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P
PICK
05/02/2004 19:10

EN CONTRATO- COMPRAVENTA NO REVISAN LOS REQUISITOS

¿El contrato de compraventa incluye cláusulas de revisión de requisitos económicos periódicamente?

5.984 lecturas | 16 respuestas
Hola vecinos, ¿Alguien sería tan amable de decirme, en el caso de que tuvieráis ya el contrato de compraventa, si en el mismo se incluye alguna claúsula por la que la EMV tenga la potestad de revisar el tema de los requisitos económicos periódicamente?.

Gracias anticipadas por la respuesta.
HOLA A TODOS, OS PASO UNA PREGUNTA QUE HICE EN EL FORO VECINO DE COMPRAVENTA Y LA RESPUESTA QUE ME HA DADO UNO DE LOS VECINOS. TRAS LA LECTURA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: SI EN COMPRAVENTA NO PONE NADA DE REVISAR LOS REQUISITOS (Y PODRÍA PONERSE) POR QUE NOS VAN A PONER REVISIONES A NOSOTROS????


Asunto
RE: CUESTION SOBRE EL CONTRATO DE COMPRAVENTA Remitente
mongal® Enviado
3/2/2004 11:28
Ayer yo fuí a firmar el contrato de compraventa de mi promoción y me lo leí casi en su integridad y no ponía nada al respecto.
Sólo se te revisará tu situación económica de nuevo a la firma de las escrituras de tu vivienda en el caso de que quieras solicitar las ayudas que la CCAA de Madrid facilita por adquisición de vivienda, a las que tendrás derecho siempre que la base imponible de tu sueldo no sobrepase 3.5 veces el SMI.
Saludos.

 
I
isas
14/09/2010 19:36

Sigues por ahí madrid 30, que ocurrió finalmente, estoy en tu misma situación y tengo las mismas dudas, agradecería que pudieras ayudarme.

Un saludo

 
Chis10
Chis10
31/03/2010 21:02
Gracias Dhuray. Me has aclarado muchas dudas.

Quiero hacer las cosas bien, sin caer en ilegalidades, ni con la emv ni con hacienda.
Mi pareja y yo, supongo que como muchos aquí, llevamos más de 5 años apuntados y nunca nos ha tocado nada; y ahora que hemos tenido esa suerte, no quiero fastidiarlo.


Gracias de nuevo;-)
 
Chis10
Chis10
30/03/2010 22:23
Gracias Dhuray.
En realidad el adjudicatario es mi chico, presentamos la solicitud por separado, para tener más posibilidades.
Mi pregunta es, que aunque sea el sólo el adjudicatario, si hacen una inspección o si me empadrono en la vivienda, tendrán en cuenta también mis ingresos.

Por cierto ¿puedo empadronarme en la vivienda aunque no figure en el contrato? ¿y podré pedir deducción por alquiler para el ejercicio 2010?

Muchas gracias.
 
Chis10
Chis10
30/03/2010 11:03
Hola a todos.
Una pregunta; me acaban de adjudicar una vivienda de arrendamiento.
Según leo en el reglamento vigente de la emv, el límite es 2,5 el iprem ( calculado con la base imponible x 0,8 si son una o dos personas las solicitantes).

Mi pareja vivirá conmigo, pero en ese caso nos pasaríamos del límite establecido de 2,5.

¿qué me aconsejáis hacer? ¿es mejor que mi pareja no se empadrone en la viviend adjudicada? ¿alguno estáis en este caso?

Gracias y un saludo.
 
Y
yolcar
11/03/2010 16:05
Hola,
Se supone que estas viviendas nos las conceden porque cuando las solicitamos no tenemos vivienda en propiedad y no tenemos recursos para comprarnos una en el mercado libre. Eso implica que mientras disfrutes de esta vivienda no puedes hacer ningún tipo de negocio con ella (como realquilarla) o comprarte otra casa.
Si la vivienda se queda pequeña porque has tenido hijos la EMVS te dice que vuelvas a entrar en sorteo para otra promoción y a ver si hay suerte.
En cuanto a las revisiones de la EMVS... pues sólo ellos saben qué pedirán el día que quieran vender las casas... supongo que certificado negativo de titularidad de viviendas, ver las cuentas bancarias para comprobar que no te ha tocado la lotería... y cosas así
 
