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S
sandres
10/01/2006 14:20

Impuestos de Plusvalía

¿Es legal que el comprador pague el impuesto de plusvalía en un contrato con PROCASA?

1.431 lecturas | 17 respuestas
Hola a todos:

Tengo una duda respecto a mi contrato con PROCASA acerca del impuesto de la plusvalía. Según el contrato, el impuesto de plusvalía corre a cargo del comprador, a pesar de estar gravando al vendedor. La verdad es que no nos dieron ninguna opción de cambiarlo, no sé si el resto que hizo el contrato directamente con PROCASA también lo tenéis.
La primera duda es si se puede declarar esta cláusula como abusiva. Hemos estado mirando y en principio no es legal obligar a ello al comprador (claro que siempre te pueden hacer otro contrato sin la cláusula por x € más). ¿Sabéis algo de esto?
Por otro lado, ¿tenéis alguna idea de cuánto puede suponer este impuesto? Es simplemente para saber el orden de magnitud ya que no es lo mismo si vale 30, 300 o 3000 €.

Gracias por anticipado...
 
S
sandres
23/01/2006 12:29
Hola a todos,

Respecto al tema del incremento del valor de los terrenos, hemos conseguido averiguar por diversos conocidos en casos similares que el orden de magnitud (dependiendo de la participación en la propiedad y del tiempo que tuvieran los terrenos) será más bien del orden de los 300 €. Yo personalmente me he quedado algo más tranquilo.
Otra cosa curiosa es la forma en que nos pidan pagarlo. Normalmente PROCASA pedirá una provisión de fondos, pero nos han comentado organismos oficiales que el pago del impuesto se puede demorar desde 1 mes hasta 2 años. Por esto creo que es más ventajoso para nosotros que nos digan cuánto es cuando haya que abonarlo y hacerles el pago entonces, porque con la provisión de fondos, a la cual no nos hemos comprometido, a saber el tiempo que tienen bloqueado el dinero.

Saludos.
 
F
Free
16/01/2006 18:33
Lo primero me gustaría agradecer a jarpozar y a sandres todas las gestiones que estan haciendo en nombre de todos.
Lo segundo y por aportar mis comentarios a todo el histórico de correos aportados, he de deciros que creo que estamos derivando las cosas con si el Notario es amigo de tal y si el oficial prestará poca colaboración..etc. Esta gente son profesionales y evidentemente ganan un dinero con elevar a público las escrituras pero no podemos caer en el error de ver fantasmas por todos los lados. Ni los de Procasa son tan malos, ni los demás confabuladores en nuestra cuenta. Aquí el problema real y evidente es el retraso y desde luego me reservo el derecho a tomar medidas a este respecto. Es más, si finalmente decido emprender un contencioso con esta gente, desde luego trataré de "rascar" todo lo que pueda (tema de plusvalía, alquileres de otra vivienda...etc).
Coincido con Sandres es que lo mejor es emprender acciones conjuntas y acordar ponernos en manos de un abogado cualquiera para que nos asesore a este respecto.
Del asunto de lo que Procasa pueda poner en la escritura, no creo que tenga interés alguno en modificar lo ya pactado (dado que desde el principio no nos ha permitido efectuar cambios sustanciales)ni imponer clausula alguna que limite nuestro legítimo derecho a reclamar..etc.
Por cierto, todo el mundo puede solicitar revisar la documentación a firmar con tres días previos a la fecha pactada de firma según la ley. Ahora bien, lo que puede ocurrir es que quién este interesado tenga que acudir directamente a la Notaría asignada para este propósito.
Saludos.
 
G
GREG_2003
13/01/2006 11:30
Hola a todos:

Sólo comentar una cosa, por aquello de ser precavidos, por lo que hablé en su momento con Luis, el oficial encargado de la notaría es intimo suyo, de procasa o le conocen desde hace bastante tiempo (ya que al parecer trabajaban en el pasado con el padre de éste que era notario).

Así que yo no esperaría mucha colaboración por parte del oficial...

Saludos, Juan.
 
S
sandres
13/01/2006 10:55
Buenos dias a tod@s!

Gracias Jarpozar por la averiguación.

