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J
javiycharo
28/04/2004 15:32

RENTA

¿Por qué los 8 kilos que dimos en noviembre no se pueden declarar?

501 lecturas | 3 respuestas
Hola vecinos, ¿sabéis porque los 8 kilos que dimos en noviembre no se pueden declarar? Llamé a ECOVI y me contaron un rollo patatero de IRPF o no se qué. La verdad es que tengo muy poco tiempo para hacer estas averiguaciones por cuestiones de trabajo, así que os pido que si lo sabéis, me ayudéis a resolver esta duda.

Gracias, un saludo.

Javi
 
C
crismarina
05/05/2004 23:26
En teoria no nos podemos desgravar este dinero porser en concepto de capital social. el problema es que aunque ahora colase, dentro de tres años cuando vayamos a escriturar, nosotros solo vamos a poder escriturar por el valor de los 20millones que esta tasada la VPP. y entonces es cuando hacienda si tu te has desgravado por otros 20 millones antes te puede pedir cuentas y meterte en un buen lio. De todos modos no han sido muy legales, porque cuando yo fui a la gestora me dijo que igual nos podian hacer un papel o algo por ese concepto, y ese papel no ha venido.

Nos vemos el 25
 
K
keku
29/04/2004 11:43
El asunto de la renta es importante, pero yo mucho me temo que no se puede .Los fondos son de la caja B que es casi como decir en negro, contabilidad creativa.
pero a mi ahora lo que mas me preocupa es que han realizado el primer pago con la firma del consejo rector elegido por quien.Y ese pago de "suelo" por cesion de derechos me gustaria haberlo negociado.Me parece demasiado dinero, ya lo propondre en la asamblea que creo sera en mayo, que tengamos suerte.
 
J
josell
28/04/2004 19:44
Hola Javi,
bienvenido al grupo... yo tambien les llame para preguntar lo mismo! A mi dijeron que habian hecho lo que el asesor fiscal les habia dicho.
La razon por la que han hecho esto no la se exactamente y buscando informacion por la web parece que no esta muy claro el tema.
Parece que los 8 millones iniciales han ido a parar casi integramente al concepto "capital social" y no al concepto "pagos a cuenta para la vivienda". Los pagos realizados a "pagos a cuenta para la vivienda" es indiscutible que tienen desgravacion fiscal, pero para el concepto abstracto de "capital social" el tema no esta tan claro... (en otras cooperativas las partidas se organizan de otra forma y el capital social suele ser muy poco dinero).

Mi opinion personal es que el problema parte de que una vivienda VPP tiene un precio maximo por ley, ponle que para la nuestra sea de 20 millones y nosotros estamos pagando 35 (aprox. ahora no recuerdo las cantidades exactas). La diferencia de esos 15 millones van a otros conceptos no relacionados directamente con los 20 millones de la VPP, como son: comprar el suelo (en esa zona es caro y es complicado comprar el suelo y pagar al constructor por 20 millones), pagar a nuestra gestora de la cooperativa (esta cantidad la desconozco y deberia haber venido en el contrato que firmamos), etc..
Me huele (no estoy seguro) que al escriturar nuestra casa solo podemos poner el maximo que fija el ser VPP, lo cual es una gran jodienda ya que nosotros hemos pagado bastante mas por la casa. Tambien el prestamo cualificado nos lo dan por lo correspondiente a la VPP...
En definitiva parece que lo realmente importante son los 20 millones de la VPP y no lo que realmente estamos poniendo, que es mucho mas. Parece como si los conceptos de "VPP" (maximo 20 millones) y "desgravacion fiscal" (pagaremos para la vivienda 35 millones) se estan confundiendo y nadie sabe como actuar exactamente.
Yo personalmente me voy a desgravar de todo lo que me gaste en comprar mi vivienda... me da igual que la gestora lo ponga en el concepto "capital social", "mejoras de la vivienda VPP" o lo que sea... Yo tenia una cuenta vivienda que cerre al comprar esta casa, y ya me he desgravado de bastante dinero... tal como me lo pintaba la gestora yo ahora tendria que devolver mucho dinero a Hacienda y no desgravarme nada en el 2003 y eso ademas del palo economico que me ocasionaria, no me parece justo y no creo que la ley me impida desgravarme.. no he leido la ley en detalle para asegurartelo pero si quieres asesorarte algo mas llama a Hacienda y le cuentas el caso (creo que nos interesara a muchos de los que estamos aqui): 901 33 55 33.

Otra guerra distinta, a ver si alguien sabe algo, es: ¿Que cantidades vamos a poder poner al escriturar?.. ya que las viviendas de VPP no se pueden vender en cierto periodo de tiempo por encima de unos limites que me atreveria a asegurar que estan por debajo de lo que vamos a pagar por la vivienda. Con estas leyes no me extraña que la gente pida dinero B...

Saludos y a ver si se aclara mas este tema..
Jose-Luis
 

Fin del hilo
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