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L
lara5
16/12/2007 17:02

Respuesta de la ofi de vivienda sobre IVA

¿Cómo funciona el IVA en las viviendas de protección pública en régimen de arrendamiento con opción de compra?

753 lecturas | 1 respuestas
Hola,

Os copio la respuesta que recibió un vecino de la parcela de Bigeco (nissu00) sobre el tema del IVA (lo teneis en el foro de Bigeco) ya que es un tema que nos interesa a las 2 parcelas por igual. Lo copio textualmente del otro foro:


hola a todos,
pregnte que que pasa con el iva en el caso de compra si nos descontaran lo que hemos pagado. Y en el caso de renuncia, sólo habremos estado alquilados y eso no lleva IVA asi que nos lo estarían cobrando ilegalmente y me han respondigo lo siguiente:

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Las viviendas de protección pública en régimen de arrendamiento con opción de compra, el pago mensual supone el pago de dos importes distintos, por una parte una cantidad por arrendamiento y otra como pago anticipado de la futura compraventa. El arrendamiento con opción de compra tiene la consideración de prestación de servicios sujeto y no exento de IVA, siendo aplicable el tipo general del 16 por ciento, produciéndose el devengo en el momento en que sea exigible cada uno de los recibos del arrendamiento.

En el caso de que se ejercite la opción de compra y las cantidades que fueron satisfechas en concepto de arrendamiento se reconviertan en parte del precio de la vivienda, al haber tributado al 16 por ciento, es necesario que se rectifiquen las cuotas impositivas repercutidas y que se aplique el tipo reducido correspondiente, por lo que las cantidades repercutidas mensuales satisfechas por el arrendamiento que han tributado al 16 por ciento y que deben tributar al tipo reducido del 7 o 4 por ciento, ya que se ha estipulado entre las partes que en el momento de ejercitar la opción de compra las cantidades pagadas por la opción pasan a convertirse en precio de la vivienda.

No tenemos constancia de que la Dirección General de Tributos haya emitido consulta alguna respecto respecto al tratamiento del IVA en los casos en los que al final no se ejerce la opción de compra.

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saludos a todos.
 
L
lara5
16/12/2007 17:06
Y ahora os copio mi respuesta en el foro de la otra parcela:

Hola,

Me parece tremendamente preocupante lo que te han respondido respecto al IVA por varias razones:

1- Lo que te dicen textualmente: "por lo que las cantidades repercutidas mensuales satisfechas por el arrendamiento que han tributado al 16 por ciento y que deben tributar al tipo reducido del 7 o 4 por ciento, ya que se ha estipulado entre las partes que en el momento de ejercitar la opción de compra las cantidades pagadas por la opción pasan a convertirse en precio de la vivienda", eso se lo han sacado de la manga ya que en ningún momento se ha estipulado nada de eso entre las partes (si se hubiera estipulado estaría reflejado en el contrato y eso no viene)

2- Las partes que estipulan las condiciones son por un lado , NOSOTROS los inquilinos, y por otro lado la PROMOTORA(condiciones que únicamente vienen reflejadas en el CONTRATO y no en ningún otro sitio. Lo que se dice de palabra no serviría para nada si no lo tenemos firmado y por escrito). Vamos a ver, si una de las partes, que es la promotora no sabe nada de nada acerca de que en caso de ejercer la compra haya que supuestamente devolver parte del IVA pagado, ¿como es que te están diciendo que eso se ha estipulado entre las partes si ni siquiera lo saben y no figura en el contrato?

3- Todo esto que te responden aquí no tiene NADA que ver con lo que prometió Esperanza Aguirre en la entrega de llaves, de que pagásemos durante EL ALQUILER un IVA del 4% en lugar del 16% que nos están cobrando. Prometió proponer una Proposición no de Ley para conseguirlo, y YO NO LA HE VISTO POR NINGÚN SITIO ( Si alguien sabe algo más al respecto que lo diga,porque a mí ya me huele a tomadura de pelo)

4- En ningún sitio, ni de la normativa del Plan de vivienda joven, ni en la de Hacienda he visto nada que haga referencia a que te devuelvan parte del IVA pagado en el momento de la compra (o te lo incluyan en el precio que pagas al comprar, que es lo mismo)

5- No podemos consentir que no sepan si en el momento de compra pagaremos un 7 o un 4 por ciento. Si ellos no lo saben ¿Cómo vamos a tenerlo claro nosotros para poder reclamar en caso de que no lo cumplan?

Por todo esto, creo que es OBLIGADO que pidamos explicaciones en la oficina de la Vivienda, en la Comunidad de Madrid y en Hacienda porque esto es un cachondeo.
Necesitamos tener un documento oficial FIRMADO para que tengamos claro a qué atenernos en el caso del IVA, porque me da la impresión de que quizás estén cobrando una cantidad ilegal de IVA (incluso tengo entendido que los del Plan Joven del IVIMA NO están pagando ningún IVA por el alquiler y nosotros sí. ¿Cómo se explica eso?)

Los mail que nos puedan mandar desde la oficina de la vivienda NO NOS SIRVEN DE NADA en caso de reclamación, ya que no son documentos oficiales e incluso se pueden manipular. Por eso es necesario que al menos la mayoría de nosotros nos movamos y exijamos un documento oficial escrito que aclare de una vez esta situación.

Si las 2 parcelas actuamos juntas en esto, mejor que mejor. ¿Sugerencias de actuación?

Saludos!
 

Fin del hilo
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