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Gonsaaalo
Gonsaaalo
02/03/2010 15:41

Subvenciones

¿Deberíamos optar por la subvención de vivienda de la CAM?

3.034 lecturas | 21 respuestas
Bueno chicos, he estado esta mañana en Gedeprin, para firmar el acta de la junta pasada, y ya de paso me he enterado del tema de las subvenciones.

Parece ser que con el nuevo plan de vivienda de la CAM , tenemos la opción de solicitar una subvención.

Dicha subvención, es general, es decir, que o todos pueden optar a ella o ninguno.

El importe de la subvención es del 3% al 8% según los ingresos familiares totales.

Por desgracia esto aumentaría el tiempo para liberar la vivienda de 15 a 30 años, y puede darse el caso de que uno de los cooperativistas supere el importe máximo de ingresos familiares, no pueda acogerse a ninguna subvención y pese a ello su vivienda sea protegida durante 30 años.

Este tema es probablemente la decisión más importante de todas las que vamos a tomar, así que hay que analizarla detenidamente, por supuesto se votará y nos tendremos que acoger a la decisión de la mayoría.

En mi opinión, estudiando mi caso, (vivienda de 4 dormitorios), tendría una subvención de entre 6700 y 19.000 euros, que evidentemente son considerables, pero que al añadirlo a la hipoteca la diferencia a pagar cada mes pueden ser unos 70euros, y sinceramente prefiero por ese precio tener una vivienda libre 15 años antes, porq nadie sabe como estaremos entonces...

¿¿Qué opinais??

 
MOREDILY
MOREDILY
29/03/2010 17:38
HOLA A TODOS Y ESPECIALMENTE A PICOTA.SIGUIENDO SUS CON SEJOS HE ENTRADO EN LA CAM Y TEXTUALMENTE PONE
Artículo 7.- Limitaciones a la facultad de disposición

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1.b) del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, la transmisión ínter vivos o cesión de uso de las viviendas y de sus anejos, por cualquier título, antes del transcurso de diez años desde la fecha de formalización de la adquisición, cuando se hubieren obtenido por su adquisición las ayudas financieras previstas en el Real Decreto 2066/2008, requerirá la autorización de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, salvo que se trate de subasta y adjudicación de la vivienda por ejecución judicial del préstamo. No será necesaria causa justificativa alguna para la obtención de dicha autorización pero sí que con carácter previo se haya cancelado el préstamo convenido y se hayan reintegrado las ayudas estatales directas percibidas junto con sus intereses legales. OSEA..10 AÑITOS O NADA DE TIEMPO SI CANCELAS EL PRESTAMO Y DEVUELVES CON INTERESES LAS AYUDAS   UN SALUDO


:
 
slina
slina
23/03/2010 20:32

Si solicitar subvenciones, implica que las viviendas amplian los años de protección de 15 a 30 años  y/o protección de por vida, según leo en el foro. Estoy de acuero con los que esten  a favor de no solicitar la subvencion

Un saludo

 
Gonsaaalo
Gonsaaalo
05/03/2010 18:55
No sé si todos lo tienen claro Quiosme, yo desde luego si, porq prefiero poder liberar un día la casa, para poder tener un apoyo económico si lo necesito... Aunq la zona me encanta y  creo que viviré ahí muchos años!

Tenemos que hacer llegar esta información a todos, porq es una cosa que se tiene que aprobar por mayoría, y dependemos tambien de la otra promoción...
 
Quiosme
Quiosme
05/03/2010 17:21
Entonces llegado a este punto creo que tenemos bastante claro que la situacion de coger ayudas es inviable, dado que de pasar de poder vender tu vivienda en 15 años a no poderla vender nunca....

 
I
Iliturgi
05/03/2010 12:30
Intentando aclarar y gracias a la información que nos ha proporcionado j serrano:

1.- Nuestra viviendas son protegidas con régimen básico VPPB. Esto limita ciertas cosas como el precio final por metro cuadrado y la superficie máxima. También conlleva mantener el carácter de protegida por 15 años.

