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davaguco
11/12/2003 14:27

Primera Junta de propietarios

¿Cómo convocar una Junta de propietarios en una comunidad de viviendas?

1.197 lecturas | 16 respuestas
Habría que ponerse en contacto con el administrador. Parece que es preciso anunciar la Junta con 6 días de antelación. Existen unos tablones en todos los bloques de viviendas donde se podrían colocar estos anuncios. Quizás sería adecuado realizar esta primera Junta el sábado 20 o domingo 21. Me preocupa, sin embargo, que Inmobiliaria Colonial todavía tiene todos los votos de los pisos que todavía no han sido entregados. Quizás nos pueda resolver nuestras dudas el administrador.

Os adjunto este artículo relevante de la Ley de Propiedad Horizontal:

Artículo 16.

1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.

2. La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2.

Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad ; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.

Si a la reunión de la Junta no concurriesen, en primera convocatoria, la mayoría de los propietarios que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación se procederá a una segunda convocatoria de la misma, esta vez sin sujeción a quórum.

La Junta se reunirá en segunda convocatoria en el lugar, día y hora indicados en la primera citación, pudiendo celebrarse el mismo día si hubiese transcurrido media hora desde la anterior. En su defecto, será nuevamente convocada, conforme a los requisitos establecidos en este artículo, dentro de los ocho días naturales siguientes a la Junta no celebrada, cursándose en este caso las citaciones con una antelación mínima de tres días.

3. La citación para la Junta ordinaria anual se hará, cuando menos, con seis días de antelación, y para las extraordinarias, con la que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados. La Junta podrá reunirse válidamente aun sin la convocatoria del presidente, siempre que concurran la totalidad de los propietarios y así lo decidan.
 
D
davaguco
16/12/2003 19:19
Se me olvidó comentar que existen casos en los cuales la Junta de Propietarios no puede revocar algunos actos.

Así, si la Junta de Propietarios firma un contrato vinculante con un tercero, ajeno a esta Comunidad, por supuesto no puede decidir resolver unilateralmente este contrato. Esto se resuelve simplemente firmando contratos y acuerdos que puedan resolverse con un simple preaviso por escrito con un plazo de tiempo corto. Entiendo que el administrador debería preocuparse de que todos los contratos fuesen así.
 
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davaguco
16/12/2003 19:10
La Junta de Propietarios siempre puede revocar cualquier decisión que se haya tomado anteriormente. La última decisión sería la que contaría.

En cuanto a lo que comentais del bloque 3:

Es lo que intenté decirle al administrador, le comenté los problemas que teníamos con la gente del bloque 3, dado que nos gustaría que participaran en cualquier reunión que se organizara.

Mañana cuando salude en el foro le podremos comentar estos temas.

Hay temas urgentes que tendremos que decidir en la primera reunión, pero por supuesto todo lo que se pueda demorar 3 meses hasta la entrega del bloque 3 pienso que habría que evitar tratarlo.

Tened en cuenta, sin embargo, que vamos a necesitar contratar algunos servicios esenciales, o decidir qué hacemos con los barrotes en los pisos bajos, o los cerramientos de las terrazas.

Existen otros temas, que el administrador os contará, que requieren tomar algunas decisiones. Sin embargo, soy partidario de contarle nuestros problemas, nuestra voluntad de posponer al máximo las decisiones hasta dentro de 3 meses, en la medida de lo posible, y ver si se puede realizar.
 
C
crisylitus
16/12/2003 12:37
Aquí el bloque 3.

Estamos leyendo que vais a convocar una junta de propietarios antes de que a nosotros nos entreguen los pisos y bueno....no podemos deciros que no lo hagáis pero habrá asuntos que también nos afectan a nosotros y nos parece muy feo por vuestra parte que no se espere un mes más para convocarla y poder participar todos.

Si los asuntos que vais a tratar no afectan al bloque 3 entonces adelante pero si lo que vais a tratar son temas como por ejemplo, toldos, cerramientos, zonas comunes etc entonces creo, por el bien de la comunidad, que habría que esperar un mesecito que tampoco pasa nada.
 
