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R
RUBDELA
01/07/2008 15:12

Estatudos y Planos

1.396 lecturas | 25 respuestas
Atencion a los Estatutos.....
Articulo 10 (el ultimo) SANDO se reserva el derecho a colocar durante un año en el edificio cualquier tipo de propaganda o instalacion de telefonia movil.....
PERO QUE CARA TIENEN ESTOS TIOS.......¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
 
AgustinConde
AgustinConde
04/07/2008 10:30
Eso sí, al año, vamos y lo derribamos, y la propaganda fuera.
 
P
patydan
03/07/2008 14:53
gordifeliz dijo:

patydan dijo:

Movistar toda la cobertura en el portal I


Jodó!! Pues yo soy del I y de Movistar y en el hall no oigo un carajo!!!


Ya te digo que yo he hablado con el movil por el ascensor, el piso (el hall no lo tengo muy claro) y me iba bien. Hombre, a lo mejor se iba un poco la cobertura pero se entendía bien ;)
 
A
aerom
03/07/2008 13:41
gordifeliz dijo:


Jodó!! Pues yo soy del I y de Movistar y en el hall no oigo un carajo!!!


Eso es que de la emocion no escuchabas :D
 
gordifeliz
gordifeliz
03/07/2008 11:29
patydan dijo:

Movistar toda la cobertura en el portal I


Jodó!! Pues yo soy del I y de Movistar y en el hall no oigo un carajo!!!
 
P
patydan
03/07/2008 08:37
Movistar toda la cobertura en el portal I
 
C
CutiLeni
02/07/2008 15:16
Orange tiene toda la cobertura en el E
 
A
aerom
02/07/2008 14:11
gordifeliz dijo:

Oye... ahora que habláis de los móviles. ¿Alguien tiene cobertura dentro de la vivienda??? Yo me tengo que acercar a una ventana para poder hablar por teléfono!!!


Movistar a tope en el portal C.
 
gordifeliz
gordifeliz
02/07/2008 12:55
Oye... ahora que habláis de los móviles. ¿Alguien tiene cobertura dentro de la vivienda??? Yo me tengo que acercar a una ventana para poder hablar por teléfono!!!
 
R
RUBDELA
02/07/2008 11:36
Estoy de acuerdo con caye.

Esto no significa que vayan a poner un repetidor de telefonia movil, sino que se otorgan el derecho a ponerlo durante un año. Y no creo que a ninguna empresa de telefonia le convenga poner nada si sabe que al año los vecinos se la van a quitar a patadas (y para eso no hace falta unanimidad como para modificar los Estatutos).

Pero el simple hecho de que aparezca esa clausula ahi me parece abusiva y habria que buscar la forma de impugnar ese articulo.....
 
caye
caye
02/07/2008 09:56
Además, en la escritura pública de compra-venta se indica que:

La sociedad "Sando Proyectos Inmobiliarios, S.A.", por medio de su representante, vende y trasmite las fincas descritas en el expositivo I) de esta escritura, como cuerpos ciertos en pleno dominio, en el estado de cargas mencionado, libres de arrendatarios, con cuantos derechos, usos y servicios les sean inherentes y accesorios y al corriente en el pago de todo tipo de gastos e impuestos

cuantos derechos usos y servicios les sean inherentes significa que somo propietarios al 100% de la urbanización y de todas sus instalaciones y que podemos hacer lo que creamos conveniente siempre que se apruebe en junta de vecinos. Y si decidimos modificar los estatutos, se modifican. Y si decidimos instalar/desinstalar algún elemento/servicio, se instala/desinstala.

Sigo pensando que necesitamos un buen asesoramiento legal...
 
R
revival
02/07/2008 09:50
Si yo estoy de acuerdo en quejarnos pero la respuesta que me aseguraron en la oficina de vivienda es que si firmaba eso luego no podría quejarme.

 
caye
caye
02/07/2008 09:34
Uy, que cosa mas rara me ha hecho el post...