2.-Si optamos a ayudas, nuestras viviendas permanecerán eternamente con carácter protegido. Nunca convirtiéndose en libres.


 
sfbdudosa
sfbdudosa
05/03/2010 08:29
 Para ser mas exactos nuestras viviendas son VPPB, aunque en el documento ponga VPO esa era la denominación antigua
 
Quiosme
Quiosme
04/03/2010 21:59
Yo creo que estamos juntando varias cosas aqui,
por un lado nuestras viviendas son de proteccion publica oficial ( que es lo que pone en el doc. de la promocion de sanchinarro)

Y apartir de aqui tenemos:
1º camino: nos ofreceran mejores condiciones si nuestros pisos pasan de 15 a 30 años de proteccion oficial. Ahora bien, ¿que condiciones son? necesitamos un breve resumen.
Si elegimos esta opcion, una vez nos entreguen las viviendas ¿podremos solicitar alguna ayuda a la comunidad de madrid?

2º camino; en el caso de no requerir las ayudas y nuestros pisos perder la proteccion en 15 años. Una vez nos entreguen las viviendas, podremos solicitar a la comunidad de Madrid, una serie de ayudas economicas. Eso si lo sé ya que tengo amigos que lo han solicitado.
((Aunque se soliciten, no quiere decir que automaticamente y 100% seguro te las concedan))

Entonces yo creo que llegado a este punto y esperando no equivocarme en este tema, ¿¿Que condiciones resumidamente obtendremos si nuestra vivienda es protegida durante 30años??

Un saludo vecinos.
 
I
Iliturgi
04/03/2010 16:01
Nuestras viviendas son VPO.

Ya no existen los clasicos VPO, ahora se llaman VPPB (protección básica) o VPPL (protección limitada).

La única diferencia es la limitación del precio por metro y el número máximo de metros.

Estas denominaciones no dependen de si nos acogemos a las ayudas estatales o no.

No son viviendas libres, son viviendas protegidas. Las condiciones de protegidas siempre las vamos a tener.

El único punto a discutir, es si nos acogemos a las ayudas extras estatales que nos obligarían a no poder descalificar la vivienda en 30 años o por vida.

Por mi parte, viendo las cantidades que son, opino de prescindir de ellas.

Pero vuelvo a repetir, en cuanto al iva, desgravaciones, etc., vamos a tener las condiciones de protección independientemente si nos acogemos a las ayudas estatales o comunitarias (si las hay)
 
L
Lust
03/03/2010 21:57
Lo he puesto en el foro de promoziona, mi cooperativa, pero creo que a vosotros vecinos también os puede ayudar.Os lo copio:

Hola, para aclarar un poco os pongo el valor de nuestra vivienda con el plan 2010-2012 como VPO (Confirmado precio máximo por ley para VPO en 1940,48€, si fuera VPL aquí nos crujen seguro):

1) usar esta calculadora:

www.laviviendaprotegida.com/vp/programas/calculadorapreciosventa.php

2) Ejemplo que os pongo de cálculo con la nueva norma de los garajes:

vivienda 78 metros
1º plaza 4.5*2.5= 11.25 metros por el 50% = 5.63
2ª plaza 11.25 metros por el 40%= 4.5
trastero 5.5 *50%= 2.75

78+5.63+4.5+2.75= 90.88 metros * 1940.48€= 176.350.82€ + 7% IVA (INCLUIDO )= 188.695,37€
* aquí tengo una duda y cierta esperanza de como están diciendo bajen el IVA para VPO a 1 o a 4%

3) Sumar costes de gestoría de la cooperativa(comisión)-->12%

188.695,37€ le sumas el 12% de la gestoria = 211.338.81€

4) El dossier comercial y lo que hemos pagado está hecho con el modelo de plan antiguo, mayor metros computables por garaje (Por eso, para este tipo de piso de 78 metros, ponía un coste de 220.049€). Deberían bajar en este ejemplo el valor del piso y luchar por ello esos 9.000€. con la nueva norma.(el precio del dossier es orientativo y serían 9000 euros menos de hipoteca)

5)Pago de notario y escrituras (aquí perdonar pero desconozco que iva hay que aplicar en VPO y si hay que pagar al escriturar el 7% de IVA del valor tasado del piso o ya si esto lo hemos pagado anteriormente). Si alguien me da luz aquí se lo agradezco.

