Publicado el lunes, 21 de septiembre de 2009 22:45
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Lo que quiere decir, que es privado y derecho de autor, (arquitectos), por tanto no se va a publicar ningun documneto u otro dato de ninguna parcela, ya que segun la Ley expuesta no se puede, solo esta en poder de la asociación en su totalidad, ya que esta a tenido que realizar los tramites pertinentes.
En esta vida, no hay nada gratis, y menos sin currarlo o exigiendolo, lo comento, para que os vayais haciendo la idea, de como esta la cosa.
Saludos y quede constancia de la aclaracion.