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A
alias30
18/11/2009 14:20

SUBVENCIÓN-HACIENDA-CANCELAR HIPOTECA

¿La subvención para la compra de la primera vivienda tributa en el IRPF? ¿Puedo quitarme capital de la hipoteca?

2.419 lecturas | 12 respuestas

¡Buenos días a todos vecin@s!
Tengo un problema con el banco, y me gustaría compartirlo con el resto para ver si os han contestado lo mismo.
Una vez que la Comunidad de Madrid, me concedió la subvención, y me hicieron el abono en cuenta, he estado intentado enterarme de varios asuntos.

1º- ¿La subvención tributa en el IRPF del año próximo???
Respuesta de mi banco: NO
Respuesta de la comunidad de Madrid: SI, pero se puede imputar a 4 años. (Está gravada con un 18%.)
Respuesta de Hacienda: Si es una subvención AED(Ayuda Estatal Destinada a la compra de la primera vivienda), está gravada como ganancia patrimonial imputable a 4 años.

Mi conclusión: EL AÑO QUE VIENE HACIENDA ME CRUJE.

2º-¿Puedo quitarme capital de la hipoteca?
Respuesta de mi banco: NO durante los 5 primeros años.
Respuesta de la comunidad de Madrid: SI, porqué no?.
Respuesta de Hacienda: Si, porqué no?.
Tras consultar las escrituras (a petición de mi banco...), lo único que pone es que tienes que hacerlo en la misma fecha en que te pasan el recibo y con un mínimo de 601,01€.

Mi conclusión: EL AÑO QUE VIENE HACIENDA ME CRUJE.

Lo único que se me ha ocurrido es pedirle al banco que me den por escrito que no tributa, y que no me puedo quitar capital.

Además, aviso para navegantes,  la desgravación por adquisión de primera vivienda, es posible que la eliminen en el futuro (presupuesto 2010). Con lo cuál no me voy a poder desgravar nada nunca si mi banco no me deja hacerlo el próximo 25 de Noviembre o Diciembre.

¿En qué situación estais???

AYUDA POR FAVOR

 

 
M
menda44
06/06/2010 13:46

Entonces tenemos que esperar a que nos llamen o tenemos que llamar nosotros???

 
M
mvrvg
03/06/2010 16:00

Me llamaron de la Comunidad de Madrid y fui a recoger la carta en persona, en ese momento me dijeron que en Septiembre de este año ´tenía que ir al edificio de al lado de donde estaba a solicitar los 5 años restantes.

 
A
alias30
03/06/2010 13:31

¡¡Buenas!!

Por fin he hecho la declaración de la renta, y aunque sigo sin contestación del banco, creo que lo subvención que nos dieron era una subvención a la entrada (es decir a ese 20% que no podemos pedir de hipoteca, ya sabeis que la conceden del 80% del valos del piso), en teoría me dijeron que las subvenciones son para destinarlas a la finalidad para la que se conceden, pero como en este caso, ese 20% ya lo hemos pagado todos...pués casi que lo podemos gastar en lo que creamos conveniente.

Lo que hay que tener en cuenta es que el 100% de la subsidación hay que declarlo este año (tanto el % que nos abonaron mes a mes,como lo que nos ingresaron en este concepto como atrasos)

Sin embargo la AEDE si se puede declarar en 4 años.

En la casilla 310 se pone la suma de ambas cantidades, y van a la base imponible general, es decir, se suman a los rendimientos del trabajo (no tienen una retención del 18%, como me habían comentado...), así que al sumarse, subes el tipo...y en mi caso...van a ser 500€...cuyo pago voy a fraccionar...y me pasan el 30 de Junio el 60% y en noviembre el 40%...

Dentro del susto que tenía no está mal del todo.

Ánimo...y si alguién sabe si tenemos límite a la hora de amortizar...que me lo aclare, porque yo sigo pensando que no se nos debe aplicar la limitación de amortizar por debajo del 60%...pero no lo tengo nada claro.

