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Calixto
Calixto
11/10/2004 11:09

Cuenta vivienda

¿Cómo adelantar pagos de cuenta vivienda para evitar problemas con hacienda?

803 lecturas | 10 respuestas
Como imagino que os interesará a alguno antes de que termine el año os comento:

He hablado con la EMV para ver como se adelantan pagos, en el caso de que tengas dinero en la cuenta vivienda que quieras entregar para no tener problemas con hacienda. La respuesta es:
- unos 15 días antes de la fecha de caducidad se entrega en la EMV una solicitud, indicando motivo y cantidad a pagar adelantada.
 
Ronaldo
Ronaldo
15/10/2004 10:23
Buenos días,

nosotros ya estamos informados del tema y lo que te dejan hacer cuando te va a caducar la cuenta vivienda es adelantar el 3er pago y, si aún os queda dinero en la cta vivienda, descontarlo de la hipoteca. El IVA, tal como dice el contrato, se paga a entrega de llaves, por lo que si ya hemos liquidado el dinero de la cta vivienda, habría que abonarlo desde otra fuente de ahorro.

Espero haber aclarado un poco el tema.

Un saludo
 
P
pipotas
15/10/2004 00:07
Lo logico es que la EMV os deje adelantar el pago hasta el importe de lo que teneis en la cuenta vivienda.
Ejemplo:queda el pago 3 por importe de 6000 euros + 7% IVA (420 euros) + 7% IVA de la hipoteca. Si os quedan 4000 euros en la cuenta vivienda, os dejaran adelantar parte del tercer pago.
Si os quedan 10.000 euros, os dejaran adelantar todo el tercer pago, el IVA , el IVA restante y si todavia queda dinero, pagar a cuenta de la hipoteca, de modo que os subrogariais en una hipoteca menor.
Todo esto son elucubraciones mias con los datos que habeis aportado vosotros.
 
M
Mar Perez
13/10/2004 13:56
Hola, creo que me he explicado " regular ".
Cuando hablo de registro "chimobayon", me refiero al registro de la EMV, como has hecho. No te preocupes. Esta bien.

Respecto a lo del IVA de la parte del prestamo, lo que me dijo Teresa la de la EMV, es que como no vamos a firmar las escrituras hasta el año 2.005 y en mi caso, se me caduca la cuenta vivienda en Noviembre, 2.004, entonces NO se puede sacar de ahi, y lo que hay que hacer es cancelar toda el saldo de la cuenta vivienda a cuenta de quitarnos prestamo y la parte del IVA ( cuando lo pagemos en el 2005, sacarlo de otros ahorros )

Pipotas, tu que estas mas enterado , creo que es lo correcto. Pipotas, la EMV ,si te deja aportar la totalidad del saldo de la cuenta vivienda ( suma de tres pagos mas lo que reste para descontartelo del prestamo )
Confirmanos.
Sldos y gracias a todos.
Mar Perez.
 
Calixto
Calixto
13/10/2004 00:38
Grácias pipotas, Pues según esto se podría pagar el IVA y todos los gastos, habrá que hablarlo con la EMV.
 
P
pipotas
12/10/2004 22:21
Hola amigos.El foro no descansa!!!!
Os adjunto información acerca de la cuenta vivienda sobre el plazo de caducidad, sobre las cantidades no gastadas de la cuenta y gastos deducibles.

*EL PLAZO PARA INVERTIR LAS CANTIDADES DEPOSITADAS EN LA CUENTA VIVIENDA SERA DE 4 AÑOS (5 AÑOS PARA LAS CUENTAS ABIERTAS ANTES DEL 1.1.1999) A PARTIR DE LA FECHA EN QUE FUE ABIERTA LA CUENTA,COMPUTANDOSE DICHO PLAZO DE FECHA A FECHA. CUANDO EN EL MES DE VENCIMIENTO NO HUBIERA DIA EQUIVALENTE AL INICIAL DEL COMPUTO, SE ENTENDERA QUE EL PLAZO EXPIRA EL ULTIMO DIA DEL MES.
PARA NO PERDER EL DERECHO A LAS DEDUCCIONES PRACTICADAS A TRAVES DE LA CUENTA VIVIENDA DEBERA DESTINARSE A LA ADQUISICION EN PLAZO LA TOTALIDAD DEL SALDO.
NORMATIVA: ART. 54 Y D.TRANSITORIA 2ª R.D. 214/99.