M
MADRID30
12/02/2009 20:46
BUENAS TARDES:
POR FAVOR VOY A SER FUTURA VECINA DE UN PISO DE LA EMV, QUISIERA POR FAVOR SI ALGUIEN ME PUEDE DECIR, QUE PASA SI NO VIVES EN LA CASA,OS CUENTO MI CASO SOY ADJUDICATARIA DE 1 DORMITORIO Y SE ME QUEDARA PEQUEÑA CUANDO TENGA HIJOS, CON LO CUAL QUIERO SABER Q ME PASARIA SI ME VOY A OTRO PISO, AUN NO HE FIRMADO EL CONTRATO DE COMPRAVENTA ,Y SI ALQUIEN ME PUEDE DECIR Q PONE EXACTAMENTE EN LAS ESCRITURAS, PARA VER Q LIMITACIONES TIENE SI SE PUEDEN ALQUILAR AL PRECIO DE LA CAM O SI SE PUEDE DESCALIFICAR EN CUANTOS AÑOS.

Si me podeis decir, q pone en el pliego de condiciones.
SI el servicio de inspeccion va a las viviendas, sabeis q pasa si no vives en ella? ¿ si se pueden alquilar con el permiso de la Comunidad de Madrid?
Si alquien pudiera colgar el pliego de condiciones de las escrituras, lo agradeceria.
Tambie preguntaros el tema de realojos, si en vuestro bloque hay viviendas de gente realojada de etnia gitana.
Y veo q como siempre hay problemas con la emv y pasan de arreglar cosas no?
El servicio de inspeccion cada cuanto tiempo acude y que pide?

Espero me podais ayudar.Gracias,PORQUE NO SE SI RENUNCIAR A LA VIVIENDA
 
A
AYLA146
25/09/2007 10:06
Hola a todos, querria aprovechar esta conversacion para preguntaros si alguno sabeis en que condiciones venden las viviendas, es decir, entrada, mensualidades etc...son precios asequibles como con los alquileres o no nos libraremos de soltar mucha pasta en el caso de que nos ofrezcan las viviendas para comprarlas. Ademas es provable que el dia que nos las vendan me encuentre trabajando en el extranjero, pensais que tendré problemas para conseguir el prestamo etc. Muchas gracias por vuestra ayuda.
 
7
75ycia
24/09/2007 23:45
Pues no se que creer, si ellos no lo tienen claro... yo lo que se es que como no firmemos el contrato de comparaventa antes del 29 de Junio de 2007, no cumplo requisitos...
 
D
draw
24/09/2007 18:21
yo os puedo decir de primera mano ( pq me lo djo la chica de la emv a la cara) que no tienen nada claro, ni si haran revisiones , ni si los venderan , etc.
y que ven muy raro que en el tiempo de alquiler ( es decir 10 años) estos pisos se los quiten a sus actuales adjudicatarios y una vez pasados esos 10 años no saben si seguiran de alquiler ( teniendo preferencia nosotros) a seran de venta (teniendo preferencia nosotros tambien) palabra textuales de la chica de la emv. es mas no tienen claro el poderlos vender antes de los 10 años.
es decir no saben nada.
es mas hay por lo menos que yo conozca un piso vacio desde hace casi 2 años y hay sigue sin ocupar, como para echar a la gente
 
B
beatM
24/09/2007 17:00
a nosotros nos adjudicaron la vivienda de venta en sanchinarro VIII en diciembre del 2005 (hablo del sorteo) y el contrato lo firmamos en mayo de 2007.
pero todo depende del ritmo de trabajo de la emv y de el orden que sigan con las diferentes promociones.
nuestra solicitud se hizo con la renta del 2003 y a la firma de contrato nos pidieron de nuevo la declaración (la del 2006).
a la entrega de llaves ("noviembre 2008") vuelven a pedir declaracion, supuestamente solo para tramitarnos las ayudas de la comunidad de madrid pero nadie nos asegura que si en el 2007 nos pasamos, no nos la puedan quitar (eso nos han dicho)
 