Además y muyyyy importante, en la carta en la que nos concedieron las subvenciones  pone que tenemos que reenviar nuestros datos dentro del 5º año para que nos calculen la subsidiación que nos corresponde (a mi subsidian por 10 años), los últimos 5...y creo que este año, si no me equivoco es el 5º. Firmamos escrituras en el 2006 (que sería el año 1... ¿no?) así que sigues contando y el año 5 sería el 2010...es decir este. En la Comunidad de Madrid, me dijeron que es el banco el que manda nos manda una carta y dice si seguimos cumpliendo los requisitos o no...¿sabeis algo????

Gracias!!!

 
M
mvrvg
30/05/2010 12:42

Hola a todos,

Hablé con la Comunidad de Madrid y me dijeron que son ayudas estatales y que hay ponerlas en la opción de este tipo de ayudas que hay en el programa "padre". Haciéndolo de esta forma se pueden poner a 4 años, es decir, como si cada año sólo recibieras la parte proporcional correspondiente a la totalidad.

Me dijeron que si le pregúntabamos a Hacienda nos iban a decir que había que poner las ayudas de una vez, pero que no es así.


A probarlo y suerte.

 

 
tricon
tricon
11/05/2010 16:50
alias30 lo que me referia es que a nosotros no nos afecta lo del 60% del prestamo no amortizado antes de 5 años nosotros nos podemos quitar todo lo que queramos incluso quitarlo por completo lo unico que claro el 5%subsidiado es con respecto a la cuota que tengamos en cada momento pero siempre es mas lo que te quitas de intereses que lo que te subsidian y lo de la ayuda tienes razon es con respecto  a 4 años mi ayuda ha sido de 4100 euros pero se que dependiendo de los ingresos era mas o menos ademas mi ayuda es dividida entre dos al estar casado y si ademas es imputable a cuatro años fiscales tocaria a 500 euros al año por lo tanto pagare bien poco,pero claro ese es mi caso en otros depende de las circunstancias de cada uno
 
A
alias30
10/05/2010 17:30
Muchas gracias por la información, pero, ¿dónde pone lo del 60%? Yo entiendo que no tenemos ninguna limitación, dado que ese 60% del que hablas corresponde a un límite que marca el último plan de vivienda (2008-2012).
Por otro lado algo muyyyy importante, y que no se si sabe todo el mundo: las AEDE (Ayuda Estatal Directa a la Entrada) las podemos declarar en 4 años. Ojo, la subsidiación del préstamos NO.
A mi me enviaron dos cartas, una con un porcentaje que me subsidiaban (esa es la subsidiación, que hay que declarar todo este año...todo lo que corresponde a subsidiación de este año, y el dinero que nos ingresaron en este concepto, como atrasos de años anteriores), sin embargo, las AEDE, si se pueden declarar en 4 años. (es la ayuda que dan por ser menor de 35 años y el % del valor del piso que dan en euros).
Dentro de lo malo...si te sigues amortizando préstamos durante los próximos años, es posible que hasta no sea tan gordo el palo...

Por eso me interesa saber si eso del 60% que no se puede amortizar te lo ha dicho la comunidad de madrid, o quién, porque yo fui a Av. Asturias a preguntar y me remitieron a c/ Maudes,que sólo atienden losmiércoles por la mañana.

En cualquier caso, también lo he consultado en el Banco, para que pasen la consulta oficialmente donde corresponda, para no encontrarnos con sorpresas. De esto hace un mes y sigo sin contestación...de coña..!!!

Gracias por ir contestando!!

