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sandra123
sandra123
20/11/2008 20:21

Fiscalidad

¿Puedo recibir ayuda en temas de fiscalidad?

5.527 lecturas | 27 respuestas
Buenas

He visto en distintos foros que estaís haciendo preguntas de fiscalidad.

Si teneís alguna duda, intentaré ayudaros dando respuesta sencilla y poniendo la referencia normativa en cada caso para que podaís acceder a ella.

Saludos
 
felixfiera
felixfiera
20/12/2008 13:53
Reducción de las retenciones en el IRPF para quienes se aplican la deducción por adquisición de vivienda
¿Quién puede pedirla?
-Los trabajadores por cuenta ajena y los autónomos con ingresos inferiores a 33.000 euros anuales que se aplican la deducción por adquisición de vivienda habitual con financiación ajena en el IRPF.
¿En qué consiste?
-En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, sus retenciones en el IRPF bajarán dos puntos, a partir del 1 de enero de 2009.
-En el caso de los autónomos, se reducirán el 2% de sus rendimientos en los pagos fraccionados.
¿Cómo se solicita?
-La solicitud es voluntaria.
-Quienes ya están pagando una hipoteca pueden comunicarlo a su empresa antes del 31 de diciembre de 2008.
-Quienes compren la vivienda después del 1 de enero de 2009 deberán comunicarlo a la empresa a partir del momento de la adquisición.
Un ejemplo de como quedarían las retenciones es el siguiente:
* Contribuyente con unos ingresos de 25.000€, casado y con un hijo
Retención actual - 13,40%
Retención a partir del 1-1-2009 - 11,40%
Aumento de sus ingresos en 2009 - 500 euros

Mi duda es...¿y si somos 2, cuéntan los 2 sueldos para los 33.00 €?
 
bbravo
bbravo
19/12/2008 10:25
jtmi dijo:

Imagino que no se puede desgrabar por las 2 cosas, verdad??


Hola,
Tengo entendido que el límite es común. Es decir, si metes 5000 euros en la cuenta ahorro vivienda y pagas 5000 te puede servir, pero sólo hasta llegar a la suma de los
9.015,18 euros.
 
felixfiera
felixfiera
17/12/2008 23:43
Me gustaría saber qué préstamo hipotecario han ofrecido a las promociones que van a entregar en poco tiempo.
A la mía nos han ofrecido un Préstamo Hipotecario Libre Euribor + 0,85 con La Caixa
No me parece muy ventajoso...
 
jtmi
jtmi
17/12/2008 14:02
Hola,
os expongo mi caso.
Me acabo de abrir una Cuenta Vivienda. Meteré antes del 31 de diciembre los 9.000+IVA q nos piden de primer pago.
Haré el pago en enero. Entonces en la declaración que haga este próximo año (la del 2007), me desgrabaré por esa Cuenta Vivienda.
Ahora vienen mis dudas... sigo metiendo el resto del dinero en la cuenta vivienda, para el resto de pagos que tenemos que hacer hasta completar el 20%, y me desgrabo en la declaración del 2008 por esa cuenta, o paso de la cuenta y me desgarbo por compra de vivienda??
Imagino que no se puede desgrabar por las 2 cosas, verdad??

Muchas gracias!
 
david12
david12
15/12/2008 22:19
pepe79 dijo:

Hola que tal, Alguien sabe cuanto son los gastos de escrituras, notario etc que hay que pagar cuando nos den el piso? En vivienda libre mas o menos es el 10% del valor de la vivienda, pero en los de proteccion no tengo ni idea, se que es bastante mas barato pero no se nada mas. Si alguien sabe algo o algun enlace con alguna pagina o simulador de hipotecas que te lo calcule, muchas gracias


En vivienda libre es un 7% de IVA (o impuesto de transmisiones patrimoniales) + Notario, Registro, Gestoría y demás impuestos. En total aproximadamente un 10%.

