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Luisko
17/09/2006 13:57

Persianas en los miradores

¿Es posible instalar persianas en los miradores de nuestra promoción?

1.468 lecturas | 12 respuestas
Hola a todos otra vez

Como ya se va acercando la fecha de entrega, vamos a intentar darle un poco de animación al foro

Me he fijado que los miradores del salón de nuestra promoción no tienen persianas, sin embargo los de la fase I la mayoría sí la tienen. Como no son todos los miradores los que tienen persianas y, lo que sí tienen, tienen la caja de la persiana fuera de la ventana, imagino que esas persianas se han puesto a posteriori ¿sabéis si eso es posible?

Si así lo fuera, y estuviéramos una mayoría considerable de vecinos dispuestos a poner persianas ¿qué os parece hablar con la promotora antes de que nos den la llave?
En la Memoria de Calidades deja bastante claro que los miradores no tienen persianas, pero entiendo que la promotora puede negociar mejores precios y plazos, y además permitir que las instalen antes de que vivamos allí.

Saludos
 
M
MartaDavid
03/01/2007 20:24
Feliz Año!
Como ya dijimos, nosotros tenemos intención de poner persianas, y logicamente cuantos mas vecin@s seamos el precio entiendo que cualquier proveedor nos lo rebajará.
Además del precio, la estética debe ser tenida en cuenta, para unificar criterios, y que la cosa quede como por ejemplo en Valdefuentes I, donde todas son iguales de color y supongo que de calidad.
Creo que ya tenemos un tema para la primera reunión de vecinos.
Saludos
 
L
LEMM
02/01/2007 17:53
Hola vecinos, FELIZ AÑO!

Creo que el tema de las persianas en los miradores debería ser uno de los primeros puntos a tratar en la reunión de vecinos, ya que creo que sería importante ponernos todos de acuerdo sobre el tipo de persianas a poner. Creo que en la Promoción "Mirador de Valdefuentes I" asi lo hicieron.

Estoy de acuerdo con Larava, si nos ponemos todos de acuerdo podremos sacar mejor precio, y también es importante cuidar un poco la estética de la fachada.

Un saludo


 
L
Larava
02/01/2007 12:51
¡¡FELIZ AÑO NUEVO VECINOS!!!. A nosotros también nos han comentado lo de la lista de proveedores, primero para que arreglen desperfectos y después para mejoras. De todas formas creo que deberíamos ponernos de acuerdo todos los que queramos o por lo menos un grupo para que nos hagan un precio "de grupo" o algo así. No sé cómo estaréis vosotros, pero nosotros no estamos para demasiadas reformas...
 
V
Vache
29/12/2006 19:38
hola, ayer pregunte el tema de las persianas en los miradores, y me dijeron, que si se podían poner, quien quisiera que las pusiera, que de todas formas a la entrega de llaves, van a entregar una lista de los proveedores, por si los propietarios queremos hacer alguna reforma, poder llamar a los que nos han hecho las vivendas, ya que son los que tienen baldosas, etc.Saludos
 
Q
QUINITO
23/09/2006 12:43
Yo creo que las persianas son también muy necesarias. Como dice MartaDavid tendremos que esperar a la primera Junta de Vecinos que tengamos. Allí decidiremos sobre el color y tipo de persianas que entiendo que tendrá que ser igual que las de los dormitorios que ya existen. Tambíén será el momento de decidir sobre los toldos, sobre todo los que tenemos orientación sur.
 
M
MartaDavid
22/09/2006 16:38
Buenas tardes,
Nosotros también estamos interesados, y de hecho las vamos a poner.
En cuanto a la normativa, nada que decir, por eso las constructora entrega las casas sin ellas, y no creo que haga nada por nosotros.
Pero, después, me imagino que en la Junta de Vecinos incial se acordará el color de las mismas y de un modelo igual. Al menos en Valdefuentes I, los que tienen persianas, son todos iguales, luego algún acuerdo "oficial" habrá habido.
En cualquier caso, contar con nosotros.
Gracias, salu2
 
Z
zoolander
21/09/2006 14:33
Hola a todos,

nosotros también pensamos poner persianas.

Nos han comentado que por regla general no las ponen, pero que los propietarios si que pueden hacerlo.
Es bueno también para que no se estropee la tarima con el tiempo por el desgaste del sol...

Si nos ponemos de acuerdo, seguro que nos sale un precio más económico.

Saludos!!
 
V
valdefuentesII
18/09/2006 19:43
Hola a todos,
yo también estoy interesado en poner persianas, tanto por motivos de intimidad como por la temperatura, asi que contad con nosotros.
Nosotros tampoco hemos oido hablar de nadie que haya tenido que retirar las persianas, eso si, siempre han sido colocadas tras ser entregados los pisos y siempre y cuando todos los interesados estuvieran de acuerdo y se pusieran las mismas persianas (supongo que eso también son razones estéticas).
De todas formas,la próxima vez que nos pasemos por la caseta intentaremos hablar con ellos a ver si pueden hacer algo al respecto.
Un saludo.
 
V
vaolin
18/09/2006 08:59
En primer lugar saludos para todos/as los ya casi vecinos/as.
Os expreso mi opinión sobre las persianas, en primer lugar yo las voy a poner lo antes posible, ya que lo veo necesario, además aunque en teoría esté prohibido me imagino que eso sólo lo inspeccionan cuando van a dar la cédula de habitabilidad ya que una vez que están entregados los pisos todo el mundo las pone y nunca he oído a mis familiares y amigos que llevan tiempo viviendo en el barrio que sepan de alguine que haya tenido problemas al respecto.
 