Por nuestra parte hemos hablado con la OCU, y según sus asesores, con la plusvalia hay poco que hacer. Efectivamente, es un impuesto que corresponde al vendedor y de cara a hacienda son sólo ellos quien deben liquidar este impuesto. Ahora bien, como bien explicas se puede pactar en contrario (como supuestamente es nuestro caso) y entonces según lo que nos ha comentado la OCU, lo que predeciblemente nos pedira procasa es que le abonemos el importe de este impuesto a ellos y ellos presentaran el pago en el ayuntamiento.

¿qué pasa si no les pagamos? Pues al parecer, pueden demandarnos por incumplimiento de contrato y, aunq se lleve a efecto la firma de la escritura, pueden reclamarnos en los tribunales el pago de este impuesto. Y según los asesores de la OCU dicen que tengamos por claro que lo harán si no pagamos.

Ahora bien, podemos pagar el impuesto y luego reclamarlo, junto con las indemnizaciones que cada uno solicite por el retraso alegando lo que jarpozar nos indica en su mensaje. Entonces quedará a expensas del juez que toque si ha sido abusivo o no la imposición del pago de este impuesto.

Más cosas que nos han contado en la OCU: al parecer, puede ocurrir que cuando vayamos a firmar las escrituras nos encontremos con una clausula en que diga que renunciamos a nuestros derechos de reclamar cualquier tipo de indemnizacion tras la firma de las escrituras. Si ocurriera esto, podemos negarnos a firmar solicitando al notario que levante un acta de manifestaciones donde recoja el motivo por el que no firmamos, q no es otro que el hecho de que no estamos dispuestos a renunciar a nuestros derechos. Si se hiciera esto, lo que puede pasar despues es impredecible, puesto que puede ocurrir desde que se modifiquen las escrituras y aqui paz y despues gloria, o que procasa nos denuncie por incumplimiento de contrato (aunq nosostros tengamos razon) y entonces a saber cuando tendriamos nuestro piso.

Ahora bien, resulta que aunq firmaramos las escrituras con esta clausula, la misma es nula, por que al parecer se trata de un derecho constitucional el de poder reclamar, por lo que nadie puede hacernos renunciar al mismo, con lo que aunq firmaramos esto, no tendria ningun efecto. Esto es solo una HIPOTESIS que nos han comentado en la OCU (NO sabemos si las escrituras incluirán o no esta clausula) pero os informamos de lo que nos han dicho a nosotros para que sepais que podemos encontrar y actuar en consecuencia.

Asi, la conclusión es que debemos salvaguardar ante todo la adquisición de la vivienda, es decir, el objetivo es firmar la escritura si o si, y despues si acaso, reclamar lo que creamos conveniente. También se puede solicitar al notario justo despues de haber firmado (el piso ya es nuestro) que de fe de que hemos firmado las escrituras en cuestion para salvaguardar la adquisición de nuestra vivienda, pero que no estamos conformes con las cláusulas tal y tal (a saber, la de renuncia a los derechos si la hubiera y la de la plusvalia, por considerarla una imposición abusiva) y que ademas queremos que conste que el piso se ha entregado con un retraso de X. ESte documento notarial lo tendriamos que pagar nosotros y valdria como prueba en un posible jucio, si no logramos resolver la situacion amistosamente con procasa que es lo que siempre deberiamos intentar en primera instancia. Este papel notarial se puede hacer, pero no es imprescindible, ya que como os comentamos, la posible clausula de renuncia es nula (por lo que da igual q digamos q estamos en desacuerdo), lo de la plusvalia qedara a la interpretación del juez en su caso, y lo del retraso es evidente al comparar la fecha que aparece en el contrato privado y la fecha en que se han firmado las escrituras.

Para ir mas preparados, se puede solicitar al oficial encargado de la notaria donde vayamos a firmar, que nos envien previamente a la firma una copia de la escritura, por ejemplo por email. Así, sabremos a que atenernos en su momento.

También nos han recomendado asistir a la firma con un abogado. Bueno, esto cada cual vera, igual tampoco es imprescindible.

