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C
cabilia
23/06/2005 12:56

SUBROGACION EMV SANCHI VII

¿Es obligatorio subrogarse en la hipoteca que ofrece el promotor?

724 lecturas | 3 respuestas
Buenos día vecinos,

Se que alguno de vosotros no va a subrogarse al ptmo promotor porque trabaja en algun banco. ¿Vais a correr con los gastos de la cancelación registral?

Os lo comento porque he encontrado lo sig. zascandileando por internet.Es abusivo y no obligatorio. Por si os sirve de ayuda:
"
¿ES OBLIGATORIO SUBROGARME A LA HIPOTECA QUE ME OFRECE EL PROMOTOR?

Normalmente los contratos de compraventa obligan a los compradores de una vivienda a subrogarse en el préstamo hipotecario concertado entre la promotora y el banco, dando como única alternativa la cancelación del préstamo hipotecario, con los consiguientes gastos que conlleva dicha cancelación y que, por supuesto, se suelen trasladar al comprador. Es conveniente saber que no es obligatorio subrogarse en el préstamo del promotor o constructor. Esta cláusula es contraria a derecho, y ello, por los siguientes motivos:

- Por aplicación del artículo 8.2 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, “En particular, serán nulas las condiciones generales que sean abusivas, cuando el contrato se haya celebrado con un consumidor, entendiendo por tales en todo caso las definidas en el artículo 10 bis y la disposición adicional primera de la Ley 26/84, de 19 de julio, General Para la Defensa de Consumidores y Usuarios”.

- La disposición adicional primera, número 22, de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios establece que:

“A los efectos previstos en el artículo 10 bis, tendrán el carácter de abusivas al menos las cláusulas o estipulaciones siguientes:La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por Ley imperativa corresponda al profesional. En particular, en la primera venta de viviendas, la estipulación de que el comprador ha de cargar con los gastos de titulación que por su naturaleza correspondan al vendedor (obra nueva, propiedad horizontal, hipotecas para financiar su construcción o su división o CANCELACIÓN)

- Nuestro Alto Tribunal ha considerado nula de pleno derecho esta cláusula que obliga al comprador a satisfacer los gastos de cancelación de una hipoteca contratada por el promotor.

La cláusula de subrogación, perjudica de forma desproporcionada o no equitativa a los compradores, en cuanto sólo favorece al vendedor, al facilitarse una construcción mucho más económica a costa de los citados, que, por el contrario, ningún beneficio obtienen de la misma, pues han de pagar no sólo el precio de la venta, sino además, la financiación del vendedor y la propia del préstamo para satisfacer dicho precio, soportando así, en la práctica, una doble financiación, cuando la Ley ordena que la correspondiente a la construcción y los gastos de su cancelación corran a cargo del vendedor, conforme lo que establece “in fine” el citado art. 10.”

Esta sentencia afirma que si la hipoteca se contrató como garantía para financiar la construcción, fue el promotor o constructor quien negoció y acordó los términos que se ajustaron mejor a sus intereses ; por tanto, es al vendedor a quien corresponde correr con todos los gastos que se deriven de ella, incluso su cancelación, salvo que al comprador le interese subrogarse y lo haga libremente."

Saludos
 
C
cabilia
24/06/2005 14:58
De nada pipotas,

Pues luego nos ctas.
Yo no se q voy a hacer... Pero me parece q a estas alturas y si firmamos en Julio. ¡ Dios lo oiga! Tendré q subrogar porque no me dará tiempo a prepararlo por otro lado.
Un saludo.
 
J
jraulgm
23/06/2005 19:32
Lo q sí es cierto es que la gestión de la cancelación registral la hacemos nosotros. Podemos preguntar si nuestra Caja nos permite no cancelar registralmente la hipoteca de CajaMadrid. Algo he escuchado alguna vez sobre esto pero no se si será verdad o leyenda urbana.
 
P
pipotas
23/06/2005 16:43
Muchisimas gracias cabilia!!!!
La verdad es que estaba buscando algun precepto legal al que agarrarme para poder alegar que, efectivamente, los que no nos subrogamos no debemos pagar los gastos de cancelacion registral.
Mañana mismo les envio un escrito a la EMV diciendo esto que me pones, a ver que se cuentan.....
 

Fin del hilo
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