Aquí el 7% de IVA lo tendremos que pagar seguro. Eso si, si luego sólo hay que pagar 1400€ por los otros gastos es una buena noticia porque unos eurillos si que nos ahorraríamos ;-)
 
Hadala
Hadala
15/12/2008 21:24
Hace un par de años pagaron 1400 euros. Un chollo en comparación al 10% de lo que cueste la vivienda. Nos ahorramos unos millones.
 
P
pepe79
15/12/2008 19:23
Hola que tal, Alguien sabe cuanto son los gastos de escrituras, notario etc que hay que pagar cuando nos den el piso? En vivienda libre mas o menos es el 10% del valor de la vivienda, pero en los de proteccion no tengo ni idea, se que es bastante mas barato pero no se nada mas. Si alguien sabe algo o algun enlace con alguna pagina o simulador de hipotecas que te lo calcule, muchas gracias
 
Hadala
Hadala
13/12/2008 18:58
El hilo es estupendo, pero sigo con dudas!

Personalmente tengo 2 opciones, como todos:

1.- Meter 9000 euros en la CAV ahora en el 2008 y pagar la entrada de la casa en Enero.

2.- Pagar directamente la entrada en este 2008. y pasar de la CAV.

Y otra cosa, entonces el dinero que tengo ya metido en la CAV de estos años, para qué los puedo usar!? ya que si pago con ellos la hipoteca, o lo que fuera, no podría declararlo, ya que de ese dinero YA lo he hecho. No!?
 
D
DDA
11/12/2008 11:12
Buenos días Sandra123

Yo tengo que aportar los 9630 euros del primer pago. No se si sera en este año o si el plazo es mayor, hacerlo ya en el 2009, pero ¿me conviene meterlos en la CAV para deducirlos o el mismo pago a la EMVS ya es deducible?

Espero haberme explicado.

Muchas gracias y un saludo
 
S
superjavi_h
25/11/2008 13:03
bueno, leyendo el foro me va quedando un poco más claro el tema de las cuentas vivienda. Por lo que se ve, sólo se puede deducir como "inversión en vivienda" aquellos euros de la CAV que no se usaron en deducción como "aportación a cuentas vivienda", ¿no? Bueno, esa era una de mis dudas... Me queda claro que el tema funciona así.

Tengo otra. Se supone que la norma de las CAV dice que, llegado el momento, todo su contenido debe de usarse en comprar vivienda o reformar la habitual.

Supongamos un caso típico de 4 años ahorrando 9000, y habiendo desgravado cada uno de los 4 años por ese máximo, no quedando nada por desgravar. La CAV tiene 36000 euros. La EMVS pide 9000 de arranque, supongamos en 2009. Imaginemos que son los únicos 9000 que piden en 2009.
Entonces, esos 9000 salen de la CAV, con lo cual no se pueden deducir. En este caso, ¿cómo admite Hacienda que la cuenta vivienda "se ha cerrado bien, gastando todo en vivienda", si de los 36000 sólo ha visto salir 9000? ¿Se espera unos cuantos ejercicios más a ver cómo se vacía la CAV? Es decir, ¿esperaría a ver que por ejemplo en 2010 hubiera otros dos pagos, cada uno supongamos de 6500 euros? y aún así no se ha gastado todo... Igual la cuenta no se vacía hasta que entren las primeras cuotas hipotecarias.
Supongo que esto en realidad no funciona así... Bueno, a ver si alguno lo tenéis más claro que yo.
 
sandra123
sandra123
25/11/2008 01:04
blanca ensanche dijo:

Aquí va mi duda: Ni mi marido ni yo tenemos CAV (yo tuve que cerrar la mía hace unos años ante la imposibilidad de comprar), pero nos han asignado un piso en esta convocatoria, así que pensábamos abrir una antes de fin de año. He leído en este foro que conviene que nos abramos una cada uno, pero yo tenía entendido que aunque nos abramos dos diferentes, al ir a parar el dinero a una única vivienda, sólo nos podríamos desgravar por la mitad de las cantidades. Mi duda por tanto es si realmente se multiplican por dos las desgravaciones, o al final fiscalmente da lo mismo. Gracias sandra por tu ayuda.