6) Aporte social de 3500 € ya realizado a fondo perdido.

Espero haber aportado. Un saludo.
 
sfbdudosa
sfbdudosa
03/03/2010 19:35
 Hola

¿Como que si elegimos VPO o VPL?
¿Es que no son ya de VPO?
 
S
sevilian
03/03/2010 18:21
Sé que las ayudas de la Comunidad no implican ampliar el período de 15 a 30 años, pero no sé si habrá ayudas disponibles dentro de 2 años.
Ni siquiera doy por hecho que habrá ayudas estatales, estando la situación tan frágil en España. Aunque supongo que las estatales no las retirarán.

Lo que si creo que he leído es que las VPPB siguen desgravando en la declaración de Hacienda. Alguien me lo puede confirmar??

Saludos
 
L
Lust
03/03/2010 10:38
Buenos días, para aclarar un poco el tema del IVA y el précio máximo (en madrid en Zona A, la mejor, estaba en 1900-1950 € metro útil en VPO precio máximo). Tmabién, yo tenía entendido que en VPL al escriturar-gestiones te podría salir el conjunto sobre un 8%-9% el valor del piso (es decir unos 20.000 euros). Si aquí el IVA es menor para VPO es un punto a volorar e informarse.

Es decir, puentos mas importantes como dije, limitación en precio por metro de VPO frente VPL y reducción de IVA. Es cierto que el IVA está incluido en nuestro precio (menos gastos posteriores de escrituras, notarías...) pero si no lo hacemos VPO y optamos por VPL, es posible que nos aumenten el precio por metro cuadrado y modifiquen los impuestos (impuestos sobre 230.000€ no es moco de pavo).

Os pongo la información a continuación. Esta es genérica y puede variar según la comunidad

Vivienda protegida

Las viviendas protegidas son aquellas que se construyen con arreglo a la normativa en vigor para facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda. Esto supone que vas a tener unas ventajas y unas limitaciones, que dependerán de la Comunidad en la que se desee adquirir la vivienda.

Superficie útil máxima de la vivienda: 90 m2.
Superficie máxima de garaje: 25 m2.
Superficie máxima de trastero: 8 m2.
Requisitos personales económicos

Generalmente,

El comprador no puede superar determinados límites de renta (33.055,67 euros).
Las unidades familiares con ingresos menores a 5,5 veces el salario mínimo, también podrán acceder a las viviendas de protección oficial. Para familias numerosas, el límite del 5,5 se incrementa hasta un 20% más. Por otra parte, las Comunidades Autónomas pueden incrementar en otro 25% el límite de ingresos de la unidad familiar, en función del precio de la vivienda en su territorio.

Requisitos personales de uso

El comprador debe destinar la vivienda a vivienda habitual, y además como norma general, no puede ser titular de otra vivienda en propiedad.

Ventajas fiscales


Reducción del IVA. El tipo medio del IVA para viviendas de protección oficial es el del 4% (incluyendo anejos inseparables de la vivienda: camarote, trastero y hasta dos plazas de garaje), frente a un 7% de las viviendas nuevas libres.
Exención del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

Ventajas económicas

Bonificación en aranceles y honorarios de Notarios y Registradores.
Las ayudas se concentran en las personas que acceden por primera vez a la vivienda y también en las familias numerosas, a las que se ayudará por cambio de vivienda a una de mayor superficie cuando aumente el número de miembros de la familia.
Se intensifican las ayudas a familias de menores ingresos, dando un trato especial a las que no superen 1,5 veces el salario mínimo.
o Ayudas a la entrada: se destinarán a familias con ingresos no superiores a 3,5 veces el salario mínimo. Estas ayudas vendrán acompañadas de una subsidiación de las cuotas de amortización de los préstamos hipotecarios para aquellas familias con ingresos no superiores a 4,5 veces el salario mínimo.
Si lo desean, las familias podrán sustituir la ayuda a la entrada por un incremento notable de la subsidiación de las cuotas de amortización.
Los jóvenes hasta 35 años recibirán además una ayuda especial de 3.005 euros para la adquisición de una vivienda. Las familias numerosas, en función del número de hijos, recibirán una ayuda especial de hasta 4.207 euros.
Limitaciones

La Administración fija un precio máximo de venta, ya sea para el promotor que la construye o para un propietario de vivienda VPO que quiera venderla e incluso alquilarla.

