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M
mariapc
20/09/2012 11:12

Bonificacion IBI del 50%

¿Cómo solicitar la bonificación del 50% del IBI en Madrid?

2.042 lecturas | 8 respuestas

Buenos días

para aquellos que no lo sepais, tenemos derecho a una bonificación del 50% del IBI para los 3 primeros años, os dejo el enlace

https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.d3089948cb18b1bb68d8a521ecd08a0c/?vgnextoid=d12778d4dfaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=73ed5d53be9a0210VgnVCM100000171f5a0aRCRD

hay que solicitarlo en el mismo año en que concedan la calificación definitiva, se tiene que hacer presencial en las oficinas municipales de registro y en necesario llevar una fotocopia de la cédula de calificación definitiva

También hay otra ayuda que no se si tendremos derecho que se llama Ayuda Estatal Directa a la Entrada, porque para esta ayuda hay que haber obtenido un préstamo convenido, consiste en un pago único q abona la entidad que haya concedido este préstamo.

Los que controleis mas estos temas si nos podeis aclarar algo yo x mi parte os lo agradeciería

Un saludo

 
quemi
quemi
13/12/2012 18:57

Medus, lo había visto.....pero yo por si acaso voy a presentar los papeles....total no perdemos nada.....

un saludo

 
C
celjor
13/12/2012 13:27

Muchas gracias quemi!

 
quemi
quemi
13/12/2012 13:23

Hola Celjor,

Pues en datos del interesado creo quedebes poner tu domicilio actual, el que se corresponda con tu DNI.

En datos del representante no pones nada, es para casos en que el interesado necesite representante legal (menores, incapaces...)

Después en el recuadro de "Expone" o "solicita" señalas la dirección del piso nuevo para que el descuento sea en el IBI de ese inmueble.

Espero haberte ayudado, un saludo

 
C
celjor
13/12/2012 13:17

Hola a todos! Muchas gracias por la información...

Una pregunta que os parecera muy absurda y muy tonta, pero... que domicilio se pone en el impreso? (En Datos del Interesado).. la dirección nueva?? y en Datos del Representante que se pone? o no hace falta rellenarlo...

Un saludo y gracias

 
quemi
quemi
13/12/2012 12:06

Hola cuatrero,

La calificación definitiva sí la tenemos, lo que nos falta es la licencia de primera ocupación.

Pídesela a Marisol, el documento pesa mucho y no lo puedo subir al foro. Yo aún no lo he presentado, pero solo hay que llevar el impreso (duplicado) que te descargas en la página del Ayuntamiento y la copia de la Calificación.

Un saludo

 
C
cuatrero
13/12/2012 11:53

hola quemi! me metido en la pagina del ayuntamiento para solicitar lo del 50% de bonificacion del ibi, y como requisito tenemos que presentar la copia de la calificacin definitva, pero no la tenemos.

Vosotros lo habeis solicitado y habeis tenido que presentar la calificacion?

un saludo

 
quemi
quemi
13/12/2012 10:11

Buenos días vecinos,

Subo este hilo para recordaros que podemos solicitar una bonificación del 50% en el IBI los 3 primeros años, hay que solicitarla antes de que termine 2012.

El enlace del Ayuntamiento es enorme y no funciona, pero si ponéis "bonificación 50% IBI Madrid" la primera opción de google es la página del Ayuntamiento con toda la información y los impresos que hay que presentar.

un saludo


Editado por quemi 13/12/2012 10:13
 
dnd
dnd
20/09/2012 18:34

Hola María,

la AEDE es una ayuda que venía descrita en el RD 2066/2008 del plan vivvienda 2009-2012. Sin embargo, se eliminó en 2010 con el RD 1713/2010.

Se dejó un régimen transitorio para las promociones que recibieron la calificación provisional antes de la publicación de este segundo real decreto, como es el caso de la nuestra (provisional 01/12/2010; rd 17/12/2010). Lo que no está claro es si el promotor tiene que haber solicitado que el préstamo promotor sea convenido antes de esa fecha. Por lo que aparecía en las condiciones del préstamo, se puede convertir en convenido, por lo que entiendo que no lo es a día de hoy.

En todo caso, la AEDE es una cantidad proporcional que aplica a los que tengan unos ingresos de menos de 4.5 veces el IPREM de forma proporcional a medida que tienes unos ingresos menores.

También se proponían unas subsidiaciones de los préstamos entre 60 y 100 euros al mes en función de los ingresos y por tramos.

RD 2066/2008: http://www.boe.es/boe/dias/2008/12/24/pdfs/A51909-51937.pdf

Artículo 15 para AEDE y 14 para la subsidiación.

RD 1713/2010: http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/18/pdfs/BOE-A-2010-19461.pdf

Punto 4. de la Disposición transitoria primera

 

Fin del hilo
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