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FALopez
13/02/2007 11:05

SOBRE LICENCIA DE OBRAS MENORES

¿Cuáles son las obras menores exentas de pago de tasas según la Ordenanza Municipal Nº 5?

3.609 lecturas | 10 respuestas
En relación con un comentario efectuado en este foro sobre las licencias de obras y el pago de tasas, existe una Ordenanza Municipal, la Nº 5 TASA POR LICENCIA URBANÍSTICA en las que, a propósito de estas obras, se establece lo siguiente: A estos efectos se considerarán obras menores aquellas que tengan por objeto la realización de reformas, conservaciones o demoliciones que no afectan a la estructura, fachadas o cubiertas de edificios y no precisen andamios, siendo su tramitación efectuada por el procedimiento abreviado. No obstante lo anteriormente expuesto, precisarán de informe técnico previo las siguientes obras menores (en propiedades particulares): Rejas en viviendas. Sustitución de impostas en terrazas. Carpintería exterior. Abrir, cerrar o variar huecos en muro. Cerrar pérgolas (torreones).Acristalar terrazas. Valladar parcelas o plantas diáfanas. Tabiquería interior en viviendas o portal (demolición o construcción).. entre otras obras menores.
No obstante, en el Tipo de Gravamen aplicado, estas obras menores están exentas.
Podéis consultar las Ordenanzas Municipales en la web del Ayuntamiento: http://www.ayto-daganzo.org/ventanilla.php

 
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martinymariana
23/02/2007 17:55
Nos dijeron en el Ayuntamiento que tardaban una semana más o menos, ya que los jueves es cuando realizan las aprobaciones de los proyectos de obras menores. Y efectivamente es un 4% del presupuesto que adjuntes a la petición.

Saludos
 
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k2_cmg
23/02/2007 17:02
¿sabéis cuanto tiempo tardan en aprobarla?
 
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cyberjrincon
20/02/2007 13:26
Yo he realizado la misma consulta y el resultado es el mismo. Para poder poner rejas, es necesaria la licencia de obra menor...
He puesto en descargas el documento que da el ayuntamiento para poder hacer la solicitud, en breve estará disponible para poder bajársela...
SLDS
 
M
murciano1
15/02/2007 09:52
k2_cmg dijo:

entonces , ¿hay que pagar un 4% del valor de las rejas?


Legalmente tienes que pagar el 4 %.

También, como decía el sr. Falopez, el ayuntamiento en muchas ocasiones hace la vista gorda.

Por mi parte espero que esa "vista cansada" no tenga que ver con afinidades políticas o relaciones de amistad y que se aplique para todo el vecindario por igual.

Tampoco sabemos el importe de la sanción en caso de no solicitar el permiso pertinente y que los sres. de la Policía Local se presenten, como comentabamos en otro hilo del foro.
 
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k2_cmg
14/02/2007 19:27
entonces , ¿hay que pagar un 4% del valor de las rejas?
 
M
murciano1
14/02/2007 19:20
A una consulta igualmente sobre si era necesario obtener licencia o la manera de actuar para instalar dobles ventanas, mosquiteras, rejas y otros materiales desmontables, que no son de albañilería.

la respuesta fue:

Carmen Bedmar memilia.ruiz@ayto-daganzo.org

Cita:
En relación con su consulta de si es necesario solicitar permiso para realizar obras o instalaciones en su vivienda,

Le informo que es preceptiva la obtención de la Licencia antes del inicio de las obras,

El Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras es del 4% sobre el coste real y efectivo de la obra.



SALUDOS.


 
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FALopez
14/02/2007 10:21
En relación con este tema de las Licencias, he formulado una consulta al Ayuntamiento, a própósito de las rejas, etc... La respuesta dada por el Ayuntamiento es, la siguiente: Le informamos que para cualquier actuación en el interior como en el exterior de la vivienda necesita licencia de obra.Debe solicitar el impreso de licencia de obra menor en el Ayuntamiento.
Atentamente.
 
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FALopez
13/02/2007 23:39
La Ordenanza existe y establece claramente su alcance. Cuestión diferente es que esa Ordenanza, en el caso de este tipo de obras menores, se ejecute por parte del Ayuntamiento. No obstante lo anterior, existe. He buscado esa ordenanza por un mensaje "amenazador" vertido en este foro recientemente y que me llamó la atención. Puedo decir que en la mayoría de los casos, el Ayuntamiento de Daganzo "hace la vista gorda" en muchos de esos casos,por ejemplo, las rejas, determinados cerramientos... pero es coveniente saber que existe esa Reglamentación y después cada cual que actúe como considere más conveniente.
 
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murciano1
13/02/2007 17:34

En Madrid capital, nadie y digo nadie, pide permiso al ayuntamiento para cerramientos desmontables.

Mi experiencia en varias comunidades es la de pedir permiso a la comunidad de vecinos, donde en los estatutos de la misma suele venir reflejado este tipo de asuntos.

En mas de la midad de edificios de Madrid encontramos maquinas de aire acondicionado en las fachadas, que son ilegales, afean la vista y son contrarias a la normativa del ayuntamiento. Amen de las persianas en los miradores que están en la misma situación.

Me parece poco útil a nivel de gestión administrativa el informar al ayuntamiento de que voy a poner una doble ventana de aluminio, una mosquitera o una simple reja.

Ahora bien, si está la ordenanza así tendremos que cumplirla, aunque no nos guste.

Ahora tendremos que pedir permiso en el trabajo para quedar con el técnico del ayuntamiento y explicarle que queremos poner una reja blanca y de tipo ... mas tarde quedar con el instalador y volver a pedir permiso en el trabajo para que nos coloquen la reja. Y rezar para que le guste la reja al técnico del ayuntamiento y no nos incordie mas.



 
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Flying Scotsman
13/02/2007 14:48
Muchas gracias FALopez, como siempre, todo lo que nos cuentas nos es de la máxima utilidad.

He leído la ordenanza y debemos tenerla muy en cuenta por el tema de la rejas, cerramientos, etc.

Estamos exentos del pago de la tasa, pero hay que realizar un informe técnico. Entonces me surgen las preguntas: ¿Quién debe realizar el informe? ¿cual es el coste de elaboración del informe?

Si puedes aportar un poco más de información en este sentido te lo agradecería.

Muchas gracias y un saludo.

 

Fin del hilo
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