En algunas Comunidades, como el País Vasco, la Administración tiene incluso derecho de tanteo y retracto para determinadas viviendas. Esto significa que para poder vender ciertas viviendas VPO deben ser ofrecidas primero a la Administración, que tiene de plazo un mes para decidir si la quiere o no. En caso de que decida no adquirirla, se puede transmitir la vivienda al comprador, evidentemente al precio máximo fijado.

El incumplimiento de estas limitaciones implica la descalificación de la vivienda con carácter de sanción. Esto conlleva la imposición de multa y la devolución de las cantidades recibidas en concepto de subsidiación de intereses y subvenciones a fondo perdido, incrementadas con los intereses legales desde su percepción.

Las viviendas protegidas pueden ser de promoción pública o privada, según la personalidad jurídica del promotor. En las viviendas protegidas se distinguen diversos regímenes, en función del nivel máximo de renta de los compradores y del precio máximo permitido. Son también viviendas protegidas las viviendas sociales dirigidas a los sectores más bajos de renta.

Esta clasificación de ventajas y limitaciones de las Viviendas de Protección Oficial es general y aproximativa. Algunas de estas ventajas y limitaciones varían de una Comunidad Autónoma a otra. Por eso, si estás interesado en la compra de una vivienda protegida, ponte en contacto con los servicios de vivienda de tu Comunidad Autónoma. Así, tendrás datos más concretos para clarificar tu decisión.
 
Gonsaaalo
Gonsaaalo
03/03/2010 09:44
Según me han comentado ésta subvención en particular, ayuda exclusivamente con una aportación inicial, desconozco si existen otras ayudas para mejorar las condiciones del préstamo.

En cualquier caso, no solicitar la que estamos debatiendo, no impediría estudiar otras.

En cuanto al IVA que comentaba "Lust", desconozco cual se aplicará en las escrituras y los registros, si he visto que el que se ha aplicado a las aportaciones y a los pagos finales son del 7 %, el mismo que se aplica si es vivienda libre. Pero para que os hagais una idea, el gasto de la notaría suele ser del 2 por mil, y el registro de la propiedad unos 80-100 euros por vivienda.

Por lo que cómo el precio que os han dado a todos ya tiene incluido el IVA,  hay que añadir estos precios por vivienda (aprox):
-2D-  400€
-3D- 500 €
-4D- 560 €

*Quiero aclarar tambien, que en el caso de que solicitemos la subvención, puede que nos la concedan o no, que no es una cosa que tengamos asegurada por ser VPPO, ni mucho menos.

Saludo, y por cierto que se me olvidaba...BUENOS DÍAS!
 
Quiosme
Quiosme
02/03/2010 22:00
Hola vecinos,

Por un lado, gracias gonzalo por todas tus aportaciones porque poco a poco podemos ir aclarando los temas.

Yo en mi situacion, he cogido la vivienda de 2D, porque basicamente me meto yo solo en el piso y bueno al igual que otros vecinos seguramente no andemos sobrados economicamente y bueno pues como es logico tengamos que mirar todo con lupa. :) Aún asi es una gran oportunidad y cualquier decision que tomemos me parecerá la acertada ;)

Respecto a las ayudas, ¿unicamente serían el primer año? esa suma de 4000 a 7000€ aprox? ¿O tambien mejorarian las condiciones del prestamo?

En mi opinion, yo creo que no es equitativo 6000€ a 15 años mas de piso restringido. Pero en mi caso, esta claro que me vendrian bien las ayudas, jeje. Asique como podeis ver, cuando terminemos de aclarar todo este tema de las ayudas seguramente nos decidamos por lo mas conveniente.