Hola Blanca

Los dos podeis aportar este año el máximo a la cuenta vivienda. 9000euros cada uno, total 18000 euros.

-Si el año que viene teneís que dar cualquier cantidad superior a 18000 os compensa.

Ejemplo. Os toca pagar el año que viene 27000 euros a los 2. Ya os habeis deducido por 18000 euros de la CAV en 2008, entonces os podeis deducir por la diferencia en 2009, (27000-18000), 9000 euros a dividir entre los 2: 4500 cada uno en 2009.
Habría sido: en 2008 cada uno 9000 (el máximo) y en 2009 cada uno 4500

Ejemplo2:Si os toca pagar 36000 euros el año que viene:
-No os podeis deducir de lo ya deducido, los 18000 de la CAV de 2008, pero si de la diferencia ya sea por pagos a promotor o compraventa, mas gastos de la mismas, notaria, escrituras,etc,,,. Entonces de esos 18000 euros (36000-18000 euros)cada uno 9000 euros.

En el caso de que firmes compraventa en 2009 si dispones de dinero siempre puedes llegar al máximo porque puedes amortizar parte de hipoteca hasta llegar a esa cantidad en diciembre 09. Esto es para el caso de que s firme la hipoteca durante 2009.(siempre habrá que ver si cobran en los prestamos por amortizar, normalmente no, porque les interesa tener menos prestamos. Habrá que mirar las condiciones de el prestamo cualificado).

Siempre vais a aportar por mitad porque lo comprais juntos pero si el año que viene se paga una cantidad importante conviene. En este caso si ningún tiene cuenta vivienda basta que supere los 18.000 euros para que os compense.

Es bueno que se haga un calculo con el programa de la renta para que veas la diferencia de tenerla en tu propia declaración. Se puede descargar el programa de 2007 en "www.aeat.es" para que hagas los calculos.

http://www.aeat.es/wps/portal/Informacion?channel=f37a08ac40bca010VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=2&img=7


Saludos
 
sandra123
sandra123
24/11/2008 22:37
Hola Gauchito

Sinó recuerdo mal el año pasado (2007)aportaste 12000 euros de los que solo te has deducido 9000 en la declaración de IRPF de 2007. Este año no puedes deducirte por lo que te pasaste porque así lo dice la norma.

Entonces, si este año 2008 aportas a la CAV otros 9000 euros , te deduces el máximo para la declaración IRPF el máximo, los 9000 euros.

Y pensemos en el año que viene 2009, vas a pagar 27000 euros.

Pues hacemos calculos:

Vas a dar 21.000 euros de la CAV a esos pagos (los 12000 del2007 y los 9000 del 2008), de los que solo te has deducido s 18000 euros.

Pues ahora podrías deducirse del saldo de la cuenta vivienda lo que nunca te dedujiste, los 3000 euros más la diferencia de los 21000 hasta los 27000 , es decir otros 6000 euros, total 9000 euros para el 2009, el máximo.

Si vas a dar esa cantidad el año que viene, como puedes ver, te sigue compensando meter en la cuenta vivienda este años los 9000.

Así te deduces, el máximo en 2008 y el máximo en 2009.
(Eso sí el año que viene ya no hace falta que metas en Cuenta vivienda, porque en el 2009 destinas todo el saldo de la CAV a los pagos a promotor y compraventa)

Saludos
 
sandra123
sandra123
21/11/2008 23:19
Perdonar, pero he visto otro foro en esta promoción de la 18EMV sobre AYUDAS así que lamento haber contestado en este, no me había dado cuenta. Así que todo el hilo de las ayudas lo seguimos contestando en el otro foro,ok?

