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B
bespo
03/07/2006 10:52

ARTICULO

¿Quién es responsable del pago de impuestos en una comunidad de propietarios o cooperativa?

650 lecturas | 1 respuestas
Hola, os transcribo un articulo que el pasado día 17 de junio fue publicado en un periodico y me parece bastante interesante. Pero que conste que con ello, no quiero alarmar a nadie, de momento..........


CUANDO LA GESTORA NO PAGA A HACIENDA

El cooperativista y el comunero es el responsable del pago.

El cooperativista o el comunero que accede a una vivienda en régimen de comunidad de propietarios o en cooperativa suele desconocer los múltiples impuestos a pagar - la retención a los profesionales, pagos por la compra de suelo, etc,- y da por descontado que la gestora afrontará estos pagos. Pero si no lo hiciera, para Hacienda quien responde es el cooperativista o el comunero hasta pasados cuatro años desde el plazo fijado para el pago voluntario, según el bufete Prieto & asociados. Después, eso si, estos podrán recurrir ante Hacienda ya que la Ley Tributaria establece la derivación de responsabilidades (solidaria y/o subsidiaria) para el verdadero responsable y/o denunciar a la empresa gestora ante los Tribunales ordinarios por la “mala gestión debida”.

Puede servir como ejemplo el caso de Ofigevi, en la compra de suelo, el porcentaje destinado a vivienda protegida tributa en el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados menos que el de libre, pero si a los tres años no se obtiene la calificación provisional de estas viviendas hay que reintegrar la diferencia. Según la Asociación de Vecinos del Sureste, la decisión de Ofigev de no pagar cuando fue requerido y reclamar en via ejecutiva ha supuesto un 10% de recargo, 25.000.- euros, de momento, para una de las cooperativas por parte del suelo.

Otro ejemplo es el de la Caisa, que en la comunidad de propietarios Pinar de San José, 3.2 del PAU de Carabanchel declaró en el impuesto de actos jurídicos documentados a la Comunidad seis millones de euros menos en la escritura de declaración de obra nueva y división horizontal que lo presupuesto. Los comuneros tendrán que pagar 74.000 euros (por la diferencia declarada más los intereses de demora) y una sanción de 30.000 euros, según Prieto & Asociados.

La forma de pago por sus gestiones a estas dos gestoras difiere. En un caso, el de Ofigevi, cobra un 12% del coste total. De forma que a mayor coste de gestión si la sanción se incluye como tal, mayores honorarios. Lo pactado con Caisa, según sus comuneros, es que percibirá la diferencia entre el coste de la promoción y el precio final de la casa. Hipotéticamente, el no pago de impuesto es un ahorro que permitirá mayores beneficios a la empresa. Desde Gecopi se recomienda, tal como recoge su código deontológico, que se establezca un precio cerrado por la gestión, de forma que los autopromotores sepan exactamente el coste de los servicios que prestará la gestora.


 
joss
joss
13/07/2006 23:50
qué bonito... como siempre estamos acogidos a la peor de las opciones.....

" Desde Gecopi se recomienda, tal como recoge su código deontológico, que se establezca un precio cerrado por la gestión, de forma que los autopromotores sepan exactamente el coste de los servicios que prestará la gestora. "


 

Fin del hilo
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