Un saludo a todos,
Juan


 
L
Lust
02/03/2010 21:50
Hola,

Según el dossier comercial y lo creo haber leido y preguntado en las páginas públicas, pone:

• La vivienda no podrá ser descalificada hasta que transcurran 15 años desde la calificación definitiva de la misma.

Estoy de acuerdo en que 30 años me parece excesivo. Por otro lado, no es que te impidan venderla, sólo que la venta es al mismo precio que la has comprado. Evita en cierta manera la expeculación, pero pone limitaciones al propietario. Claro está, por la espalda o en dinero B a saber que hace la gente para saltarse estas limitaciones.

Estoy de acuerdo que en cierta forma, la ayuda en la subrogación es muy pequeña. Pero yo no es aquí donde veo la ventaja de la VPO. Las ventajas yo las veo en que, el precio por metro util máximo está fijado por ley (creo que estaba nunca superior a 1900-1950€) y en VPL pueden subirtelo en cualquier momento con cualquier excusa (ej la coperativa función social) Aquí nunca te pueden subir siendo VPO. También en la contabilización de metros útiles (sólo se pagaun 40% en garajes y trasteros, ojo, aquí hay revisarlo con la coperativa por que esta norma es nueva, sobre el 50% anterior). Con esto quiero decir que al no ser precio libre, estamos cubiertos que nos suban el precio la coperativa como pasa en un montón de casos en VPL (sólo mirar foros y como han engañado a la gente).
También creo que en determinadas comunidades autónomas (seguro en castilla la mancha y no se si en madrid se aplica) el IVA en escrituras y demás es sólo un 1% y no el 8-9% actuales en VPL, lo cual es un ahorro importante.
Por último, según los últimos movimientos de los políticos, parece que van a apoyar bastante a las VPO. Es decir, que todo en 1-2 años nos puede cambiar, para bien o para mal, pero considero que nos podría ayudar y siempre podemos vender al mismo precio en caso de extrema necesidad.
Había alguna ventaja mas, pero estas son las principales que recuerdo. Ah, también el "paraguas" de la comunidad para obligar a hacer la casa en X meses y evitar posibles paroneso largos retrasos como en otros terrenos urbanizables.
Para mas información, leer foros de VPL de nueva construcción y la verdad que da cague. La VPO parece mas segura y con posibles beneficios economicos.

Un saludo a todos y perdonar el tocho, la verdad que tiene pro y contras y no es fácil.

 
P
picota
02/03/2010 19:35
Hola,

Soy miembro de la cooperativa de Promoziona. Quería comentar con vosotros este tema ya que es algo que nos atañe a ambas cooperativas. Al ser un mismo terreno y un mismo edificio la decisión que tome uno afecta al otro.

Personalmente creo que deberíamos arrimar el hombro y no ser mal pensados los unos con los otros, los dos tenemos el mismo interés y es que esto salga lo mejor posible.

Dicho esto os comento que he estado navegando por las páginas de la CAM y el ministerio de vivienda. Hay dos tipos de ayudas.
1)CAM: en este caso la vivienda pasa a estar protegida 30 años en vez de 15.
2) Estado: las ayudas del estado vienen reflejadas en el BOE en el "Real decreto 2066/2008". Aquí hay una presentación que resume el BOE. Si nos acogemos a las ayudas del estado la vivienda estará protegida de caracter indefinido:
"Las viviendas y alojamientos que se acojan a la financiación de este Plan, deberán estar sujetos a un régimen de protección pública, que excluya la descalificación voluntaria, incluso en el supuesto de subasta y adjudicación de las viviendas por ejecución judicial del préstamo, de la siguiente duración:
a) De carácter permanente mientras subsista el régimen del suelo, si las viviendas y alojamientos hubieran sido promovidos en suelo destinado por el planeamiento a vivienda protegida, o en suelo dotacional público, y, en todo caso, durante un plazo no inferior a 30 años."

Las ayudas del estado son:
-. Subsidios de préstamos convenidos.
-. Ayuda estatal directa a la entrada (en adelante, AEDE).
-. Subvenciones.

