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Mid
Mid
12/04/2010 09:13

¿Ya comienza la especulación en pradolongo?

¿Es una estafa vender un piso de protección oficial antes de los 5 años?

2.624 lecturas | 10 respuestas
Me ha llamado mucho la atención que, sin pretenderlo, he acabado en un anuncio de venta para un piso de nuestra promoción... no hay más que buscar en google 'doctor tolosa latour 13'  y aparece el anuncio de venta de un piso de 76m2 por la nada desdeñable cifra de 215.000€...

No sé si el anunciante andará por este foro, y, de todos modos, me imagino que será bastante consciente de lo que está haciendo, pero eso es una estafa en toda regla... Cuando nosotros compramos nuestros pisos lo hicimos con unas condiciones muy concretas y entre ellas estaba la imposibilidad de venderlo antes de 5 años y, a partir de ese momento, si se vende, debe hacerse al precio estipulado de vivienda de protección... Por no hablar del derecho de tanteo y retracto que tiene la EMV y que puede hacer polvo al comprador si deciden ejecutarlo.

No me gusta pensar mal, pero que te concedan un piso de protección y lo quieras vender apenas dos años después sacándole un beneficio de casi 70.000€ (y encima estafando al futuro comprador) me parece bastante ruin, la verdad.
 
I
inmaloca
08/10/2010 03:52

Yo tengo como lema , vive y deja vivir, mientras no me perjudique, alla cada cual si hace algo fuera de la l ey, tendra que juzgarle un juez, a saber los motivos, mas vale que nos preocuparamos de otras cosas que personalmente creo que tienen mas prioridad

 
sputnik
sputnik
23/09/2010 14:44

A las güenas.

El préstamo cualificado es parecido al convenido pero no igual.

El primero se definió al amparo del plan de vivienda del año 2002 (real decreto 1/2002 y decreto de la cm 1/2005, con modificaciones) y le aplica una normativa diferente al segundo, que se estableció en el plan de vivienda del año 2009 (real decreto 2066/2008)

Hay una diferencia entre ambos que hay que tener muy en cuenta. Si quieres alquilar legalmente tu casa antes de que transcurran diez años (si no eres familia numerosa ni sufres maltratos) con el préstamo convenido necesitas autorización expresa por parte del órganos competente de la CCAA (en Madrid, DG de Vivienda y Rehabilitación) En el caso del préstamo cualificado basta con novar las condiciones del préstamo a las de libre (en ambos casos, además, tendrías que devolver las ayudas si las hubieras recibido y novar las condiciones del préstamo a libre)

a+

 
Mid
Mid
23/09/2010 12:54

Eso parece

http://www.mviv.es/es/index.php?option=com_content&task=view&id=315&Itemid=341

Lo que no tengo yo tan claro, a día de hoy es que sea tan ventajoso... El interés acaba siendo más alto que el que se podría conseguir en muchos préstamos libres... Lo que pasa es que es necesario para solicitar las ayudas (que tampoco nos han dado, así que...).

Aquí tenéis un artículo bastante interesante al respecto:

http://edificioelgranado.blogspot.com/2009/04/tipos-de-interes-en-las-vpo.html

 
J
JoseyEster
23/09/2010 09:49

Vaya, pues va a ser que nos quedamos sin vender. A veces me siento como en una cárcel. La verdad es que el préstamo cualificado es muy ventajoso, así que de todas formas fue buena idea pedirlo.

Gracias por toda la información.

 
sputnik
sputnik
23/09/2010 08:08

A las güenas.

Lo primero, JoseyEster, enhorabuena por lo de la familia numerosa y gracias por traer nuevos contribuyentes que paguen mi pensión dentro de unos años.

Los precios máximos de venta y alquiler los colgué en un documento en la zona "Descargas" de esta página. De todas formas si te diriges a la oficina de vivienda de la Comunidad de Madrid te lo cuentan.

La EMVS, en principio, no compra nada a nadie. Una vez que has escriturado tu casa es tuya y sólo en ciertos casos muy concretos la EMVS podría ejercer el derecho de tanteo y retracto pero, por mi trabajo, me consta que desde hace tiempo no lo ejecutan porque no tienen fondos.

Para vender la casa a un tercero tienes que tener en cuenta un par de cosas:

1. Si has pedido un préstamo cualificado lo tienes más difícil y, en principio, no podrías venderla hasta pasados 10 años. Al ser familia numerosa estás habilitado a alquilarla antes de transcurrir ese plazo sin requerir autorización ni de la Comunidad de Madrid ni de la EMVS.

