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T
tbg
17/09/2007 09:45

MEJORAS PISO

1.161 lecturas | 11 respuestas
HOLA A TODOS
QUERIA SABER SI ALGUIEN HA CAMBIADO EL LAVABO. YA SE QUE EN LAS NORMAS DICE QUE NO O PEDIR PERMISO PARA CUALQUIER CAMBIO, PERO COMO ES UNA MEJORA..

UN SALUDO
 
NIKITA26
NIKITA26
27/09/2007 15:10
ENTONCES TODO AQUEL QUE HAYA PUESTO MUEBLES EN LA COCINA...CLARO ESTA HACIENDO JUEGO CON EL MOBILIARIO YA EXISTENTE......QUE HACE SI ALGUN DIA TIENE LA POSIBILIDAD DE COMPRARSE UN PISO??
SE TENDRA QUE LLEVAR LOS MUEBLES,POR QUE UNA COSA ESTA CLARA,SI YO LO PAGO....YO ME LO LLEVO QUE PARA ESO ES MIO...NO TE FASTIDIA!!!
O QUE PASA? QUE SI CAMBIAS UNA COSA SI LES INTERESA PERO SI LES CAMBIAS OTRA NO??? VAYA LISTOS...
BESOS
 
M
marxx
27/09/2007 14:04
Claro, lo importante es que el personal viva con el miedo permanente de que por el hecho de cambiar un cuadro de sitio se le puede echar de la vivienda....¡ Que vergüenza!...

Pero claro como son lentejas....ya se sabe.

Un Saludo!


 
T
tbg
21/09/2007 13:16
Hola a todos. Ayer estuve en la emv para recoger la copia del contrato y preguntar varias dudas (algunas de ellas las consulté en este foro).
Me han dicho que no puedo cambiar el lavabo, ni nada que se especifique en las normas. Que pueden hacer una inspección y ser motivo de baja en el contrato.Le pregunté con qué frecuencia hacen inspecciones y me dijeron que puede ser mañana, en seis meses o nunca.....al igual que la revisión del contrato....

Un saludo
 
NIKITA26
NIKITA26
19/09/2007 12:56
vinieron a mi casa por lo del tema de los desperfectos...y ahi fue cuando pregunte lo de los cambios y demas historias...el tio que vino que era de la EMV me dijo que el tambien tiene una casa de estas y que el ha hehco las reformas que ha querido ya que son mejoras para el dia de mañana si otro inquilino viene a vivir....es mas ...unos vecinos mios pusieron las rejas por dentro de su casa y cuando se fueron,ahi se qudaron las rejas...anda que la EMV dijo ...nooo llevatelas que son tuyas!!!
a ellos lo que les interesa es que no les cambie la estructura del piso pero por lo demas.....que se paseen por el numero 2 y que miren los bajos....hay algunos que su casa no parece ni la misma que cuando se la dieron...levantaron el suelo,lo pusieron de baldosas...los muebles de la cocina...el cuarto de baño...ufff ya lo quisiera yo para mi ese piso y no el mio...y tienen las mismas habitaciones pero pintan mejor reformado que no tal y como estan...

eso si...te exigen que si dejas el piso todos los agujeros que hayas hecho de colgar muebles o demas historias ,lo dejes como estaba, sino te descuentan los gastos por reparacion.....me refiero a agujeros en baldosas...hechos por ti y en paredes...en cuestion de pintura y demas a mi no me han dicho nunca nada...y en cuanto tenga dinero,cambio la caldera...eso esta muy claro.
besos
 
A
Antz124
19/09/2007 12:28
Solo han venido una vez a hacer una inspección, pero no pasaron de la puerta de casa.

Saludos
 
T
tbg
19/09/2007 09:29
"y han venido a mi casa y me dijeron que eran mejoras,por lo tanto revalorizaban la vivienda para mas adelante si pasaba a otro inquilino.. "

GRACIAS A TODOS POR LA RESPUESTA. MAÑANA TENGO QUE IR A LA EMV A RECOGER EL CONTRATO Y PREGUNTARÉ TODAS MIS DUDAS.
RESPECTO AL MADO DEL GARAJE ¿HABLO CON EL CONSERJE O CON EL ADMINISTRADOR?¿HAY ALGUN PRESIDENTE O RESPONSABLE DE CADA PORTAL?

NIKITA26 DICE QUE "CUANDO VINIERON A SU CASA"....¿ME PODIAS ACLARAR SI LA EMV HACE VISITAS PARA VER COMO ESTAN LAS VIVIENDAS?

BS
 
R
rubia01
18/09/2007 16:19
Yo pedi permiso para poner mueble en el baño y quitar el pie y para muchas cosas más y lo del mueble de baño me lo denegaron igual que poner el aire acondicionado por fuera de casa. Si lo quiero poner tiene que ser en la terraza.
 
J
jaimerr
18/09/2007 07:37
...nikita, estamos hablando de una reparación de emergencia por un daño no ocasionado por el inquilino.
Se trata de un defecto de construción que la EMVS debería de reclamar a la constructora. Pero mientras tanto, a cumplir con la ley...todos!

Nikita, no te fies de lo que te cuentan por ahi, fiate de lo que dice la ley que es lo único capaz de mover a la EMVS. Y del administrador fiate aún menos.

Salu2!
 
NIKITA26
NIKITA26
17/09/2007 20:36
tbg.....a mi personalmente me dijo uno de la EMV que todos los arreglos iban a cuenta del arrendador y que se podian hacer sin hacer ningun cambio de la estructura de la casa....me explico...tirar tabiques??...noooo..jejeje
por lo demas todo lo que se haga va en mejora de la casa sin posibilidad de reclamar nada a cambio y por supuesto en caso de abandonar la vivienda se queda como mejora de la misma...yo se de algunos que han cambiado hasta los suelos y las paredes...azulejos y baldosas...por lo tanto...
detodas formas si te quieres cerciorar,preguntaselo al administrador...aunque lo mas seguro sera que te diga que no...ya que tiene dada la orden de negar cualquier posible cambio...
segun me dijo este hombre...era por el hecho de que muchos de os inquilinos tenian por costumbre quitar los sanitarios y luego venderlos...y por eso no dejan hacer reformas...pero yo las he hecho y han venido a mi casa y me dijeron que eran mejoras,por lo tant revalorizaban la vivienda para mas adelante si pasaba a otro inquilino..
besos
 
J
jaimerr
17/09/2007 20:32
mándales una carta por correo certificado con acuse de recibo en la que digas algo asi:

"En virtud de lo dispuesto en los puntos 1 y 3 del Art.21 de la LAU, les solicito me sea abonado el importe de la reparación de emergencia que he tenido que realizar...."

Pon también cuando y como pusite estos hechos en conocimientos de la EMVS y que por parte de la EMVS nunca se te ha solicitado la verificación del estado de la verja.

Si tienes fotos del estado en que se encontraba la verja, guardalas bien por si acaso.

A ver si van aprendiendo a cumplir con la ley. Que nosotros SI la cumplimos cuano pagamos religiosamente la renta del alquiler y los gastos de comunidad.

Salu2!
 
J
jaimerr
17/09/2007 20:24
Pecks, estás en tu perfecto derecho de que se te abone el importe de la reparación de emergencia que has realizado.

Como veis, la EMVS incumple la LAU sistemáticamente...

Artículo 21. Conservación de la vivienda

1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

[...>

3.El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.
 

Fin del hilo
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