*QUE OCURRE SI EL CONTRIBUYENTE NO PUEDE DESTINAR A LA ADQUISICION DE SU VIVIENDA HABITUAL LA TOTALIDAD DEL SALDO APORTADO A LA CUENTA VIVIENDA POR NO ADMITIR POR EJEMPLO EL PROMOTOR (EMV) EL PAGO DE UNA CANTIDAD SUPERIOR EN PLAZO?
SERAN DEDUCIBLES LAS CANTIDADES DEPOSITADAS EN LA CUENTA VIVIENDA SIEMPRE QUE LA TOTALIDAD DEL SALDO SE MATERIALICE EN LA ADQUISICION O REHABILITACION DE LA VIVIENDA HABITUAL EN EL PLAZO MAXIMO PREVISTO EN LA NORMATIVA. POR TANTO, SI SOLO SE DESTINA PARTE DEL SALDO SE PERDERA EL DERECHO A DEDUCCION POR LAS RESTANTES CANTIDADES QUE NO SE HAN APLICADO A SU FINALIDAD DENTRO DEL PLAZO, DEBIENDO REINTEGRAR LAS DEDUCCIONES PRACTICADAS SOBRE LAS PRIMERAS PESETAS DEPOSITADAS QUE EXCEDAN DE LAS CANTIDADES INVERTIDAS.
NORMATIVA: ART. 54 R.D. 214/99 ; D.G.T. 2004-99 ; 0111-00.

*DEDUCCION POR INVERSION EN VIVIENDA HABITUAL.
LA BASE MAXIMA DE ESTA DEDUCCION SERA DE 1.500.000 PESETAS (9.015,18€) ANUALES Y ESTARA CONSTITUIDA POR LAS CANTIDADES SATISFECHAS PARA LA ADQUISICION O REHABILITACION DE LA VIVENDA QUE CONSTITUYA O VAYA A CONSTITUIR RESIDENCIA HABITUAL, INCLUIDOS LOS GASTOS ORIGINADOS QUE HAYAN CORRIDO A CARGO DEL ADQUIRENTE, Y EN EL CASO DE FINANCIACION AJENA (HIPOTECA EMV), LA AMORTIZACION , LOS INTERESES Y DEMAS GASTOS DERIVADOS DE LA MISMA. ESTOS GASTOS SON:IVA, NOTARIA, REGISTRO, SEGURO DE LA CASA,....ABSOLUTAMENTE TODOS LOS GASTOS NECESARIOS PARA ADQUIRIR LA VIVIENDA.
NORMATIVA: ART.55 LEY IRPF

Espero que os haya servido la retaila.
;-D)


 
Calixto
Calixto
12/10/2004 17:15
Yo tenía entendido que el dinero de la cuenta vivienda estaba destinado a todos los gastos directos de la adquisición de una vivienda, incluyendo notarías e IVA, amigos mios que se han comprado piso han utilizado el dinero de la cuenta vivienda para eso, ¿O es que el IVA no es un gasto de adquisición de la vivienda?.
 
L
LJR
12/10/2004 16:20
Hola a todos,

Yo no entiendo muy bien eso de que el importe del iva haya que pagarlo de otra cuenta que no sea la cuenta ahorro vivienda, que pasa entonces si tienes prácticamente todo el dinero ahí metido y tienes que pagar por ejemplo 6000 euros de iva? de donde lo sacas?. Y los gastos de notaría, tampoco se puede pagar con el dinero de la cuenta vivienda? Yo creo que todo va destinado al mismo fin ¿no?.
Como sea así adios ahorrillos para amueblar el piso.

Saludos vecinos.
 
C
chimoobayon
11/10/2004 22:24
Tengo dos dudas, la primera de ellas es: La cuenta vivienda caduca al quinto año, es decir puedo tener el dinero en esa cuenta cuantro años y desgrabar con ello en hacienda, y el quinto año seria cuando caduca, no es cierto.

La segunda duda es: Porque hay que llevar al registro las hojas de los pagos a la EMV. Yo de los dos pagos iniciales que hice no lleve a ningun registro nada. Simplemente les di una copia del justificante del pago a la EMV y punto.

Tengo que hacer algo mas?
 
Calixto
Calixto
11/10/2004 21:15
Gracias, a mi no me habían dicho nada de las fotocopias de movimientos. así ya lo tendré en cuenta.
 
M
Mar Perez
11/10/2004 16:34
Hola a todos.
Como asi dice Calixto.
En efecto. A mi se me caduca en Noviembre ,y yo he hecho una carta, indicando que la fecha de finalizacion de cuenta vivienda es tal..... y entonces te hacen dos cartas de pago, una por el tercer pago y otra a cuenta de minorar el importe del prestamo. Hay que adjuntar copia de las cuentas vivienda con todos los movimientos habidos durante toda la vida de la cuenta para que vean el saldo.
Recordar que el importe del IVA que hay que pagar hay que sacarlo de otro sitio ( otro ahorro ).
Luego cuando se haga el pago, se va a la EMV con las cartas selladas por el banco y se llevan a registro para que conste que lo has entregado.
Espero haberos ayudado .
Sldos,
Mar
 

Fin del hilo
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