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A
Amelero
14/11/2003 09:11

Resumen de puntos sobre el Aire Acondicionado

¿Cuáles son las mejores alternativas para instalar aire acondicionado en un edificio?

6.539 lecturas | 8 respuestas
Muy buenos días a todos,

Ayer, tras los comentarios y opiniones que se han ido vertiendo en este mismo foro, al salir de trabajar me fui a ver a un instalador de aire acondicionado con el plano de nuestro edificio. He de decir, que no tenía ninguna relación con él y que, por tanto, todas sus opiniones no tienen más interés que el técnico (y supongo, que el económico, que no era una ONG). El caso es que además de las dificultades técnicas de instalar una máquina que controle todos los 5 "Split" en el interior (Ahora mismo, el sólo recordaba Daikin y creía que era increiblemente cara), y de la complejidad y pérdida de frigorías de todo arrastre de línea mayor a dos ó tres metros, me confirmó algo más importante.

Me dijo algo así como que si ponemos los aires acondicionados en el patio interior, y dichos compresores, controlan 2, 3 ó más máquinas, el chorro de aire caliente expulsado por los mismos impediría que los vecinos de enfrente pudieran abrir sus ventanas porque les inundaría de aire caliente la casa. Adicionalmente, las corrientes ascendentes de los chorros del aire acondicionado de varias casas, impedirían las corrientes normales de aire en el patio interior y evitarían la llegada de aire fresco a los pisos (habitaciones)inferiores.

He de decir, que este no es mi caso, pero que me preocupa que se pueda crear una situación complicada para dichos inquilinos en el futuro.

En resumen, que bajo mi punto de vista, sólo hay dos alternativas (salvo que nuevamente alguien me diga algo que modifique todo lo expuesto), la de pedir una preinstalación de aire acondicionado que integre la unidad de compresión en la terraza de la cocina y que realice su conducción a través de falso techo en todas las habitaciones (aquí creo que mencionó la alternativa de marca Carrier) o la de montarlo una vez instalados en nuestras casas, pero teniendo que mostrar los compresores en las fachadas exteriores.

Este es un resumen de hechos, no son opiniones, a mi me da igual cualquiera de las dos soluciones (o cualquier otra que aparezca), pero me gustaría buscar una solución que fuera eficiente desde el punto de vista de coste.

Lo que también apunto, si EDISAN apunta a un coste elevado o a una imposibilidad por no estar recogido en el proyecto de ejecución, que tampoco es tan grave que se vean las máquinas desde la calle (¿o no?).
 
A
Amelero
17/11/2003 17:09
Hola a todos otra vez,

Con respecto a tu comentario, G30, he de decir que cuando decía terraza, en verdad me refería al tendedero. La otra alternativa, la que tu apuntas, implica una modificación del plan de ejecución de obra y del projecto del arquitecto (obliga a redimensionar las acometidas y las bajadas de tuberías para acomodar espacio para el a/a). El caso es que en la TR-6A, dado el grado de avance en el que están las obras, la segunda solución me parece poco probable.

En fin, que ya veremos que nos dice Alsaro mañana cuando hable con la gente de EDISAN.

Un abrazo
 
G
G30
17/11/2003 13:00
Si pero la mayoria de los vecinos en las tres parcelas, no tenemos terrazas, por lo que las maquinas las tendrian que poner en los tendederos y ocupan mucho y dan calor, por lo que la solución seria ponder estas maquinas en el tejado, no se como se hace, estaria bien que si pasas de nuevo por algun instalador, le preguntaras, yo por mi parte intentare enterarme, pero se puede, por que yo se de gente que ya lo tiene, es mas o menos la instalación por dentro como tu dices pero insisto que la maquina va en el tejado.
 
A
Amelero
17/11/2003 08:49
Buenos días a todos.

Antes de nada, muchas gracias, Alsaro por tus gestiones, te aseguro que son altísimamente apreciadas.

Yo por mi parte, seguí visitando a instaladores y me he encontrado con una solución (que viene a ser parecida a la de pedir preinstalación).