Saludos
 
sandra123
sandra123
21/11/2008 23:15
Las ayudas que se pueden pedir según indican en munimadrid:vivienda son las siguientes:

Pongo el link:

http://www.munimadrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.236ae1c4f6e0b0aa7d245f019fc08a0c/?vgnextoid=7fcf78d4dfaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=8db7566813946010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

IMPORTE DE LA AYUDA: mediante Cheque - Vivienda Venta por cuantía equivalente a uno de los siguientes porcentajes aplicable sobre el precio de la vivienda:
Para VIVIENDA CON PROTECCIÓN PÚBLICA BÁSICA (VPPB):
- 10 % para ingresos familiares de hasta 2,5 veces el IPREM
- 7 % para ingresos familiares de entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM
- 5 % para ingresos familiares de entre 3,5 y 5,5 veces el IPREM
- 10 % si el adquiriente o promotor individual es titular de familia numerosa

Para VIVIENDA CON PROTECCIÓN PÚBLICA DE PRECIO LIMITADO (VPPL):
- 7 % para familias numerosas

Así pues las VPPL que no sean por familia numerosa no tienen ayudas.

Asimismo, según se comenta, estas son las ayudas que se publicaron para el plan vivienda 2005-2008. Con lo cuál para el 2009 aún no se sabe que ayudas son o cuáles van a aprobar.

Hay gente de otras promociones y otros foros, que estan deseando que le hagan la calificación definitiva este año, porque cuando se informan de las ayudas les dicen que del 2009 aún no saben nada.

Si alguién se entera quedamos pendientes todos.

Saludos
 
E
emariacc
21/11/2008 17:35
hola, con respecto a lo que comentais del iva me ha surgido una duda. Yo soy adjudicataria de una VPPB, y en la Emv cuando me dieron el precio de la vivienda me indicaron que le tenia que sumar ademas un 7% correspondiente al iva. Por lo que decis, entonces, tendria que ser un 4% no?
Gracias
 
G
garmarfr
21/11/2008 14:55
garmarfr dijo:



Si es de promoción publica un 4% casi seguro.



Me corrijo, en VPPL tambien es un 7%.
 
P
pilar81
21/11/2008 12:44
hola d enuevo,
a mi en al emv me han dicho en esta convocatoria y a mis vecinos de bloque igual q el primer pago es 9.000 + iva, y me dijeron en la emv q era 7%, así q 9.630€ el primer pago, y los otros dos unos 8.000 hasta completar el 20% del piso con iva

Yo en la declaración q he hecho este año del año 2007 me desgravé dinero de la cuenta, pero no recuerdo cuanto dinero tenía en el 2007, la verdad

Gracias pero como ves a mi estos temas me suenan a chino
 
G
garmarfr
21/11/2008 12:11
Hola Pilar, entendiendo que no te hayas desgravado nada de esos 3000 euros que ya tienes en la cuenta lo expones correctamente.
A los 3000 le añades 6015 y coges el máximo de deducción para este año via cuenta vivienda.

El año que viene tienes tus pagos (25630), de los primeros 9015 no te puedes deducir al haberte deducido en el ejercicio 2008 por lo que te tienes que deducir los restantes hasta 9015 y te deduces otra vez maximo pero esta vez via aportaciones al promotor.

Por ultimo puntualizar que no se como has calculado tu primer pago, pero este año en el primer pago de la EMVS a todos los que fuimos nos pidieron 6000 Euros independientemente del piso.
 
P
pilar81
21/11/2008 11:57
buenos días, ando algo pez en estos temas y he leído a sandra123 en otro foro. a ver si me podeis ayudar:

- yo tengo una cuenta vivienda de 3000 € ahora mismo, y en 2009 tendré q hacer los 3 pagos para el piso, por lo que he calculado unos 9.630 el primero, y alrededor de 8.000 los otros 2.