Por otro lado, y al contrario de lo que otros abogados nos habian comentado, según la OCU la prórroga de 6 meses que procasa se autoconcede en el contrato de compra venta no les vale para nada. ES decir, podemos reclamar todos los daños y perjucios debidos al retraso total en la entrega contado desde la fecha que figura en el contrato, ya que al parecer, una de las partes, no puede unilateralmente reservarse ese derecho a prórroga y que si se preve que se va a producir o que es factible que se produzca un retraso, pues que hubieran puesto una fecha de entrega seis meses posterior. Quizas haga falta alguna otra opinion para aclarar este punto.

Y por último, nos han confirmado que efectivamente cualquier accion que llevemos a cabo de manera conjunta siempre tendra mas probabilidades de exito que aquellas que emprendamos de forma individual.

Por tanto, creemos que es importante que comencemos a trabajar todos los que estemos interesados juntos, después de la firma. Una buena opcion puede ser reunirnos todos con un abogado que este dispuesto a reunirse con nosotros y nos explique toda la situación, pasos a seguir, posibles costes etc.

Siento lo largo que me ha quedado la explicación pero espero que os ayude el conocer toda la información que tenemos.

Saludos!
 
A
artico
13/01/2006 09:42
Buenas, al respecto de los 3 últimos mensajes quiero apostillar que como se lee en el último, el impuesto corresponde al vendedor, es así como marca la ley y nosotros lo que tenemos que hacer es hacer que conste así en la escritura, que me da igual que esté redactada, se cambia y punto, lo que no vamos es a firmar algo contrario a la ley.
También podría correr a cargo del vendedor los gastos de escritura, pero ese es el resquicio que deja el código civil para llegar a un acuerdo tácito y por lo general siempre los paga el comprador.
De ahí comentar a Maria1 que el notario lo designan ellos porque así sale más barato, ten en cuenta que al subrogarnos a un credito promotor que pasa a hipotecario, hay gastos que se ahorran al utilizar al notario, pero que como han dicho, tú puedes pedir otro, pero ello te conllevará más gastos.
Por último decir, que si el notario se niega a hacer cumplir la ley haciendo figurar en las escrituras que los impuestos de plusvalia lo paga el comprador, es tan sencillo como denunciarlo, no creo que un notario, por mi amigo de procasa que sea, quiera conflictos con hacienda.

Un saludo
 
J
jarpozar
12/01/2006 21:19
Hola:
Respecto a este tema, yo estaba convencida (vereis que a veces hablamos en masculino y otras en femenino con el mismo nick, es que somos un matrimonio con una sola clave ;-)) de que lo que estipulaba la ley era que la plusvalía la pagaba el vendedor salvo acuerdo en contrario (lo que nos conducía a pagar la de las terrazas) pero hete aquí que me encuentro lo siguiente en internet....

"En 1999 compré un piso en proyecto de construcción. En enero de 2000 me presentaron el contrato de compraventa para que lo firmara. El contrato incluía quince estipulaciones donde se detallaba el precio, la fecha de entrega, etc. En una de las cláusulas se dice: "Cuantas cargas e impuestos se deriven de la presente transmisión como notariales, registrales e incluso el impuesto de plusvalía, serán por cuenta del comprador". Tengo entendido que la plusvalía corresponde pagarlo al vendedor, pero, claro, en enero tuve que firmar forzosamente. El piso y el garaje me lo entregarán este año. Quisiera preguntarles si tengo la obligación de pagar la plusvalía.

En principio, es el vendedor el que paga la plusvalía. Así que en este caso sugerimos que reclame al vendedor, por telegrama o buro fax certificado con acuse de recibo, la retirada de la cláusula relativa a la plusvalía en las escrituras. El asunto es, de cualquier forma, complejo. El artículo 107 b de la Ley de Haciendas Locales dice que en las transmisiones gravosas quien debe pagar la plusvalía (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) es el vendedor. Por otra parte, el artículo 36 de la Ley General Tributaria establece que los elementos de la obligación tributaria no podrán ser alterados por pactos o convenios entre los particulares, y en todo caso quien abona la plusvalía ante la Administración es siempre el vendedor.

