! a nosotros no nos han dicho nada... nos dijeron q escriturabamos a finales de marzo primeros de abril...y q no habia ningun problema.
pero como puede ser q se escriture una vivienda sin la licencia de primera ocupacion, debe de ser ilegal!!

y si no nos la dan en mayo? q pasa? vamos, yo creo q es practicamente imposible q la den en mayo, no tendrian tanta prisa en escriturar...solo es un mes de diferencia, q se esperen ellos, no?
 
A
alejandroportal3
17/03/2009 15:00
La promotora nos dijo que iba a tener una reunion el ayuntamiento con las promotoras que ya tenian que haber entregado o les queda poco para entregar: En total somos 4 las promociones.

Pues bien, esta reunion se a mantenido ya y lo que han acordado es lo que os he puesto en cursiva en el mensaje anterior.

Lo que entendemos es que las promotoras han acordado que van a firmar escrituras y el ayto les dara la calificacion definitiva simultaneamente y entonces se podra dar de alta luz, agua, etc.. pero lo que no se podrá hacer es vivir en los pisos, hasta que den la cedula de habitabilidad, que en teoría es para mediados finales de mayo.

Nuestro miedo es que si decimos que si y vamos a firmar, entonces el problema es nuestro, la promotora se lava las manos y si en lugar de tardar 1 mes tardan 2-3-4-5-6 meses, pues nos tendremos que pegar con el ayto de pinto, porque la promotora ya a cogido su dinero y se desentienden.

Lo que yo creo que tenemos que hacer todos es decir un NO para firmar escrituras sin tener cedula de habitabilidad, porque de esta forma las promotoras presionan al ayto, al canal o a quien sea para que den la cedula de habitabilidad. Pero si firmamos escrituras, la promotora se lleva la pasta y adios muy buenas. Si luego sufrimos un buen retraso de muchos meses, pues ajo y agua, pagando tu hipoteca y sin poder vivir en tu casa.

No se si a vosotros os han propuesto algo similar, si es así decirnoslo.
Gracias
 
A
alejandroportal3
17/03/2009 14:54
Hola. Soy de la promocion cercana a la vuestra de house formalities.

Nuestra promotora nos a comunicado que han tenido una reunion con el ayuntamiento y que supuestamente han llegado a un acuerdo respecto a la entrega de las viviendas:

Estimado comprador,
A pesar del cambio durante la ejecución de la obra de la empresa constructora y de la dirección facultativa, le informamos que próximamente obtendremos, para el edificio que hemos construido en la Avenida Juan Pablo II nº 22 de Pinto, la Calificación Definitiva por parte de la Comunidad de Madrid y el Informe Favorable emitido por el Ayuntamiento de Pinto. Por este motivo y según el contrato de compra-venta que firmamos, a partir del 1 de abril les convocaremos mediante burofax para firmar la Escritura de Compra - Venta de su vivienda y anejos ante Notario.

La urbanización no será recepcionada por el Ayuntamiento de Pinto hasta mediados-finales del próximo mes de Mayo, por lo que hasta estas fechas no obtendremos la Licencia de Primera Ocupación, hecho que vendrá recogido en la Escritura Pública de Compra- Venta. Debido a este retraso, el Ayuntamiento de Pinto nos emitirá un documento certificando la idoneidad de nuestro edificio para la obtención de la Licencia de Primera Ocupación una vez sea recepcionada la urbanización de La Tenería II.

Con la Calificación Definitiva y una vez escrituremos, se podrá solicitar el suministro de agua, luz y gas para cada una de las viviendas.

Para ir organizando la convocatoria a las firmas, les ruego se pongan en contacto conmigo lo antes posible.
 
M
MAM82
20/02/2009 16:31
Buenas.
Siento entrometerme en vuestro foro, pero tambien os interesa a vosotros.
Yo soy vecina de Ronda Luz, no nos entregan los pisos, pero al parecer no es culpa del Ayto. de Pinto.
Resulta que los propietarios de la urbanizacion entera, es decir la Junta de Compensacion de la Teneria II, debe modificar la instalacion que habia hecho en un principio de los colectores de agua de lluvia, todo esto por requerimiento del Canal.
El Ayuntamiento no puede dar la licencia a nadie hasta que la Cuenca hidrografica del Canal le de el visto bueno a la obra.
Nosotros estamos esperando desde diciembre, espero que no os pase lo mismo.
saludos.
 
P
PintoToaquello
04/02/2009 21:52
Cita:
Estamos muy preocupados, hoy vamos a llamar al ayuntamiento, pero no creemos que la respuesta que nos den sea sincera y fiable.


Vas a llamar al Ayuntamiento pero con la predisposición de no creerte lo que te cuenten y sin embargo sí lo haces de las habladurías y los rumores. Ahórrate la llamada.

De lo que sí estoy segura es de que Ricky Martin se ha comprado un piso en La Tenería y se viene a vivir con un perro que le regalaron.
 
P
pintopinto
03/02/2009 09:30
este foro esta bien para comentar, informarnos de cosillas. pero creo q para asegurarnos de un tema tan importante, deberiais de preguntar en otro sitio mas fiable q un foro, como la promotora o el ayuntamiento de pinto.

es lo q nosotros hemos hecho, y nos han dicho q no hay ningun problema con licencias, ni permisos, ni suministros...
la fecha de entrega sigue siendo para mediados de marzo, primeros de abril...
 
malvado
malvado
02/02/2009 23:41
Joder! No fastidies! Si eso es cierto menudo chasco! Ya estábamos mirando cocinas, salones.... Espero que no sea así, no quiero ser como los del PAU de Vallecas, que algunos llevan esperando casi 10 años! Buff, no quiero ni pensarlo. Seamos positivos! Ánimo vecinos!!!
 
Donay Anod
Donay Anod
02/02/2009 13:26
Buenas.
No tengo ningún dato fiable, pero por lógica, al ayuntamiento le interesa que las viviendas se ocupen cuanto antes, porque le supone ingresos en forma de impuestos, así que me extraña que tenga paralizada tanto tiempo la entrega de viviendas por el tema que comentas. Pero claro, como está últimamente el ayuntamiento de Pinto, cualquiera sabe.
Si me entero de algo, lo pondré en el foro.
Un saludo.
 

Fin del hilo
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