Pepelus, Pepinero,Tercero,Ainoha todos... mirad lo que pone en la página web del colegio de notarios lo copio integro.
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Capítulo 3: LA ESCRITURA DE COMPRAVENTA
La firma de la escritura es el momento culminante de su adquisición: usted abona la totalidad o el resto del precio de la compra y recibe las llaves de la vivienda, convirtiéndose en su nuevo propietario. La intervención de un profesional especialmente cualificado, el notario, le garantiza la legalidad y corrección de la operación.
• No se conforme con acudir a la notaría el día de la firma, vaya antes a obtener información y asesoramiento, examine un borrador de la escritura y exija las modificaciones que procedan.
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• No renuncie, salvo causa muy justificada, a ninguna de las obligaciones que la Ley impone al notario en beneficio del comprador ( justificación de estar la finca al corriente de pagos de comunidad ; solicitud de información registral ; remisión de asiento de presentación, etc.).
! El notario actúa de forma imparcial con independencia de quién haya requerido su intervención y redacta el documento conforme a la "voluntad común" de ambas partes
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Por cierto. ¿Sabemos quien es el notario y su despacho?
Creo que es Jose Mª Gomez Fournier y tiene hasta pagina web
Notaría de José María Gómez Fournier
Plaza de la Fuente Honda Nº 8, Piso 1° · Leganés
(28911 Madrid)
Teléfono: 91 693 29 47
Fax: 91 694 29 31
notaria@gomezfournier.com Quien mejor que el para explicarnos las dudas. Yo ya no doy más pistas.
Yo antes de firmar me voy a personar en su despacho para que me explique todo. Y por supuesto contrastarlo con otros profesionales.
Hay unos plazos, efectivamente, que nadie se puede saltar a la torera. Ni siquiera EMSULE. El propio colegio de notarios y los notarios en particular estan obligados a informarte de los plazos. ¿Y por que se esto? Porque me he metido en el colegio de notarios y tienen una guia cojonuda donde ponen cosas como las que os vengo diciendo toda la mañana. Que paqué las prisas. Que hay leyes que regulan todas estas cosas. Que no se puede firmar el día y hora que el promotor quiere despues de hacernos esperar meses y meses. A prisa y corriendo. Yo ya , en esta línea lo he dicho todo. Que hay un derecho fundamental y es el derecho a la información. Allá cada cual.
La guia esta en la dirección
www.notariado.org .