Sin embargo, puede hacerse un pacto entre las partes a efectos exclusivamente civiles. Es decir, las dos partes pueden ponerse de acuerdo y pactar que el vendedor asuma unos gastos de la transacción y el comprador otros gastos. Para que esos pactos civiles no sean abusivos para el consumidor, la Ley General de Defensa del Consumidor y Usuario señala que se considerarán abusivas las cláusulas que impongan al consumidor los gastos de documentación y tramitación que por Ley imperativa correspondan al profesional.

Y aunque la ley no cita expresamente la plusvalía -ya que no es propiamente un gasto derivado de la preparación de la titulación- en ese pacto civil el vendedor no puede imponer al comprador que abone la plusvalía ni otros conceptos que no corresponden al comprador. Es decir, en los pactos civiles siempre habrá que negociar. Así al menos se pronunció la Audiencia Provincial de Palencia en su sentencia de 21 de enero de 1994 al declarar abusiva y nula la cláusula que obligaba al comprador a pagar la plusvalía.

Una excepción: en Navarra la plusvalía se cobra al comprador."

Bueno, parece que podríamos negarnos a pagarla, y aunque si hubiéramos escriturado en fecha probablemente nadie se habría preocupado de buscar un abogado para denunciar por esta claúsula, ya que vamos a entrar en materia por su exquisita puntualidad, pues mejor reclamar algo que no es justo, ¿no?
Por cierto, la semana que viene tenemos cita con un abogado, os iremos contando
Animo y un abrazo
 
S
sandres
12/01/2006 17:04
Hola a todos.

Respecto al tema de la eleccion del notario, no es que sea abusivo que ponga en el contrato que lo elegirá Procasa, sino que es clausula nula.

Es decir, si alguien quiere firmar con otro notario por el motivo que sea, que se lo comunique a Procasa de forma fehaciente (bureaufax, carta certificada....) y Procasa no puede negarse. Esto es asi, contrastado.
 
M
maria1
12/01/2006 15:33
hola,

Yo lo que creo es que PROCASA obliga a firmar con su Notario (otra claúsula abusiva, pues por ley lo puedes elegir tú, pero ahí está) por varias razones:

1. Tendrá acuerdos con el Notario para que les salga más barato.

2. Para que el Notario con el que nos obligan a escriturar esté de acuerdo con lo que dice PROCASA, es decir, el impuesto de plusvalía según dice el contrato privado, para los compradores. En caso de que dicho Notario no esté de acuerdo con PROCASA, la promotora se puede cambiar de Notario para las posteriores promociones, por lo que perdería en Notario también.
 
A
artico
12/01/2006 10:42
Buenas sandres, en principio no es lícito si se denuncia firmar condiciones que vayan contra ley. Es decir, si estamos trapicheando y lo dejamos entre dos partes que firman una cosa para que nadie se entere, te sale bien. Pero en el momento en que una de las partes denuncia que hay algo contrario a la ley, aunque esté firmado, no pasa nada, porque lo que hacemos es solicitar en la escritura que se haga mención específica de ese punto de acuerdo a la ley, con lo que al tener un contrato privado que dice una cosa y una escritura pública que dice otra y además esa otra es lo que dicta la ley, nosotros no tenemos nada que temer.

Un saludo
 
S
sandres
12/01/2006 09:50
Gracias artico por la respuesta. ¿Y el Notario no puede decir que si tú firmaste esa cláusula es perfectamente lícito que esté en el contrato? Yo entiendo que es una cláusula abusiva, máxime cuando no se nos proporcionó otra alternativa. La verdad es que con las artimañas de esta gente vamos a tener contratar un abogado para firmar la escritura...
 
A
artico
12/01/2006 09:26
Buenos días, perdonar que en mi anterior mensaje porque confundí el fondo de la cuestión.
Trabajo en una promotora y puedo aseguraros que este Impuesto corresponde al Promotor, que es quien genera la plusvalía por el incremento de valor que ha tenido el terreno desde que lo compró hasta que ahora "nos lo vende".
Por otro lado, este impuesto no es del 30 al 40% sino en torno a un 3 a 4%, depende del terreno, superficie, ayuntamiento, etc...
Según me ha recomendado el abogado que tenemos en mi promotora, lo suyo es hacer constar en la escritura que el impuesto se liquide conforme a lo que dicta la ley, es decir, que lo paga el promotor, si el notario se niega entramos en palabras mayores, porque se podría denunciar al notario por no aplicar la ley o salvaguardar al escriturante de sus derechos.
Así pues, creo que esto no es ningún problema, porque independientemente de lo que diga procasa, ese impuesto es suyo.

