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pucelito
22/01/2009 15:57

junta de vecinos,reunion

¿Cuándo se realizará la reunión y quiénes podrán asistir?

739 lecturas | 11 respuestas
hola a todos se acabo la disputa de la reunion que tenemos,he hablado con la gestoria y me han dicho que la van a poner un dia de diario a las 19.30 de la tarde,no se puede poner mas tarde porque sino se acabaria muy tarde y los pobres trabajadores no podrian ir a cenar con su familia,Asi con esto la gente que trabaja de tarde no va a poder ir y la gente de noche tampoco
Y lo peor de todo que no se puede poner la reunion un domingo,que ellos no trabajan los fines de semana asi me lo han dicho,
aah otra cosa, uno de los pobres trabajadores llamado ruben tiene mal la garganta y como tiene que ir y no puede hablar que de momento no se va a hacer hasta que se recupere
Ya veis las largas que nos estan dando para que no se haga la reunion
 
I
Inmosicario
23/01/2009 00:29
Ole...a ver quien es el salao que dice ahora que el foro no sirve para nada...de momento sirve para que unamos fuerzas y no nos tomen el pelo
 
J
jms19
22/01/2009 22:46
Ya esta bien que nos tomen el pelo haremos la reunion cuando nosotros digamos que para eso pagamos al administrador.
 
P
pucelito
22/01/2009 21:13
avisar con tiempo a la gente,entonces la reunion sera el fin de semana del 31 o 1 de febrero?por la mañana o por la tarde,con los administradores o sin ellos?habeis buscado alguno por si no seguimos con estos?
 
J
jbd1
22/01/2009 20:37
Buenas noticias. Acabo de hablar con la presidenta y la reunión se hará en domingo quiera o no quiera el administrador. Mañana mismo contactará con él.
 
J
jbd1
22/01/2009 20:15
Voy a seguir intentando hablar con la presidenta pero deberíamos hacer escrito al administador o mail uno a uno obligándole a cambiar la fecha y hora. Pero todos, uno a uno, identificando propietario y piso y portal.
 
E
elipa
22/01/2009 18:31
A mi me da que estan dando largas para que se pase el periodo de renovarles o no y asi se renuevan ellos automaticamente. Lo suyo es que la presidenta se pronuncie, aunque creo que no conoce este foro.

Un saludo y nos vemos en la reunion.
 
M
MITSU
22/01/2009 18:08
esto es el colmo de los colmos, la reunion se hace cuando a los vecinos les de la gana y si el administrador no puede venir pues q no venga,vamos, eso creo yo.
De todos modos mucho me temos q ya ha vencido el contrato del administrador, deberiamos decirle q no estamos seguros de querer seguir con el, lo digo xq sino se dice nada se entiende por renovado
 
J
Juancar_Susi
22/01/2009 17:37
Adelante con la reunión en fin de semana, vale ya de que nos tomen el pelo todo el día.
 
C
CarmenEspeso
22/01/2009 17:18
Yo flipo con nuestros amigos los administradores... que curren en domingo o cuando nosotros lo digamos.. no te jode!!! yo me niego a irme hasta el centro cívico del corte ingles como la otra vez, y a las 19:30 ni de coña... no voy a pedir una salida del trabajo para que el probre Rubén no curre a "deshoras". Además yo pensaba que ibamos a hacer una reunion "clandestina" sin los administradores para decidir, entre otras cosas si seguimos con ellos...
 
J
jbd1
22/01/2009 16:07
Está claro que el administrador NADA tiene q ue decir sobre la fecha o la hora.
 
J
jbd1
22/01/2009 16:06
El administrador puede decir misa si la comunidad de propietarios decide hacerlo un domingo u otra hora diferente a la planteada, lo dice MUY CLARO la Ley de Propiedad Horizontal. El problema es que la presidenta no se pronuncia y sería ella la que trasladaría la reunión a otra fecha u hora. De todas formas según la misma Ley se puede prescindir incluso del presiedente si es necesario, así que ya sabemos que hacer o no...

Artículo 16. Punto 2. "La convocatoria de las juntas la hará el Presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria..."

Artículo 20. "Corresponde al Administrador:

a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.

b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.

c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.

d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.

e) Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.

f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta. "


Está claro que el administrador NADA tiene q
 

Fin del hilo
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