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A
Alf
28/09/2004 15:28

Artículo del periódico ´El Mundo´

¿Qué consecuencias tiene el retraso en la entrega de viviendas de nueva planta?

868 lecturas | 4 respuestas
Condenada a pagar por no entregar a tiempo

Los retrasos en la entrega de las viviendas de nueva planta se están pagando cada vez más caro. Y es que, ya son varias las compañías que han sido condenadas por un juez a indemnizar a los compradores por no entregar una casa a tiempo. El último caso ha tenido lugar esta semana en Valencia, donde una constructora deberá pagar 7.152 euros a una pareja por el retraso de 14 meses en la entrega de llaves de la casa y la plaza de garaje que adquirieron, informa Europa Press.

La cantidad reclamada corresponde a los 510,86 euros de alquiler que la pareja tuvo que abonar mensualmente hasta disponer de su propia vivienda, una cantidad que, según ha señalado la sala de la sección séptima de la Audiencia de Valencia, «no es elevada o excesiva» para la zona de la ciudad en que se alquiló el inmueble temporal.

Así, el tribunal rechaza las alegaciones de la constructora que atribuía el retraso de la entrega a las constantes reformas encargadas por los demandantes así como a la inundación de la excavación realizada para colocar los cimientos, superior a lo que los estudios de nivel freático indicaban inicialmente.

Gastos por el alquiler
Por eso, aunque la compañía recurrió, según la sala, la valoración probatoria que realizó el juzgado de primera instancia fue «plenamente lógica y racional», ya que los demandantes suscribieron en mayo de 1999 un contrato de compraventa de una vivienda y se pactó la entrega de llaves en el plazo de 21 meses a partir de la fecha de concesión de la licencia de edificación, con una prórroga de seis meses más si la obra no se había concluido.

Además, la sala ha añadido que la indemnización es «del todo procedente» de acuerdo con el Código Civil y agrega que, para cualquier ciudadano, el retraso de una vivienda significa ineludiblemente gravosas y molestas consecuencias, entre ellas, «tener que permanecer en una vivienda de alquiler con el gasto que eso conlleva».
 
F
futuro vecino
29/09/2004 12:22
Sólo una puntualización: donde dice que el plazo de la obra es "estimado", es como si no estuviera la palabra "estimado". Lo he leído en muchísimos sitios de asesoría legal en el tema de las viviendas que ha salido en prensa.

Aunque la gestora lo haya encargado en nuestro nombre a la constructora, quizás lo que hay que hacer es demandar a la constructora por retraso en la entrega.

Es sólo una idea. De todas formas, lo mejor es ver la experiencia de promociones anteriores.

Un saludo
 
A
Alf
29/09/2004 10:04
Mi única intención con el anuncio es informar de alguna de las cosas que ocurren respecto a la vivienda y hacer ver que no estamos tan abandonados por la Administración como parece ser en algunas ocasiones. Logicamente, no podemos comparar casos ya que en el nuestro, no ha tenido tanto retraso como esperábamos afortunadamente.

Pero eso sí, este tipo de empresas que sacrifican la profesionalidad en contra del negocio, no son tan intocables como nos hacen creer.
 
A
albertotgs
28/09/2004 22:45
Lo que comentas Kaito , llevas bastante razón , pero si echamos mano de la jurisprudencia y sabemos que Diursa que es una empresa matriz que tiene más de 10 filiales , entre ellas VG2000 , y que el Sr. ULPIANO GONZALEZ ORTIGONSA , empresario muy conocido en Valladolid , es dueño de todo éste conglomerado de empresas , tiene todo perfectamente estudiado , juridicamente hablando , y os puedo asegurar que en este sentido estamos totalmente vendidos a VG2000.
Demosnos con un canto en los dientes que nos entreguen la vivienda en Noviembre y a callar en este sentido , PORQUE QUIEN HACE LA LEY HACE LA TRAMPA.
UN SALUDO VECINOS.
 
Kaito
Kaito
28/09/2004 18:31
Completamente de acuerdo, Alf.
Pero la diferencia con nuestro caso es sustancial:
Nosotros no hemos firmado contrato de compra-venta alguno con VG2000 sino un arrendamiento de servicios en virtud del cual la "Comunidad de Propietarios Conjunto Residencial Mediterráneo" encarga a una empresa gestora (VG2000) que contrate con una empresa constructora (de ahí aquella carta en la que decían haber "adjudicado" las obras al Grupo Diursa) la realización de un edificio de determinadas características, dividido en pisos de diferente cabida (2,3,4 habitaciones, etc), usando para ello un terreno que es propiedad de la Comunidad de Propietarios (de ahí que ya estuvieran inscritos a nuestro nombre en el Registro de la Propiedad) a cambio de unas sumas de dinero que se pagan a la Gestora en concepto de gastos de construcción y de servicios de gestión administrativa.
En el clausulado del contrato de arrendamiento de servicios se especifica un plazo ESTIMADO de construcción pero no se asume compromiso alguno por parte de la Gestora en tenerlo acabado para la mencionada fecha, cosa que hemos aceptado todos al firmar el contrato.
Por otra parte, no hay que olvidar aquellos amplisimos poderes que otorgamos ante notario y que habilitan a VG2000 a hacer y deshacer practicamente todo en nuestro nombre.
Todas estas cosas no se hacen en un contrato de compra-venta tipico, sino que el contrato por el que nosotros vamos a adquirir nuestras casas está pensado especificamente para eludir todas las obligaciones que derivan de las compraventas y cuyo incumplimiento puede acarrear consecuencias como las que nos has contado en tu mensaje.
Quiero dejar claro que yo no estoy defendiendo en absoluto a VG2000 ni a Diursa, sino que estoy exponiendo los argumentos que de seguro alegarían en caso de ser demandados por alguno de nosotros para reclamar los perjuicios derivados del retraso en la entrega de los pisos.
Cualquiera que se plantee hacer esa reclamación debe saber de antemano lo que se puede encontrar con el fín de poder argumentar mejor su demanda y evitar que le sea rechazada enseguida teniendo, encima, que pagar costas judiciales.
Un saludo a todos.
 

Fin del hilo
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