Un saludo
 
S
sandres
11/01/2006 13:44
Creo que si nos negamos a pagar, el Ayuntamiento cuando vea que no se paga ese impuesto, irá a buscar a Procasa y le cobrará a la Promotora (pq por ley es quien tiene que pagar).

Ahora bien,si Procasa quiere, puede denunciarnos uno a uno y reclamar ante los tribunales que tenia pactado con cada comprador que serian éstos (los compradores) los que pagarian el citado impuesto. Y entonces pueden ganar o perder,pq aunq asi lo ponga en el contrato, pues dado que no tuvimos otra opción, sospecho que un juez podría decir que es clausula abusiva, pero no lo tengo claro.

En cualquier caso si TODOS nos negamos a pagar el citado impuesto, realmente RECLAMARA ANTE LOS TRIBUNALES PROCASA ESOS IMPORTES DENUNCIANDONOS UNO A UNO??? yo lo dudo......
 
M
maria1
11/01/2006 12:21
Buenos días a todos y Feliz Año Nuevo.
Respecto al Impuesto de Plusvalía Municipal (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, conviene mirar la página web http://www.iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=11080000), creo que nos afecta a todos, pues es un impuesto que se paga entre todos los vecinos del inmueble, y será aprox. el 30% de la revalorización de los terrenos desde la compra sobre plano (2002) hasta la actualidad. Yo adquirí la vivienda hace meses a una especuladora que lo vendió y me puso como condición que yo me hacía cargo de dicho impuesto. También he visto que en el contrato privado original de compraventa de vivienda en 2002, PROCASA menciona que este impuesto corre por parte del comprador.
En caso de que todos tengamos dicha mención del impuesto, primero tenemos que saber a cuanto asciende esta revalorización del terreno, luego calcular aprox. el 30-40 % de dicha revalorización, y por último repartir dicha cuantía entre los vecinos según porcentaje de vivienda adquirida respecto del total.

Ahora bien, yo veo 2 posibilidades, que entiendo debemos hacer conjuntamente todos los vecinos:
1. Pagamos el impuesto.
2. Debido al retraso en entrega de vivienda, nos negamos a pagar dicho impuesto, en cuyo caso, el Ayuntamiento obligará al vendedor, es decir a PROCASA, a pagar dicho impuesto.

No sé si estoy en lo cierto en todo esto, pero es lo que creo firmemente. Un saludo a todos.
 
S
sandres
11/01/2006 12:11
Lo estuve consultando con el contrato ayer por la tarde. Según el contrato corre a cargo del comprador el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. Es este importe del que no tengo ni idea de lo que puede suponer. Perdonad por la confusión. ¿Sabéis algo de esto? ¿Tenéis vosotros esto en vuestros contratos?

Gracias y un saludo
 
A
artico
11/01/2006 10:09
Buenas, la plusvalía no afecta al valor catastral, ten en cuenta que este impuesto lo que te grava es el beneficio que se ha sacado entre precio de compra y precio de venta, y como dice igonlab lo paga el vendedor porque es quien saca el beneficio, además que es la responsabilidad del vendedor tributar sus cuentas, no va a ser el comprador quien liquide los impuestos del vendedor.

un saludo
 
S
sandres
10/01/2006 16:30
Es que no sé si se trata del incremento de valor catastral de los terrenos, en este caso...
 
J
jgonlab
10/01/2006 16:00
Hola!
Creo que la plusvalía es un impuesto que grava al vendedor de una casa por el beneficio que obtiene en esa venta. La tributación es grande: creo que el 48% si la venta es el primer año y 15% si es después. El tanto por ciento siempre es sobre el beneficio. Yo tengo entendido que siempre lo tiene que pagar el vendedor (otra cosa es lo que dices, que siempre pueden elevar el precio del piso...). Solo grava a los pisos de 2ª mano.

Saludos
 

Fin del hilo
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