Es la siguiente: Se instala el compresor grande en la terraza y se lleva la canalización hasta el pasillo por el falso techo del baño. Una vez en el pasillo, se efectúa un falso techo por donde se realiza la conducción y donde se pone una segunda máquina (mucho más pequeña) que lo que hace es acelerar la distribución del aire a las distintas habitaciones y al salón, donde residiría, de forma contigua al pasillo, unas rejillas de ventilación.

Esta instalación, es la que se hace en las casas que tienen preinstalación de aire acondicionado y aunque os pueda parecer costosa, existe un ahorro por carecer de los famosos "Split".

Lo que quiero decir, al igual que apuntó algún compañero con aterioridad, es que si EDISAN se despacha con un presupuesto elevado para realizar dicha mejora, hay una solución.

Un saludo a todos
 
A
alsaro
17/11/2003 08:28
Hola, este fin de semana estuve indagando sobre la posición del ayuntamiento en este tema. Existe una normativa de obligado cumplimiento en la instalación de aparatos de aire acondicionado en viviendas. Se encuentra en la ordenanza geneal de protección del medio ambiente urbano.

También en el Plan de Ordenación Urbana de Madrid, Artículo 6.10.8 Instalaciones en Fachada dice los siguiente:
1.- Ninguna instalación de refrigeración, acondicionamiento de aire, evacuación de humos o extractores, podrá sobresalir más de 30 cm del plano de fachada, sin perjudicar la estética de la misma. Pudiéndose superar en edificios de uso no residencial.

2.- La instalación de aparatos de aire acondicionado visibles desde la vía pública requerirá un estudio conjunto para su integración en la fachada del edificio, que deberá presentar la Comunidad de Propietarios. Estas instalaciones podrán sobresalir hasta un máximo de 45cm, siempre que se interpongan elementos no macizos que salvaguarden la integración estética en la fachada, tales como celosías, rejillas, etc.

En cualquier Junta de Distrito os facilitan gratuitamente las copias de estas normativas.

Estoy de acuerdo con alguno de los compañeros. Es un poco confuso todo. En el teléfono de información del Ayuntamiento, 010, al contarles el problema te remiten a la normativa, no sin avisar que el Ayuntamiento está rechazando todas las solicitudes de intalación de a/a en fachadas.
 
C
Climacity
15/11/2003 12:59
Mensaje Patrocinado


Realmente Amelero tiene toda la razón del mundo, pero ya como profesional del sector os notifico las dificultades que podeis tener si no llegais a un acuerdo de palabra.

El verdadero problema es la primera máquina. El exterior estropea la estética del edificio (como ya lo tiene todo Madrid), el interior es peor para los que no coloquen las máquinas, y las grandes tiradas de tubería estropean el rendimiento de los equipos, sin hablar del incremento de coste de instalación (que es muchísimo).

Si teneis posibilidad de que os preinstalen conductos por el falso techo será lo mejor para la estética interna, realmente es mi consejo.

Y practicamente todas las marcas presentan equipos 5x1, pero esto sólo os lo van a presupuestar en empresas especializadas en climatización, ya que estos equipos se forman con combinaciones de unidades exteriores e interiores. Lo que si que es cierto es que son más costosos para asegurar su rendimiento. Aún así mi consejo es conductos o equipos 1x1, o 2x1.

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A
Amelero
14/11/2003 16:05
Buenas tardes a todos,

Alsaro, por los artículos que haces referencia, estoy casi más liado que al principio de todo. Si dentro no puedo porque molesto al de enfrente y fuera no puedo... ¿Dónde lo vamos a poner?

¿Sabes de alguna alternativa?

Muchas gracias por todo.
 
M
MNM
14/11/2003 15:18
Muchas gracias "alsarro", ya nos comentarás el martes en el foro.
Salu2
 
A
alsaro
14/11/2003 15:00
El próximo lunes hay reunión del consejo rector. Si asisto íntentaré hablar con el responsable de obras de Funcovi para trasladarle (de nuevo) la idea de la preinstalación de a/a en el edificio. Ya os comunicaré a través del foro lo que me dicen.