L
Luisko
17/09/2006 17:13
Ya he encontrado la normativa gracias a "San google"

El link es http://www.urbanismo.munimadrid.es/servlet/page?_pageid=176&_dad=portal30&_schema=PORTAL30&mnuarea=78&mnucarpeta=52676&_fsiteid=78&p_id_documento=115

He estado viendo en otros foros porque parece que también han sacado el tema de las persianas en los miradores. A ver si conseguimos sacar algo en claro.

Os copio la normativa:

TÍTULO 6. PARÁMETROS Y CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN Y DE SUS RELACIONES CON EL ENTORNO

CAPÍTULO 6.6. Condiciones de volumen y forma de los edificios

Artículo 6.6.19. Salientes o vuelos en fachadas (N-1) Documentos Relacionados
1. Se entiende por salientes o vuelos todos aquellos elementos que sobresalen de la fachada del edificio, pudiendo ser:
a) Balcón: Es el saliente que arranca desde el pavimento de la pieza a la que sirve, y que se prolonga hacia el exterior en un forjado o bandeja que sobresale de la fachada, no más de cuarenta y cinco (45) centímetros, y cuya longitud no supere en más de treinta (30) centímetros el ancho del hueco por el que se accede al mismo, siendo el ancho de dicho hueco inferior o igual a ciento cuarenta (140) centímetros.
b) Balconada o balconaje: Es el saliente común a varios huecos que arranca del pavimento de las piezas a las que sirven. La dimensión máxima del saliente no superará cuarenta y cinco (45) centímetros.
c) Terrazas: Son salientes cerrados como máximo por dos de sus lados o cuando superan las dimensiones establecidas en los apartados a) y b) ; como excepción al resto de los elementos regulados en este artículo, las terrazas forman parte de las fachadas.
d) Mirador: Es un cuerpo saliente acristalado en todo su perímetro y altura, cuyo pavimento es prolongación en vuelo hacia el exterior del suelo de la pieza a la que sirve. El vano a través del que se accede al mismo tendrá una anchura inferior a doscientos veinte (220) centímetros. No podrá sobresalir, respecto a la fachada, más de setenta y cinco (75) centímetros. La longitud máxima de su frente será inferior o igual a doscientos ochenta (280) centímetros, y su parte acristalada no rebasará una longitud mayor en treinta (30) centímetros al ancho del vano ; no podrá cerrarse con antepechos macizos ni opacos.
La distancia mínima entre miradores será igual al mayor saliente de ambos con un mínimo de sesenta (60) centímetros.
Se prohíbe la instalación de persianas en los paramentos exteriores del mirador.
La suma de las longitudes de todos los miradores, no podrá ser superior al veinticinco por ciento (25%) de la suma de las longitudes de pisos en cada fachada.
No obstante, podrán agruparse miradores sin solución de continuidad en planta, conformando galerías, siempre y cuando el conjunto resultante de miradores más galerías no supere las cuantías que para los primeros se establecen en el párrafo anterior. En cada planta de piso la galería no podrá superar el tercio (1/3) o la mitad (1/2) de su longitud.

2. Desde las fachadas exteriores en edificación en manzana cerrada solamente podrán sobresalir balcones, balconadas y miradores con los salientes máximos recogidos en el apartado 1 o los señalados en las normas zonales de aplicación, o en la ordenanza particular del planeamiento incorporado, específico o de desarrollo del Plan General.
3. En fachadas exteriores, se admite la construcción de jardineras con una altura igual a las de los antepechos de los huecos de ventanas e inferior o igual a ciento diez (110) centímetros y un saliente máximo sobre el plano de fachada de treinta (30) centímetros. Las jardineras no podrán verter aguas sobre las vías o espacios libres públicos.

4. En edificación aislada, en ningún caso la fachada podrá rebasar la alineación oficial, y en el supuesto de que, por condiciones de posición, la fachada pueda situarse sobre dicha alineación, los salientes o vuelos no podrán superar las dimensiones que para ellos se establecen en el presente artículo y las que para el mismo ancho de calle se fijan en la norma zonal 4 de edificación en manzana cerrada.
En las restantes fachadas exteriores los salientes respetarán las dimensiones aquí establecidas o las que se determinen en las normas zonales u ordenanzas particulares de las áreas de planeamiento incorporado, específico o de desarrollo del Plan General ; los miradores se tendrán en cuenta a efectos de separación a linderos.
Los balcones, balconadas y miradores podrán situarse en las zonas de retranqueo y sobre espacios libres de parcela.
Los miradores y galerías guardarán una separación mínima a los linderos laterales y testeros de tres (3) metros.
5. Salvo otras limitaciones en las normas zonales, u ordenanzas particulares del planeamiento correspondiente, los salientes permitidos respecto a las fachadas, cumplirán las siguientes condiciones:
a) La suma de la longitud de todos los salientes, no excederá de la mitad de la suma de las longitudes de los pisos recayentes a la misma.
b) Los vuelos quedarán separados de las fincas contiguas, como mínimo, en una longitud igual a su saliente y no inferior a sesenta (60) centímetros.
6. La altura mínima libre de los salientes sobre la rasante de la acera será como máximo de trescientos cuarenta (340) centímetros.
 
L
Luisko
17/09/2006 16:34
Fischer, ¿sabes el motivo?

Nosotros teníamos intenciones de montarlas por diversos motivos (temperatura, luz, intimidad,...), pero tampoco vamos a hacer nada que no esté permitido.

Gracias
 
F
Fischer
17/09/2006 16:02
Creo que es ilegal la instalación de persianas en los miradores.
De ser así, la promotora no se prestaría a hacer eso.
 

Fin del hilo
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