Muchas gracias por el documento, pero no es de la CAM sino del colegio de registradores.
Se puede ver en
www.registradores.org Extraigo lo que dice palmero:
" Si antes de llevarse a cabo la construcción del edificio
nos exigen la firma de un contrato privado y el abono de cantidades a cuenta del precio, se habrá de tener en cuenta:
Que si el contrato incluye cláusulas abusivas éstas se tendrán por no puestas, aunque el comprador las haya firmado, y se considerarán nulas. Son tales, aquellas que permiten al promotor realizar posteriores modificaciones
en el proyecto sin que lo consienta el comprador, las que establecen la renuncia del comprador al derecho a elegir Notario, las que establecen la obligación del comprador a
subrogarse en el préstamo hipotecario contratado por el promotor, o las que le obligan a contratar servicios accesorios."