Y eso ánimo y que no nos vuelvan a cerrar el foro...

 
tricon
tricon
09/05/2010 01:02
confirmado a nosotros no nos afecta el haber quitado hipoteca pues en la subvencion es de acuerdo al decreto 1/2002 y el unico requisito era no vender la casa antes de transcurridos 10 años por lo tanto no sufrais si os quitasteis hipoteca pero eso si la declaracion estamos obligado a hacerla y declarar las ayudas con lo que del crujido de hacienda no nos libramos pero el que uso el dinero para quitarse hipoteca no tendra problema pues tambien te desgrabas el 18 por ciento del pago por lo tanto, si por lo que te dieron te reclaman el 18% por lo que te quitaste te devuelven el 18% resultado 0 ,en los decretos posteriores esto no se puede hacer vamos dependiendo que no te quites menos del 60% del total del credito antes de pasados 5 años
 
tricon
tricon
02/05/2010 05:05
el real decreto que sustituyo a el 1/2002 era el 801/2005 pero lo que yo entiendo que nosotros nos regimos por el 1/2002 pues el que sustituye no es con caracter retroactivo ya que si te fijas la cuantia de las ayudas son respecto del 1/2002 por lo tanto creo que no nos afecta en 801 pero vamos que yo la pasta por si acaso no la he tocado pues lo que he amortizado a sido con otros ahorros pero cuando vaya a hacienda de todas formas lo consultare
 
tricon
tricon
02/05/2010 03:21
perdonad que responda tan tarde y  espero aclarar en la medida que yo se .
amortizar por supuesto que puedes amortizar parte o lo que  quieras de prestamo las ayudas en ningun caso se devuelven pero eso si ,se declaran y tributan dependiendo de los ingresos que tengas entre un 24% y un cuarentaitantos por ciento por lo tanto id pensando en el palo de este año en la declaracion pero claro si la ayuda la destinaste para pagar el prestamo te desgrabas el 18 por ciento pues la ayuda la destinas a lo que se te antoje y yo me he quitado prestamo desde el primer año lo unico que la ayuda del 5% sobre la cuota es sobre la cuota que hemos tenido cada mes por que era con caracter retroactivo desde el principio vamos ,por eso te digo que la ayuda no la devuelves con la excepcion de la no venta antes de 10 años .
pero este creo que no es tu caso ya te digo la ayuda la destinas a lo que quieras y lo que me deja alucinado es que en el banco os pongan pegas a amortizar el prestamo a mi lo unico que me dicen es que tiene que coincidir con el dia de pago de cuota que creo que es el dia 26 por lo demas como bien dices en la escritura viene pero que bien clarito todo .
Espero que te ayude esto pero vamos si tienes alguna duda llamas a hacienda y ellos te dan la informacion mejor que nadie
 
U
urabus
14/03/2010 17:23
alias30 dijo:

¡Buenas tardes!!
Tengo un susto en el cuerpo que no puedo con él.
Por favor, necesito una contestación urgente.
Yo, al igual que el resto de titulares de este edificio solicité ayudas al amparo del RD 1/2002, que fué derogado por el RD 861/2005 (creo).
Según el primer RD no hay ninguna limitación a la hora de gastar esa ayuda (salvo vender la vivienda durante 10 años, en cuyo caso habría que devolver las ayudas, más intereses).
Según el otro RD, hay un límite y es que no puedes amortizar ni parcial ni totalmente el crédito hipotecario desde que te conceden la ayuda.
Mi susto es obvio, recibí la ayuda el año pasado, y amorticé 4000 €.
En el 012 me dicen que vaya a Av. Asturias...pero no sé qué hacer.
¿os habeis amortizado alguién más el préstamo?
¿qué os dijeron en el banco?
A mi inicialmente en el banco me ponían pegas, pero al llevar las condiciones del préstamo que tenemos suscrito, las escrituras, y las cartas, y ver que no existía esta limitación, accedieron a realizar la amortización...
Además alguién me contestó a este post, que si se podía amortizar y en el banco no tenían ni idea...
Llevo dos días sin comer, porque tengo un dolor de estomago que me muero, pensando que me toca devolver todas las ayudas, con intereses, por un error del banco, porque entiendo que deberían ser ellos quienes aplicasen correctamente los acuerdos que tienen con la comunidad de Madrid, ¿no?
AYUDA POR FAVOR.



