normativa piscinas
¿Cuáles son las obligaciones de los propietarios de piscinas de uso colectivo?
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PISCINAS DE USO COLECTIVO. OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS
Datos Específicos: - Tener y anunciar hojas de reclamaciones
- Exponer el precio de los servicios y el horario
- Suscribir póliza de seguro de responsabilidad civil
- Exponer las normas de régimen interno
- Disponer de personal técnicamente cualificado para el cuidado y
vigilancia de las piscinas y sus servicios
- Disponer de representante de la empresa o comunidad, responsable
del correcto funcionamiento y de la atención de quejas de los
usuarios
- Determinar los niveles de cloro residual libre, de cloro residual
total y pH, al menos dos veces al día (apertura y máxima
concurrencia) y en los vasos cubiertos también temperatura del agua
y del medio ambiente y humedad relativa del aire
- Disponer de libro de registro oficial
- Disponer de los socorristas correspondientes, en función de la
superficie de las láminas de agua
- Disponer de botiquín y material de primeros auxilios y curas y de
personal sanitario, equipo correspondiente y libro de registro de
accidentes
- Disponer de elementos de apoyo y rescate (perchas, salvavidas y
teléfono)
- Protección del vaso para cuando no esté la piscina en
funcionamiento
FUNDAMENTO LEGAL
Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico - Sanitarias,
Técnicas y de Seguridad de las Piscinas de 28 enero 1999
BOCM Num. 45 de 23 febrero 1999
Ultima Revisión: 10.10.2002
PISCINAS DE USO COLECTIVO. OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES USUARIOS
Datos Específicos: OBLIGACIONES:
- Utilizar los pasos indicados para el acceso a la zona de baño
- Ducharse antes de sumergirse en el agua
- Utilizar correctamente el material del guardarropa
PROHIBICIONES:
- Abandonar desperdicios en el recinto, debiendo utilizar las
papeleras
- El acceso a toda persona que padezca enfermedad transmisible o
infecto contagiosa que pueda afectar al resto de los usuarios
- Introducir en el agua objetos que puedan producir daño a los
usuarios o contaminar el agua
- Comer y beber fuera de las áreas destinadas para ello
- Acceder a la zona de baño con ropa y calzados de calle
- Entrar animales a las instalaciones (excepto en los casos
reconocidos por la legalmente)
FUNDAMENTO LEGAL
Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico - Sanitarias,
Técnicas y de Seguridad de las Piscinas de 28 enero 1999
BOCM Num. 45 de 23 febrero 1999
Ultima Revisión: 10.10.2002
PISCINAS DE USO COLECTIVO. REQUISITOS DE LAS INSTALACIONES
Datos Específicos: - Perfecto estado de limpieza y conservación
- Se vaciará totalmente cuando las condiciones así lo requieran
- Se desinsectará y desratizará como mínimo al comienzo de la
temporada en las piscinas de aire libre y cada seis meses en las
cubiertas
- Las taquillas, armarios y mobiliario serán inoxidables y de fácil
limpieza, con perchas en los guardarropas
- Contarán con papeleras (mínimo cuatro) y ceniceros (mínimo seis)
FUNDAMENTO LEGAL
Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico - Sanitarias,
Técnicas y de Seguridad de las Piscinas de 28 enero 1999
BOCM Num. 45 de 23 febrero 1999
Ultima Revisión: 10.10.2002