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D
disgustototal
08/06/2011 21:22

alguien sabe q hay q hacer para entrar en el programa de intercambio de viviendas?

¿Cómo tramitar el intercambio de viviendas similares a la nuestra?

1.003 lecturas | 2 respuestas

HOLA VECINOS TENGO UNA DUDA Y A LA VEZ UN DISGUSTO.

¿ALGUNO DE VOSOTROS SABE CMO TRAMITAR Y DÓNDE EL INTERCAMBIO DE VIVIENDAS COMO LAS NUESTRAS?

QUEREMOS AMPLIAR LA FAMILIA PERO CON UNA VIVIENDA DE UN DORMITORIO A MI ENTENDER NO SE PUEDE POR FALTA DE ESPACIO.

UN SALUDO VECINOS!

 
P
pintopinto
09/12/2011 13:54

hola vecina, ¿sabes algo sobre el intercambio de vivienda?

¿has vendido el piso?  una opcion puede ser alquilarlo, me han comentado q no hay casi pisos en alquiler en nuestra zona..

 
Zemog
Zemog
10/06/2011 08:57

Yo creo que sí que puedes venderlo.

Aunque sea de VPP, la Comunidad de Madrid da autorizaciones de venta para diversos casos.

Léete el Real Decreto 801/2005 de 1 de julio y verás:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-rd801-2005.html#a5

como en el artículo 13.4 y 13.5

4. También podrá dejarse sin efecto la prohibición de transmitir o de ceder el uso de las viviendas, por cambio de localidad de residencia del titular de la vivienda, o cuando concurran otros motivos justificados, siempre que medie autorización de las Comunidades Autónomas o de las Ciudades de Ceuta y Melilla y se respeten los procedimientos establecidos por éstas. Igualmente, si se hubiera obtenido ayuda financiera, se requerirá la previa cancelación del préstamo y el reintegro de las ayudas económicas directas estatales recibidas a la Administración concedente, en su caso, más los intereses legales producidos desde el momento de la percepción.

5. La prohibición de transmitir o de ceder el uso de las viviendas podrá dejarse sin efecto cuando se trate de cualquiera de los siguientes supuestos:

Familias numerosas que necesiten adquirir una vivienda de mayor superficie por el incremento del número de miembros de su unidad familiar; u otra vivienda más adecuada a sus necesidades específicas, por discapacidad sobrevenida de uno de sus miembros.

Personas mayores de 65 años, que deseen trasladar su domicilio habitual y permanente.

Personas con discapacidad y las víctimas de la violencia de género o del terrorismo que deseen trasladarse a otro alojamiento más adecuado a sus necesidades específicas.

Aquellas personas que por sus circunstancias personales justificadas necesiten trasladar su domicilio habitual y permanente a otra vivienda de menores dimensiones.

En todos estos supuestos, si se hubieran obtenido ayudas financieras, sólo se requerirá la previa cancelación del préstamo.

Como puedes ver, hay muchos casos en que se puede vender (o alquilar la vivienda).

Tal y como está la vivienda hoy en día y por los casos que he podido saber, la Comunidad de Madrid no suele poner ninguna pega a conceder estos permisos de venta. Ya ves, puedes decir que te vas a vivir a Alcorcón y que necesitas cambiar la vivienda y punto. Incluso se de un montón de casos que sólo han pedido la autorización de venta a la COmunidad de Madrid y ni siquiera se les ha pedido el motivo.

Lo que tienes que hacer es contactar con la COmunidad de Madrid, decirles que quieres vender una VPP y cuáles son los pasos a seguir. SI te preguntan el motivo, pues les dices que te van a cambiar de trabajo, o que váis a ser más en la familia y se te ha quedado pequeña, etc.

Puedes contactar aquí:

Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados, de 10h. a 13h.)

· Fax: 91.728.52.99 (24 horas)

· E-mail: oficinavivienda@madrid.org

· Correo postal: Avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid)

· Presencial: en Madrid: Avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados de 09h. a 13h.) (Asesoramiento administrativo: lunes a viernes, de 09h. a 14h.)

Cuéntanos luego qué tal te ha ido.

Un saludo y espero haberte ayudado

 

Fin del hilo
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