Decía que:

Si no nos revolucionamos y armamos ruido nos COMEN!! yo no estoy de acuerdo con que el contrato tenga validez para toda la vida (ya suficiente tengo con la hipoteca del banco) y en mi contrato no pone nada de ´antenas´ (ese literal concreto) sino servidumbres necesarias para ´habitar´ (y creo que una antena para que se enriquezcan o deprecie el valor de nuestras viviendas no lo es)

El resto son los otros dos párrafos que han salido bien...

Sorry!
 
caye
caye
02/07/2008 09:32
revival
¡qué carácter más revolucionario hay en la urbanización!

Saludos [/quote dijo:




Si no nos revolucionamos y armamos ruido nos COMEN!! yo no estoy de acuerdo con que el c


Si no nos revolucionamos y armamos ruido nos COMEN!! yo no estoy de acuerdo con que el contrato tenga validez toda la vida (ya suficiente tengo con la hipoteca en el banco) y tampoco en mi contrato indica nada de ´antenas´ (ese literal concreto) sino servidumbres necesarias para ´habitar´ (no para su enriquecimiento o nuestra depreciación del valor de las viviendas por instalar una antena)

El grito de uno solo no se escucha, el grito de 200 (quitando al BBVA que supongo les dará igual) puede oirse bastante lejos, sobre todo en mala publicidad para ellos allá donde vayamos. Y sobre todo, el derecho de asociación (¿o no podemos contratar un buen buffet de abogados entre 200?)

Un saludo!
 
gordifeliz
gordifeliz
02/07/2008 08:52
Pues nada... a aguantarnos, pero como bien dices... me da a mí que poco van a poder poner...
 
R
revival
02/07/2008 08:23
caye dijo:

El contrato, con su literatura, es ambiguo e indica en su cláusula dieciocho:

La parte compradora faculta expresamente y da poder a la parte vendedora para que ésta pueda efectuar cesiones o establecer servidumbres a favor de terceros y a favor de las compañias de servicios correspondiente respecto de aquellas zonas necesarias para la instalación de los suministros o servicios de agua, luz, alcantarillados, gas, etc... haciendo las gestiones oportunas y firmando los documentos públicos o privados necesarios, obligándose asímismo la parte compradora a ceder, establecer o mantener dichas servidumbres.

Lo primero, es que éste párrafo se refiere a las servidumbres necesarias para "habitar" el edificio y creo que una antena de telefonía movil no es extrictamente necesaria para tal fin.

Lo segundo (y no se qué pensáis vosotros), este contrato de compra-venta para mí tiene fecha de caducidad el día que firmo las escrituras. A partir de entonces la única relacción que pueda tener con SANDO es la de garantía del piso y del edificio y que puede que sea vecino mío si no logra vender todas las viviendas. El contrato lo considero rescindido.

Estoy con Rubdela en que creo que necesitamos ayuda legal con esto...


Pues a mí no me gustó nada la idea de que pongan algo pero con el contrato en mano me fui en su día a que me lo explicaran los "entendidos" y lo que pone el contrato es que les hemos dado derecho a poner antenas o carteles publicitarios o lo que quieran poner arriba.
Otra cosa es que no creo que quepa demasiado ahí ya que con paneles solares, máquinas de aire y terrazas de los áticos debe estar ya bastante curtidito.
Pero ante la ley nos tienen pillados porque lo siento pero el contrato tiene validez toda la vida, y hemos firmado todos. Legalmente no podemos ahora querer que se quite salvo que no cumpla alguno de los puntos en los que se menciona en el contrato.
Aunque insisto en que no creo que pongan nada.
¡qué carácter más revolucionario hay en la urbanización!

Saludos
 
A
aerom
01/07/2008 23:24
Pues va a ser jodido en el local de la comunidad... puesto que nos lo tienen invadido y no tenemos llaves de acceso al mismo...
 
VicyNu
VicyNu
01/07/2008 23:11
Yo voto por hacer una junta antes paralela en nuestro local de comunidad nosotros.
 