Yo personalmente no te puedo ayudar, pero aun asi se que este año nos van a pegar el palo en la declaracion.
A ver si alguien te puede ayudar.

UN SALUDO
 
A
alias30
10/03/2010 15:01

¡Buenas tardes!!
Tengo un susto en el cuerpo que no puedo con él.
Por favor, necesito una contestación urgente.
Yo, al igual que el resto de titulares de este edificio solicité ayudas al amparo del RD 1/2002, que fué derogado por el RD 861/2005 (creo).
Según el primer RD no hay ninguna limitación a la hora de gastar esa ayuda (salvo vender la vivienda durante 10 años, en cuyo caso habría que devolver las ayudas, más intereses).
Según el otro RD, hay un límite y es que no puedes amortizar ni parcial ni totalmente el crédito hipotecario desde que te conceden la ayuda.
Mi susto es obvio, recibí la ayuda el año pasado, y amorticé 4000 €.
En el 012 me dicen que vaya a Av. Asturias...pero no sé qué hacer.
¿os habeis amortizado alguién más el préstamo?
¿qué os dijeron en el banco?
A mi inicialmente en el banco me ponían pegas, pero al llevar las condiciones del préstamo que tenemos suscrito, las escrituras, y las cartas, y ver que no existía esta limitación, accedieron a realizar la amortización...
Además alguién me contestó a este post, que si se podía amortizar y en el banco no tenían ni idea...
Llevo dos días sin comer, porque tengo un dolor de estomago que me muero, pensando que me toca devolver todas las ayudas, con intereses, por un error del banco, porque entiendo que deberían ser ellos quienes aplicasen correctamente los acuerdos que tienen con la comunidad de Madrid, ¿no?
AYUDA POR FAVOR.

 
tricon
tricon
20/11/2009 11:20
vamos a ver quien te ha informado en el banco por que no tiene ni pu.. idea yo le haria mas caso a comunidad y mas aun a a hacienda intentare ir punto por punto.

primero la subvencion por supuesto que tributa pues es un aum,ento de patrimonio por lo tanto el 18% tendremos que declararselo a hacienda.pero claro imputable a cuatro años por lo tanto dependera de la cuantia de la subvencion si te interesara imputarla de golpe o no.Otra cosa es que sea o no justo que esta subvencion tribute o no pero claro todo es desde el punto que se mire pues nadie sabe a que vas a destinar dicha subvencion la solucion que este dinero fuese obligatoriamente a quitar hipoteca.

segundo porsupuesto que te puedes quitar hipoteca pero que sepas que para un maximo de de 9000 euros por persona es decir si eres tu solo el beneficiario de la subvencion en mi caso somos dos 18000 euros con una desgrabacion del 18% o el 15 no recuerdo bien la putada es que los dos primeros años desgrababa un 21% pero ya han pasado eso si en el banco avisas de lo que quieres quitarte de hipoteca antes del 26 de diciembre pero lo puedes hacer cualquier dia 26 de mas al fin y alcabo lo que importa es que a final de año te lo quites pues computa a año fiscal .

y el aviso a navegantes es erroneo pues en caso de quitar la desgrabacion seria a nuevas hipotecasy ademas no esta aprobado en presupuestos y que sepas que la comunidad a subido su parte de desgrabacion por hipoteca y si nos cruge como dices hacienda es por como esta planteado actualmente este tema tu declaras el 18 % de tu subvencion y los fubolistas extranjeros tributan a un tipo reducido del 24% en vez del 48% por ser superior sus ingresos a 600000 euros la vida es asi de cruel.
si tienes alguna duda mas intentare contestarte si puedo y sino tu haz caso a hacienda que son los que verdaderamente te van a informar.Y al del banco yo que tu mejor que no le preguntes mas pues ya te digo no tiene ni p..a idea
 

Fin del hilo
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