Yo también soy partidaria de no obtener ninguna ayuda ya que nunca se sabe qué va a ser de tu vida en 15 años, cuantos hijos tendrás o cual será tu situación personal...

 
Gonsaaalo
Gonsaaalo
02/03/2010 18:56
Volviendo a los números, el rango que recibiría el 3 % es el que va (es una aproximación) desde los 24.000 a los 32.000 euros anuales de  ingresos familiares, esto quiere decir que una pareja casada, que tenga unos ingresos de entre 1.000 y 1.300 euros al mes cada uno, sólo recibirá una subvención de 4.500 €, 6000 €, O 7.200 € para una vivienda de 2, 3 o 4 dormitorios respectivamente. 

No es mi caso, ya que yo disfrutaría del máximo tipo de subvención (mi nómina es pública para el que la quiera), así que no hablo únicamente desde mi interes sino para el de todos.

Muchas personas que han comprado una vivienda de 2 dormitorios, son parejas jóvenes que dentro de unos años formarán una familia, ¿qué pasará dentro de 10 años, cuando tengan hijos, no puedan vivir en esa casa, ni puedan venderla ni alquilarla?, recordemos que uno de los requisitos para poder solicitar VPPO es destinarla a vivienda permanente. (Nuevamente me pongo en la piel de los otros, ya que mi vivienda es de 4d)

Espero, que veais mis post como algunas ideas en qué pensar, porq por supuesto no estoy intentando convencer a nadie, sólo quiero que entre todos analicemos la mejor opción que se pueda tomar, para todas las cuestiones que surjan. (Me gusta dar mil vueltas a todo)

Y por supuesto, en el medio escrito es dificil expresar el tono de voz, que desde mi parte es siempre con intención constructiva. La compra de una vivienda a sido la decisión más importante de mi vida, y cómo todos o la mayoría estoy muy emocionado, y  deseando que todo salga bien.

Saludos
 
brooks78
brooks78
02/03/2010 18:26
Está claro que quien esté cerca del límite va a tener una subvención muy pequeña, y no tendrá problemas en no disponer de ella. También es cierto que si estas cerca del límite es porque tus ingresos son más altos que los que no, con lo cual va en la línea de no disponer de las subvenciones.

En el caso de estar muy por debajo del límite, la subvención será mucho mayor y destinada a personas que tienen menos ingresos, con lo que para todas esas personas la subvención será muy necesaria y conveniente.

Por todo ello, yo estoy en la línea de aceptar las subvenciones, considero que es la mejor solución para el bien común de todos.

Un saludo.

 
L
limataru
02/03/2010 16:51
 yo pienso que esta es una decisión muy delicada, porque no hay que olvidar que esto guste o no guste son viviendas de protección oficial, y hay que acarrear con lo bueno  (precio) y con lo malo (x años).

Hay que tener en cuenta , que hay gente que va a necesitar subvenciones, (no todo el mundo cobra lo mismo, porque los 70€ mensuales unos los notan mucho y otros nada.) y te va a decir que para que algunos puedan liberalizar el piso pronto, ellos igual se tienen que quedar sin piso, y nos van a preguntar si nosotros les vamos a pagar la subvencion.

yo prefiero liberalizarla antes, pero si hay gente que le supone problemas el llegar a fin de mes, por mi parte cambiare mi voto a la subvencion, porque  son viviendas de proteccion oficial.

Un saludo
 
Gonsaaalo
Gonsaaalo
02/03/2010 15:54

Bueno, pués por ahora somos 3 de 3 porq mi hermano (2D) también opina de esta manera.

3,15 %... ¡No queda ná! :D

 
I
Iliturgi
02/03/2010 15:50
Hola:

Gracias Gonzalo por la exposición.

Mi opinión es no disponer de las subvenciones.

Tal y como dices, el impacto en la hipoteca de la diferencia entre cobrarlas y no, es poco dinero como para que compense tener 30 años sin descalificar la vivienda, ¿alguien sabe q hará dentro de 30 años?

Obviamente es mi opinión personal y apoyaré lo q diga la mayoría.

Un saludo.
 

Fin del hilo
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