A
aerom
01/07/2008 22:55
Pues no estaria de mas quiza como dije en otro hilo montar un frente comun, de tal manera que podamos hacer fuerza el dia de la "super junta en un hotel" ya que si no en dicha junta se lavaran las manos y nos lo vamos a comer doblado...

Como creo que es un asunto serio podriamos ver un dia y quedar por hablar de estos temas, y asesorarnos un poco, seguramente encontremos una solucion "factible" o al menos podremos descansar un poco mas nuestras conciencias.

 
caye
caye
01/07/2008 22:48
El contrato, con su literatura, es ambiguo e indica en su cláusula dieciocho:

La parte compradora faculta expresamente y da poder a la parte vendedora para que ésta pueda efectuar cesiones o establecer servidumbres a favor de terceros y a favor de las compañias de servicios correspondiente respecto de aquellas zonas necesarias para la instalación de los suministros o servicios de agua, luz, alcantarillados, gas, etc... haciendo las gestiones oportunas y firmando los documentos públicos o privados necesarios, obligándose asímismo la parte compradora a ceder, establecer o mantener dichas servidumbres.

Lo primero, es que éste párrafo se refiere a las servidumbres necesarias para "habitar" el edificio y creo que una antena de telefonía movil no es extrictamente necesaria para tal fin.

Lo segundo (y no se qué pensáis vosotros), este contrato de compra-venta para mí tiene fecha de caducidad el día que firmo las escrituras. A partir de entonces la única relacción que pueda tener con SANDO es la de garantía del piso y del edificio y que puede que sea vecino mío si no logra vender todas las viviendas. El contrato lo considero rescindido.

Estoy con Rubdela en que creo que necesitamos ayuda legal con esto...
 
R
RUBDELA
01/07/2008 22:04
Si, en el contrato ponia que le dabamos poderes a Sando para constituir la Comunidad, para hacer servidumbres...etc,etc,etc. Pero eso es una cosa y otra que te planten un repetidor de telefonia movil o cualquier otra cosa en la azotea porque asi ganan pasta...

En primer lugar, no cuestiono lo del repetidor (aunque sin creerme todo lo que dicen me parece una aberracion) lo que realmente me parece escandaloso es que se aprovechen de nosotros (tiene cierto aire de ilegalidad) para ganar una pasta (que deberia repercutir en la Comunidad) a costa de la depreciacion de nuestras viviendas (no nos engañemos porque nadie quiere vivir bajo esas antenas) cuando no de nuestra salud (esto es mas discutible, lo se).

Creo que si plantamos cualquier cosa en nuestra casa tiene que ser porque los vecinos queramos, no porque la constructora quiera ganar dinero a nuestra costa (como si no se hibiesen llevado ya pasta).

Creo que necesitamos ayuda legal con esto.....
 
R
Rasputo
01/07/2008 21:45
y la hipoteca a Caixa.
 
S
Sapaburu
01/07/2008 21:24
Creo que tienes razon, Revival, yo entre hace poco en todo esto y en mi contrato pone cosas raritas de esas
 
R
revival
01/07/2008 21:03
Siento decirte que venía en el contrato cuando firmamos así que no tenemos mucha elección.
Todo lo relacionado con servidumbres, antenas etc venía en el contrato, por lo menos en el mío.
 
caye
caye
01/07/2008 16:00
P.D. Porque si no pagaran un mes... adiós derecho a voto y a tomar parte de las decisiones de la comunidad!!!
 
caye
caye
01/07/2008 15:58
Pues ya sabemos...

Cuando no quede ninguna vivienda de SANDO a la venta (es decir, no forme parte de la comunidad de vecinos) reunión extraordinaria para modificar los estatutos (necesario por unanimidad) y que se metan su publicidad y su telefonía movil por donde les quepa... (a menos que nos pagen una pasta por ello claro)

La pena es que no lleguen a vender todas las viviendas en un año o decidan reservarlas para después... en tal caso me regocijaría viendo como pagan religiosamente todos los meses los recibos de la comunidad de las viviendas que sean todavía de su propiedad.

Un saludo!
 

Fin del hilo
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