- Por lo que leído y entendido en el 2009 no me voy a poder desgravar por la cuenta vivienda y los pagos, entonces, puedo y me conviene meter 6.000 € ahora mismo en la cuenta vivienda y en al declaración de la renta que haga en 2009 del año 2008 desgravarme el máximo, y luego ya en la dseclaración de 2010 del año 2009 desgravarme por los 9.000 de los pagos?
- ¿De esta forma me desgravo lo máximo en ambas?

Estoy completamente perdida en estos temas

Gracias
 
G
garmarfr
21/11/2008 11:42
dani79 dijo:



Eso del IVA al 4% se aplica a VPPL también????Porque según he leído, no se aplica a todas las viviendas de protección.
Gracias.



Tienes razón. No todas las viviendas de protección son iguales. Si es de promoción privada, el IVA es un 7%. Si es de promoción publica un 4% casi seguro.
Para confirmarlo se lo he preguntado a gente de una promoción VPPL que firma ahora para ver que indican.
 
D
dani79
21/11/2008 10:15
garmarfr dijo:

Issos dijo:



¿Que desventajas tiene el credito hipotecario convenido?




Ninguna, salvo que quieras disponer de más del 80% del capital. El capital máximo es ese 80% y a 25 años.
El tipo de interés es inferior a la media del mercado y los gastos asociados son CERO por lo cual todo son ventajas.

Issos dijo:


¿Hay otras desgrabaciones fiscales al comprar una vivienda protegida?




Desgravaciones no, pero si ayudas en el caso de las VPPB que son considerables, aunque tardan varios años en recibirse.

El IVA de una vivienda de protección es inferior al de una vivienda libre 4% vs 7% y los gastos asociados(Gastos Notaria, Gastos Registro y Actos Jurídicos Documentados) son inferiores tambien.

Lo puedes comprobar en < a href=http://www.cajamadrid.es/CajaMadrid/Home/cruce/0,0,3813,00.html target=_blank >http://www.cajamadrid.es/CajaMadrid/Home/cruce/0,0,3813,00.html< /a >


Eso del IVA al 4% se aplica a VPPL también????Porque según he leído, no se aplica a todas las viviendas de protección.
Gracias.
 
david12
david12
21/11/2008 10:09
Muchas gracias por toda la información Sandra123 :-) Menuda currada te has pegado! ;-)

Ojalá el IVA de nuestras viviendas sea del 4% (y no del 7%). La próxima vez que vaya a la EMV lo preguntaré.

Yo también me estaba preguntando lo mismo que superjavi_h: ¿se podrá amortizar la hipoteca convenida igual que si fuera una hipoteca normal?
 
S
superjavi_h
21/11/2008 09:33
me salgo ligeramente del tema de fiscalidad...
Aunque ya me lo contarán en su momento, tenía una curiosidad. En el préstamo hipotecario convenido, ¿se puede amortizar, como en una hipoteca normal, para reducir tiempo o cuota?

Gracias, un saludo
 
I
Issos
21/11/2008 09:15
Muchas gracias por la respuesta y por los links!

me queda todo mucho más claro.

SAludos!
 
G
garmarfr
21/11/2008 00:07
Issos dijo:



¿Que desventajas tiene el credito hipotecario convenido?




Ninguna, salvo que quieras disponer de más del 80% del capital. El capital máximo es ese 80% y a 25 años.
El tipo de interés es inferior a la media del mercado y los gastos asociados son CERO por lo cual todo son ventajas.

Issos dijo:


¿Hay otras desgrabaciones fiscales al comprar una vivienda protegida?




Desgravaciones no, pero si ayudas en el caso de las VPPB que son considerables, aunque tardan varios años en recibirse.

El IVA de una vivienda de protección es inferior al de una vivienda libre 4% vs 7% y los gastos asociados(Gastos Notaria, Gastos Registro y Actos Jurídicos Documentados) son inferiores tambien.