2. Si no has pedido el préstamo cualificado puedes vender la casa al precio máximo de venta establecido sin transcurrir ningún plazo (para recalificarla y venderla a precio libre tenemos que esperar 25 años) Ahora bien, entre las limitaciones de la facultad de disponer que tiene nuestra vivienda incluidas por la EMVS está la de tener que pagarles un 20% del importe de la compravente (echad números)

a+,

 
J
JoseyEster
22/09/2010 12:19

Hola Sputnik

Hace mucho que se tocó este tema, pero ¿dónde puedo consultar estos datos? Nosotros ahora somos familia numerosa y quería consultar a la EMV en qué condiciones podríamos vender. Hace unos meses llamé y me dijeron que por familia numerosa sí podemos vender y que ellos nos la comprarían. De momento sólo tanteamos, pero antes de tener que pasarme por la EMV (ya que es casi imposible que cojan el teléfono y no encuentro ni una sola dirección de e-mail a la que dirigir estas dudas), quería saber cómo lo sabías.

De todas formas es cierto que la subida ha sido espectacular. A mi hermana le han ofrecido uno de los de la comunidad de al lado por 185.000 con 3 hab. y 75 m2 aprox.

 
sputnik
sputnik
12/04/2010 19:10
A las güenas.
Me había confundido con los precios máximos (os los dije de memoria) Los de garaje y trastero son más altos:
M2 útiles de vivienda: 1.940,48
M2 de trástero y garaje (netos) 1.164,29

En todo caso, si alguien la pone a la venta y ha cerrado la terraza, cambiado la puerta, amueblado la cocina, etc. no creo que se haga de oro pidiendo 215 k€. Pero vamos, que tampoco me llevo yo comisión con la venta así que no me querría poner más pesado.

Lo único que sí sugeriría es que evitaramos denunciarnos entre vecinos porque casi el 90% nos hemos pasado por.... toda la reglamentación en materia de vivienda protegida al haber ganado m2 útiles con el cierre de la terraza con lo que si empezamos a cruzarnos denuncias esto acaba como Puerto Urraco

a+,





 
Mid
Mid
12/04/2010 16:18
Vaya, pues no tenía ni idea de esa enorme subida de los precios de las viviendas de protección... ¿eso quiere decir que nuestras viviendas se han revalorizado casi un 33% en dos años? Vaya con la crisis inmobiliaria! :-)

De todos modos, siguen sin salirme las cuentas
76m * 1900€/m =144000€ 
(25+8)m*850€/m=28000€

Hasta los 215000 aun queda un trecho... ni añadiendo un iva del 18% :-P
 
sputnik
sputnik
12/04/2010 13:33
A las güenas.

No los tienes que vender por el precio que te costaron sino por el precio máximo que aplique en el momento de la venta (igual que el alquiler) Ha ocurrido que en 2008 modificaron esos precios máximos que llevaban sin variarse desde 2002, por eso el incremento parece espectacular (de 1474 a 1900 euros/m2)

Cita:
?Mi pregunta los pisos de proteccion se tienen que vender creo por el mismo precio que te ha costado por las circustancias que sean por traslado a otra ciudad por trabajo, por circustancias familiares ect. A no ser que tengas un acuerdo con la emv. Por eso hay la inspecciones para acabar con estos casos de vender el piso, por eso lo han puesto más tiempo para venderlo libre, lo se por una amiga que iba a comprar una casa se suponia libre, cuando se encontro que la casa estaba con protección oficial y los dueños no podian pedir mas de la cuenta.
 
sputnik
sputnik
12/04/2010 10:09
a las güenas.

No os precipitéis porque puede estar haciéndolo legalmente.
Si reune ciertas circunstancias (cambio de trabajo, se hace familia numerosa, etc.) puede solicitar autorización a la Comunidad de Madrid (si obtuvo financiación cualificada) y la EMVS (que tiene una reserva de al facultada de disponer) para venderla o alquilarla al precio máximo legal.

Por el precio que ha puesto puede estar dentro del máximo legal de venta y no ha habría hecho ninguna especulación. El precio por m2 de piso ha subido a 1900 euros de los 1474 al que lo compramos nosotros, a lo que hay que sumar 850 euros por metro de trastero y garaje (que el garaje computa por 25 m2)

a+,
Editado por sputnik 12/04/2010 11:05
 

Fin del hilo
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