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David_Elena
16/12/2003 12:18
Me podrías contestar a una cuestión:
Si celebras la junta de propietarios sin contar con el bloque 3 y se deciden algunas cuestiones a favor y que a posteriores juntas con el bloque 3 estén esas mismas cuestiones en contra, ¿que pasará?
 
D
davaguco
16/12/2003 11:02
He estado hablando con el administrador, y parece él ya tenía previsto convocarnos para una primera Junta de Propietarios después de Reyes (7-8-9 de enero). Le he comentado el tema del bloque 3, y me responde que no ve ningún problema en celebrarla antes de la escrituración.

Tiene otras urbanizaciones en las que la mitad de la urbanización se entregaba 1 año después, y se han celebrado las Juntas de Propietarios sin ningún problema.

 
D
davaguco
16/12/2003 10:30
En realidad, la Comunidad de Propietarios ya existe, la constituyó Inmobiliaria Colonial hace mucho tiempo, le dimos permiso para ello en el contrato inicial que firmamos.

Sólo falta nombrar a los órganos de esta Comunidad de Propietarios (Presidente, vicepresidente, secretario).

Y en realidad, se podría convocar ya la junta dado que sólo hace falta unos 35 vecinos para la convocatoria. Otra cosa muy distinta sería que se pudiesen tomar decisiones sin Inmobiliaria Colonial. Antes de convocar la Junta, tenemos que estar muy seguros de que tenemos mayorías suficientes (más del 50% de las cuotas de participación) presentes en la Junta, sin contar a Inmobiliaria Colonial.
 
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Dar
15/12/2003 18:05
Me gustaria saber hasta que punto es legal tomar decisiones sin haberse constituido oficialmente la Comunidad de vecinos. Con independencia de que 3/5 partes estén de acuerdo, la Comunidad no existe....
 
D
davaguco
15/12/2003 11:32
No me he traido la carpeta de documentos, ¿me podeis decir cuál era el nombre o el teléfono del administrador? Viene en esta carpeta. Si me lo decís, le puedo ir llamando y preguntarle.

A medida que se vayan acercando las fechas de las navidades, va a ser más difícil convocar una reunión. Es ya muy posible que haya que dejarlo para enero, después de Reyes. Necesitamos que acudan más del 50% de los propietarios para poder tomar decisiones sin Inmobiliaria Colonial.
 
D
davaguco
12/12/2003 18:21
No he podido hablar con el administrador, la verdad es que he estado muy liado. Me han traido los electrodomésticos, he contratado y me han instalado el gas, y he contratado la electricidad, que ya se puede hacer.

Si no puedo el sábado, lo intentaré mover el lunes. Cualquier ayuda o asesoramiento es bienvenido.
 
D
davaguco
12/12/2003 18:14
Efectivamente, ya hay un vecino que ha cerrado parte de su terraza con una estructura metálica y de cristal bastante grande. Esto es muy arriesgado, porque si te obligan a quitarlo (y la comunidad de propietarios puede hacerlo), tendrías que pagar tanto la instalación como la desinstalación del invento este. Incluso, si luego quieres volver a montar otro pero esta vez con el permiso de la comunidad y de acuerdo con las reglas generales que se fijen para esto, pues a pagar otra vez. Es poco aconsejable en todo caso.

Creo que habría que determinar qué temas son esenciales y urgentes, y cuáles no, para incluirlos en una primera Junta de propietarios. Quizás ha llegado el momento de poner carteles en todos los bloques anunciando este foro, estaría bien que todos los vecinos participasen en él.
 
A
Alcorlo
12/12/2003 15:03
Toda modificación exterior debe estar aprobada en comunidad, de no ser así, la comunidad, si está de acuerdo puede obligar a quitar dichas modificaciones, esto incluye temas de cerramientos, toldos, e incluso dobles ventanas.
 
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David_Elena
12/12/2003 11:47
Pues ayer me parecio ver una lampara exterior de forja.
 
M
marda
12/12/2003 10:08
Me parece que esas cosas sobre toldos y demas si que urgen porque ya existe un vecino que ha cerrado su terraza.
 