Lo puedes comprobar en http://www.cajamadrid.es/CajaMadrid/Home/cruce/0,0,3813,00.html
 
sandra123
sandra123
20/11/2008 23:23
Buenas

Antes de todo, os remito dirección de web donde podéis encontrar solución a la mayoría de vuestras preguntas sobre Cuenta Ahorro Vivienda (CAV). La solución a las mismas las da la Agencia Tributaria, poniendo referencia normativa y consultas en su caso.

https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC04F/


1.¿Cuanto es el maximo que puedo desgravar en con una cuenta vivienda individual, y si es conjunta con mi pareja? ¿Tiene las mismas ventajas que sea conjunta o individual?

-Se podrá deducir el 15% de las cantidades anuales que se depositen en entidades de crédito cuyo destino sea la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del depositante, siempre que se trate de cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, con el límite de 9.015 euros anuales. Estas cuentas deben consignarse separadamente en la declaración indicando, al menos, la entidad donde se ha abierto, la sucursal concreta y el número de la cuenta. Cada contribuyente solo podrá mantener una cuenta vivienda.
Cada uno puede deducirse hasta el límite de 9.015 euros
Artículo 56 Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 .
Según la normativa de referencia se podrá aplicar deducción por adquisición de vivienda por las cantidades depositadas en entidades de crédito que se destinen exclusivamente a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente.
Si ambos contribuyentes hacen aportaciones a una misma cuenta vivienda, cada uno de ellos tendrá derecho a la correspondiente deducción en su declaración de IRPF por las aportaciones realizadas, siempre que sea posible identificar por cualquier medio de prueba admisible en derecho las cantidades que cada titular ha podido aportar a la misma y si no se pudiera distinguir estas, la deducción correspondería en proporción al porcentaje de titularidad, siempre y cuando cumpliesen el resto de requisitos exigidos por la normativa.
Artículo 56 Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007
Tiene las mismas ventajas. Con lo cuál, siempre es mejor abrírsela por separado por los problemas que puede haber si se rompen las parejas antes de comprarse la vivienda. En mi opinión, te puede dar más problemas que ventajas la compartida.

-Según la normativa de referencia se podrá aplicar deducción por adquisición de vivienda por las cantidades depositadas en entidades de crédito que se destinen exclusivamente a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente.
Si ambos contribuyentes hacen aportaciones a una misma cuenta vivienda, cada uno de ellos tendrá derecho a la correspondiente deducción en su declaración de IRPF por las aportaciones realizadas,siempre que sea posible identificar por cualquier medio de prueba admisible en derecho las cantidades que cada titular ha podido aportar a la misma y si no se pudiera distinguir estas, la deducción correspondería en proporción al porcentaje de titularidad, siempre y cuando cumpliesen el resto de requisitos exigidos por la normativa.
Para el caso de matrimonios: Cada uno de los cónyuges puede abrir una cuenta vivienda para la posterior adquisición de la vivienda habitual común. Ahora bien, como el régimen económico matrimonial es el de gananciales, serán de aplicación las normas sobre titularidad jurídica de los bienes y derechos contenidos en las disposiciones reguladoras de este régimen. Es decir, cada cónyuge podrá deducir el 15% del 50% de las cantidades depositadas durante el ejercicio en ambas cuentas-vivienda, siempre que se cumplan los restantes requisitos exigidos para la aplicación de esta deducción indicados en la normativa que se indica.
Artículo 56 Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 .
Sentencia T.E.A.C., de 27 de enero de 2000
2.¿Si mi pareja y yo tenemos dos cuentas vivienda separadas como se realizan los pagos a la emvs?
De la misma manera. Es decir, si vais a adquirir la vivienda al 50%, por lo expuesto más arriba, el 100% de los pagos debería corresponder al 50% de cada cuenta vivienda. El primer plazo es 9000+IVA, pues la mitad de ese dinero sale de cada cuenta vivienda. El saldo de la cuenta vivienda por el que te has deducido en la CAV y que lo destina a los pagos al promotor, no podrás deducirte por ese saldo 2 veces.