7
75ycia
24/09/2007 16:08
Buenas tardes, tengo una pregunta, nosotros somos adjudicatarios de una vivienda en carabanchel, en regimen de venta ; la pregunta es la que sigue,
Cuándo se hace el Contrato de compraventa? ya que ahora mismo mi situación es que me paso de ingresos en el 2007, por lo que tendría que hacer el contrato de compraventa antes de Junio de 2008 para así presentar la renta del 2006. Desde la primera firma hasta el contrato de compraventa, cuánto tiempo pasa?
Gracias,
 
A
Anto_Carol
06/02/2004 10:11
Hola, tened por seguro que haran revisiones y si pasas de 3.5 veces el SMI, dejaras de cumplir los requisitos por los cuales te adjudicaron una vivienda en régimen de alquiler. Noticia de primera mano por teléfono con la EMV.
 
P
PICK
06/02/2004 09:51
Creo que es bueno que quede claro que tanto el contrato de compraventa como el del alquiler de la EMV son contratos especiales (contratos "privados" con una administración pública), pues si no no se explica que en compraventa una vez firmado el contrato de compraventa no puedas disponer del piso durante un tiempo (es decir, lucrarte con su reventa, lo que con otros pisos podrías hacer). Por consiguiente, perfectamente la EMV que tiene la sarten por el mango podría introducir las claúsulas de resolución que quisiese para resolver el contrato, entre otras y en lo que aquí interesa el de revisar cada X tiempo los requisitos económicos.

Lo mismo podrían hacer los promotores privados, es decir, lo de introducir determinadas claúsulas en el contrato de resolución, lo que ocurriría es que nadie compraría dichos pisos porque como indicas si el piso y lo pago a su precio de mercado en ningún momento aceptaría que se pudierá resolver el contrato (salvo por falta de pago)..

Pero debe mantenerse presente que no nos encontramos ante promotora privada y que la EMV podría imponer unilateralmente en los contratos las condiciones que estimara conveniente y tanto en compraventa como en alquiler no quedaría otra cosa que firmar sin más, ya que sino se daría por no aceptada la adjudicación y se pasaría al reserva.

Si he destacado la respueta que se me dió en otro foro es porque aunque en el tema del cumplimiento de los requisitos económicos Compraventa y Alquiler es igual según normativa EMV (salvo en la importante diferencia de 5,5 y 2,5 SMI) es "relevante" que en el contrato de compraventa no se haya introducido nada respecto a la revisón.....

Hubiera preferido poder contactar con los de la primera promoción de alquiler pero a falta de pan.....


es mío podría exigir



Hay que tener en cuenta que somos nosotros lo que acudimos a la EMV y que


 
A
amago45
06/02/2004 09:28

contrato de compra-venta implica que cuando tu firmas el contrato, !! el piso es tuyo !! creo que no te pueden echar de tu propio piso.

contrato de alquiler, el piso es del arrendador y puede alquilar y hacer con él, lo que le de la gana, no durante el periodo en que esté alquilado, pero si pone la clausula que deberás cumplir unos requisitos para poder alquilarlo, pues la tienes que acatar.

creo que no cambiamos el chip entre lo que es alquilar y comprar, y por duro que sea, son pisos destinados al alquiler y no destinados a la venta.
 
P
PICK
06/02/2004 09:09
Hombre, en el contrato de compraventa podría perfectamente introducirse a la firma una claúsula en virtud de la cual cada X tiempo la EMV pudiera revisar los requisitos del económicos del propietario y si estos hubieran cambiado resolver sin más el contrato. Sobre todo porque como dice Migguel la Ley establece también para los contratos de compraventa la causa de resolución por incumplimiento de los requisitos, claro que si pone eso la Ley pero en el contrato no se dice nada ni se revisan los requisitos, pues eso, los de compraventa no tendrán ningún problema.
 
Miggel
Miggel
05/02/2004 19:34
En la normativa de compraventa pone en "Causas de resolucion del contrato de compraventa" algo como se resolvera en caso de dejar de cumplir los requisitos para el acceso a este tipo de vivienda. Estoy hablando de memoria, se puede consultar en la pagina de la EMV o si no en el paquete de documentos que nos dieron cuando echamos la solicitud.
La cuestion es como dices porque este tema es para unos si y para otros no, porque no creo que a ninguno de los de venta les digan que le vuelven a comprar el piso.
Es muy raro.
 

Fin del hilo
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