A
Alcorlo
12/12/2003 00:26
Yo vivo en una urbanización y hay formada una mancomunidad que se preocupa de todos los temas generales de la urbanización, y además cada uno de los portales que forman dicha urbanización tiene su comunidad de propietarios con su administrador, y en ella se tratan los temas que incumben principalmente a los vecinos del portal.

No se si esto se hará también en nuestra urbanización ya que somos muy pocos vecinos por cada portal.

De todas formas hay temas que yo no se si IC los lleva todavía, incluidos los gastos, por ejemplo los guardas de seguridad (que son tres los que hay con el fin de cubrir las 24 horas del día) si hay una persona encargada de la limpieza, si hay jardinero, todo esto creo que urge y que no puede esperar a que las viviendas del bloque III sean entregadas. Creo que los vecinos del bloque III pueden y deben opinar en las reuniones que hagamos ya que a ellos tambien les incumbe, y que realmente nos vamos a preocupar por los temas más acuciantes, no en la forma de los toldos o vallas de los pisos, que creo esto puede esperar a que estemos todos o la gran mayoría de los 140.
 
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davaguco
11/12/2003 21:59
Estoy de acuerdo con casi todo lo que comentas. Mañana hablaré con el administrador, y con algún compañero que sabe más sobre estos temas, para comentaros las opciones que yo pienso que tenemos.

En caso de llevar a cabo esta junta de propietarios antes de la entrega del tercer bloque, sólo deberían tomarse aquellas decisiones que fueran urgentes, o que sólo afectaran a los bloques 1 y 2. Y en todo caso se intentaría que asistieran todos los vecinos, incluyendo los del bloque 3, para escuchar su opinión.

Quizás no valga la pena realizar esta Junta antes de la entrega de todos los pisos, pero sí realizar una reunión de vecinos para elaborar un calendario para esta primera Junta, y una lista de los temas que se deberían tratar en esta Junta. Hay temas que habría que prepararlos un poquillo, si conseguimos que venga el administrador a esta reunión ganaremos tiempo.

En cuanto al quorum, estoy de acuerdo contigo en cuanto a la toma de decisiones pero no en cuanto a la celebración de la Junta. Para la segunda convocatoria (que se celebra media hora después de la primera) no hace falta quorum. Y para proponer estas convocatorias basta con que lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación. Entre los bloques 1 y 2 sí tenemos un 25% de los propietarios, basta con que anunciemos la propuesta de convocatoria y la dejemos en los bloques para la firma de los vecinos. Si somos 140 viviendas, basta con que la firmen 35 viviendas.

Sin embargo, sí tienes razón en cuanto que la toma de decisiones va a requerir mayorías, simples en unos casos, o cualificadas en otros, que es posible que no consigamos reunir. Estaría bien al menos poder nombrar a un Presidente que pueda representar a la Comunidad de Propietarios. Esto ya nos permitiría actuar en nombre de todos los vecinos en cuanto a notificaciones, contratación de servicios, etc. Una Junta de propietarios en la que simplemente se nombrara a un Presidente de la comunidad de propietarios sería suficiente para casi todas las tareas más urgentes.

Como tampoco tengo mucha idea sobre este tema, prefiero no seguir opinando, intentaré asesorarme mejor y mañana os cuento.
 
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David_Elena
11/12/2003 20:20
Hola davaguco:
Veo que te estás interesando mucho por el buen funcionamiento del inmueble en general y te lo agradezco, no obstante nosotros somos del bloque 3 y nos gustaría participar en la Junta de Propietarios. Esto no lo podemos hacer hasta que no lo seamos y por el momento no nos han llamado ni para visitar la vivienda. Abundando en lo anterior no se si podreis constituir la Comunidad de Propietarios antes de la citada entrega porque sabes que existen mayorías cualificadas que se verían desvirtuadas antes de la entrega del Bloque 3.
Hay cosas que casi me preocupan más y es que los apliques, lámparas, toldos y demás accesorios exteriores sean iguales para todas aquellas viviendas que deseen colocarlos.
Quizá sería bueno que os reunierais en privado para unificar actuaciones antes de la Junta definitiva y porque entiendo que los propietarios de pisos bajos que deseen poner verjas les urge y deberían ponerlas todos iguales armonizando con la fachada del edificio.
Un saludo
 

Fin del hilo
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