Si no tienes cuenta vivienda y das pagos al promotor, igualmente te puedes deducir hasta el mismo límite.

La importancia de abrirsela este año 2008 sería para el caso de que empiecen los pagos en enero de 2009, porque te podrías deducir ya para la renta de 2008, y el año que viene otra vez porque te va a tocar dar mas pagos, y si son 3 pagos el año que viene es casi seguro que superaras los 20.000 euros. Con lo cuál si no te la abres este año, el año que viene solo podrás deducirte hasta 9000 euros, cosa que si te la abres este año 2008 y el año que viene 2009 empiezan los pagos podrás deducirte para la renta de 2008 y para la renta de 2009 hasta el máximo.

Otro ejemplo: Matrimonio cuyo régimen económico es el de separación de bienes. Para poder aplicar la deducción por cantidades aportadas a cuenta vivienda ¿Deben tener cada uno de ellos una cuenta vivienda o es posible mantener una sola cuenta vivienda para los dos?
La aplicación de la deducción por cuenta vivienda corresponderá al titular de las cantidades depositadas. De tal forma que:
Si los contribuyentes mantienen cada uno de ellos una cuenta vivienda, al ser el régimen económico de separación de bienes, siempre que las cantidades depositadas en cada cuenta sean de titularidad del cónyuge que las aporta, podrá aplicarse la deducción en la cuota cada uno según las cantidades por él aportadas.
En caso de mantener una sola cuenta vivienda para los dos, la aplicación de la deducción mantiene el mismo criterio de titularidad de las cantidades depositadas.
Artículo 56 Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 .
Consulta de la D.G.T. 0904 - 1997 , de 29 de abril de 1997

3.¿Que desventajas tiene el crédito hipotecario convenido?

Esta no es una pregunta de fiscalidad. Del préstamo cualificado(o convenido) se está hablando en otro hilo del foro. La desgravación es igual que con otro préstamo hipotecario. La diferencia puede venir en cuanto a los años en los que podrías vender la vivienda de EMV si te subrogas a este préstamo. Parece ser que son mas años en los que no la puedes vender si te subrogas a este préstamo, pero aún no está claro.

Otro punto importante, es que el crédito hipotecario convenido suele tener un tipo fijo fijado para cada año, con lo cuál suele estar mejor que los que están en el mercado. No siempre es así, pero parece que en principio tal y como está el mercado puede que con la entidad que te subrogas te sea más fácil acceder a una hipoteca.

4.¿Hay otras desgravaciones fiscales al comprar una vivienda protegida?
No hay mas deducción por compra de vivienda por ser protegida. Lo único que te podría influir para el año que viene es el IVA, ahora mismo es un 7%, pero el gobierno está estudiando para el 2009 bajarlo a un tipo superreducido del 4% para algunos casos en Viviendas de Protección Pública..

Te pongo una noticia en la que se habla del tema, aunque si lo buscas en el google tienes muchas mas.

http://www.elmundo.es/elmundo/2008/11/10/suvivienda/1226315859.html

Saludos




 
I
Issos
20/11/2008 22:03
Lo primero de todo muchas gracias por tu ayuda!!
Estoy seguro que muchas personas tienen dudas sobre estos temas, entre ellas yo, claro.

A mi se me ocurren varias preguntas...

¿Cuanto es el maximo que puedo desgrabar en con una cuenta vivienda individual, y si es conjunta con mi pareja?

¿Tiene las mismas ventajas que sea conjunta o individual?

¿Si mi pareja y yo tenemos dos cuentas vivienda separadas como se realizan los pagos a la emvs?

¿Que desventajas tiene el credito hipotecario convenido?

¿Hay otras desgrabaciones fiscales al comprar una vivienda protegida?

Muchas gracias y un saludo!


 

Fin del hilo
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