También despejo dudas sobre mi ´radicalidad´ y os adjunto dos consultas sobre a/a en fachadas para haceros una idea de como esta el tema:

COMPRESORES EN FACHADAS. Hace cinco años, en una junta de vecinos, se acordó por mayoría prohibir los compresores de aire acondicionado en la fachada del edificio. Con esta medida se obligó a dos propietarios a cambiar la instalación que tenían y a colocar los compresores en el interior de su vivienda. En la última reunión de la junta se ha aprobado que ahora sí es posible instalar los equipos de aire acondicionado en el exterior. ¿Qué tipo de mayoría es necesaria para estas decisiones? Los propietarios que cambiaron su instalación obligados por la comunidad, ¿pueden reclamar?

- La fachada exterior de las casas en régimen de propiedad horizontal es un elemento común por estar comprendida en la relación de dichos elementos que hace el artículo 396 del Código Civil. Siendo elemento común, no se pueden realizar alteraciones en dicha fachada, en virtud del artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Ahora bien, se admite por los tribunales que la junta de propietarios, por acuerdo de todos los titulares, puede autorizar la alteración de elementos comunes y, por tanto, la instalación de compresores de aire acondicionado en dichas fachadas, pero debemos consignar que el Ayuntamiento de Madrid es contrario a esa instalación y no concede licencias a esos efectos, salvo la existencia de esos equipos en las casas antiguas.

También debemos señalar que los tribunales han respaldado el acuerdo adoptado por la mayoría de los propietarios de modificación de fachadas, como apertura de ventanas, adoptado por la mayoría de los propietarios, cuando ya existan otros cambios en la fachada.

Si la junta, aplicando la Ley, denegó en ocasión anterior la autorización para instalar compresores, ese acuerdo es firme, y no se puede ahora impugnar cinco años después, sobre la base de que ahora sí se ha autorizado una instalación similar, que sí podría impugnarse por la vía judicial, siempre que los discrepantes hayan salvado su voto en la junta y si no asistieron, hayan comunicado su discrepancia dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación del acuerdo.

http://www.el-mundo.es/suvivienda/2003/301/1053612595.html

AIRE ACONDICIONADO. Me dirijo a ustedes con el fin de formularles la siguiente consulta relativa a la instalación de aparatos de aire acondicionado en viviendas particulares. ¿Existe algún tipo de ordenanza o normativa municipal que regule las condiciones en las que se debe instalar un aparato de las mencionadas características? En caso de existir, ¿cuál es la normativa? ¿Dónde y cómo puedo consultar el texto íntegro? Si no cumpliese la normativa vigente, ¿cuáles serían las consecuencias? ¿Existe algún plazo para que prescriba el incumplimiento?
José Ramón Espinosa Herraiz. Madrid

- Con carácter previo, sería muy conveniente conocer el contenido de las Ordenanzas Municipales, por si fuera en ellas donde se limitara la colocación de los aparatos de aire acondicionado en las fachadas, por lo que le recomendamos que se dirija a su Junta Municipal de Distrito y se informe sobre ello. Si no hay limitación ni prohibición –ni a través de las Ordenanzas Municipales ni por los estatutos de la comunidad–, no vemos inconveniente en su instalación.

Ahora bien, a la hora de su colocación deben considerase otras circunstancias como ruido, desagüe y calor provocados por el lugar de la instalación, así como el tipo de aparato. En caso de que se derivaran molestias para los vecinos, prevalecería el derecho de éstos.

Si la normativa municipal o los estatutos prohibiesen la instalación de aparatos de aire acondicionado, podría conseguirse la retirada del mismo a través de las oportunas acciones judiciales.

Si en su misma finca existiesen otros aparatos, en principio, salvo las molestias puntuales que el suyo pudiera originar, entendemos que no habría motivos para prohibirlo.

El Ayuntamiento de Madrid no permite la instalación de aparatos de aire acondicionado que sobresalgan de las fachadas exteriores, en los edificios de nueva construcción, tolerándolos en los antiguos.

http://www.el-mundo.es/suvivienda/2002/236/1011344111.html


 

Fin del hilo
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